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Tópico: se paga iva y ieps cuando vendo tequila al extranjero
MARIOORTIZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2010 23:47:01 Asunto: Re: se paga iva y ieps cuando vendo tequila al extranjero
guafle007 A grandes rasgos estos son los supuestos [b]IVA ARTÍCULO 29 Operaciones que se consideran exportación de bienes o servicios y tasa aplicable [/b] Las empresas residentes en el país calcularán el impuesto aplicando la tasa del 0% al valor de la enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando unos u otros se exporten. [b]IEPS ARTÍCULO 08 Enajenaciones, exportaciones, actividades y servicios que no pagan IEPS No se pagará el impuesto establecido en esta Ley: [/b] I. Por las enajenaciones siguientes: II. Por la exportación de los bienes a que se refiere esta Ley. En estos casos, los exportadores estarán a lo dispuesto en la fracción XI del artículo 19 de la misma. [b]ARTÍCULO 19 Obligaciones de los contribuyentes que paguen el IEPS[/b] XI. Los importadores o exportadores de los bienes a que se refieren los incisos A), B) y C) de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley, deberán estar inscritos en el padrón de importadores y exportadores sectorial , según sea el caso, a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público [b] Los contribuyentes que exporten esta mercancía deberán inscribirse en el Padrón de Exportadores Sectorial Cuando esta mercancía se extraiga del país bajo el régimen aduanero definitivo, su despacho únicamente se podrá efectuar en las Aduanas de Aguascalientes, Altamira, Cd. Hidalgo, Cd. Juárez, Colombia, Guadalajara, Guanajuato, Lazaro Cárdenas, Manzanillo, Mexicali, México, Nuevo Laredo, Piedras Negras, Tampico, Tijuana, Veracruz y del Aeropuerto Internacional de la Cd. de México Certificado de Autenticidad del Consejo Regulador del Tequila AC Cumplimiento de NOM-006-SCFI-2005[/b] Saludos
Tópico: TRATAMIENTO DE IVA EN EXPORTACION DE CHATARRA
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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Noviembre 08, 2010 23:13:59 Asunto: Re: TRATAMIENTO DE IVA EN EXPORTACION DE CHATARRA
cecycc: [quote]BUEN DIA, ESPERANDO SE ENCUENTREN BIEN QUISIERA PEDIR INFORMACION EN RELACION AL TRATAMIENTO DEL IVA EN LA EXPORTACION DE CHATARRA (COMERCIALIZACION) [color=red][b]La exportacion es tasa 0% de IVA[/b][/color] ENTIENDO QUE AL REALIZAR LA VENTA, MI CLIENTE HACE LA RETENCION DEL IVA, ENTONCES AL SER EXPORTACION EL IVA LO VA A RETENER EL AGENTE ADUANAL? Y ÈSTE LO ENTERARIA AL SAT??[color=red] [b]En base a cual fraccion efectuaste la retencion?[/b][/color] [color=red][b]El agente Aduanal no tiene la obligacion de efectuarte retencion alguna[/b][/color] LUEGO YO TENDRIA QUE ENTERAR EL TOTAL DEL IVA RETENIDO A MI PROVEEDOR?? Y UNA VEZ ENTERADO SOLICITAR SU DEVOLUCION AL SAT???[color=red][b]Depende de que fraccion utilizaste para la retencion[/b][/color][/quote] Saludos [i]Editado: Noviembre 08, 2010 23:30:34[/i]
Tópico: Donde puedo obtener el DECRETO IMMEX
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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Noviembre 07, 2010 16:20:00 Asunto: Re: Donde puedo obtener el DECRETO IMMEX
Verifica el enlace : [url]http://www.perezortiz.com.mx/legislacion/03%20Decretos/DECRETO%20IMMEX.pdf[/url] [url]http://www.siicex.gob.mx/portalSiicex/SICETECA/Decretos/Programas/IMMEX/IMMEX.htm[/url] Si tienes alguna duda especifica lo comentas Saludos [i]Editado: Noviembre 07, 2010 16:30:20[/i]
Tópico: Como obtengo la Clave T1
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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Noviembre 05, 2010 16:14:36 Asunto: Re: Como obtengo la Clave T1
Gracias a ti por darle seguimiento Saludos
Tópico: Codigo de barras bidimencional.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 03, 2010 21:43:21 Asunto: Re: Codigo de barras bidimencional.
PCContadores: A continuacion un enlace: [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/comprobantes_fiscales/66_19084.html[/url] Saludos [i]Editado: Noviembre 03, 2010 21:43:45[/i]
Tópico: RETENCION DE LA SECODAM Y CMIC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 28, 2010 12:53:36 Asunto: Re: RETENCION DE LA SECODAM Y CMIC
AUDITORIAMG: Puedes utilizar el buscador,existen topicos que tal vez te ayuden Saludos
Tópico: Decreto Alex
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 27, 2010 12:30:35 Asunto: Re: Decreto Alex
A continuacion les comparto transcripcion del chat del SAT [color=gray]Operador: Lic. Catalina Bazan NormalMensaje Sistema (11:32)987607 Sistema (11:32) Ref: Sistema (11:32)Ref2: Sistema (11:32) Nombre:MARIO ORTIZSistema (11:32)Correo:@gmail.com Sistema (11:32)Consulta:REGLAS PARA LA APLICACIÓN DEL DECRETO POR EL HURACAN ALEX[/color] [color=red]Lic. Catalina Bazan (11:32):Bienvenido al servicio de Chat 1a1 del SAT. Lic. Catalina Bazan (11:32):Muy buen dí a, le atiende la Lic. Catalina Bazan. ¿En qué puedo ayudarle respecto de su consulta inicial?[/color] [color=blue]Usuario (11:33):Es con relacion a las reglas para la aplicacion del decreto por el huracan Alex[/color] [color=blue]Usuario (11:35):Aunque se exime de la obligacion de los pagos provisionales de junio,Julio y Agosto, se deberan acumular los Ingresos en Septiembre o se tomara como un estimulo fiscal temporal para ajustarse en la declaracion anual[/color] [color=red]Lic. Catalina Bazan (11:36):Disculpe, se deberán acumular en septiembre tanto lso i ngresos como las deducciones.[/color] [color=blue]Usuario (11:37):Entonces solamente es un estimulo para no pagar en esos meses?[/color] [color=red]Lic. Catalina Bazan (11:37):Es correcto. Lic. Catalina Bazan (11:38):¿Tiene alguna otra duda respecto a la información que le proporcioné?[/color] [color=blue]Usuario (11:38):Y nunca se publicaron reglas adicionales[/color] [color=red]Lic. Catalina Bazan (11:39):Si, la regla II.13.6.1. del anteproyecto de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010. Lic. Catalina Bazan (11:39):Solo que menciona acerca del pago en parcialidades de IVA e ISR retenciones. Lic. Catalina Bazan (11:40):¿Se apegará usted a dicha facilidad?[/color] [color=blue]Usuario (11:40):Pues solo es un antepr oyecto ,no?[/color] [color=red]Lic. Catalina Bazan (11:41):Así es, sin embargo la información contenida ya es aplicable.[/color] [color=blue]Usuario (11:41):Aunque no se haya publicado en el Diario Oficial?[/color] [color=red]Lic. Catalina Bazan (11:42):Así es, solo se ha publicado en la sección de novedades de la página www.sat.gob.mx, es necesario estar al tanto de su publicación, sin embargo, ya puede usted aplicar lo contenido en el. Li c. Catalina Bazan (11:43):En novedades, publicado el 15 de octubre de este año. Usuario (11:43):En caso de que no sea oficial como se pagaria en parcialidades el IVA,se tendria que solicitar autorizacion o como? Lic. Catalina Bazan (11:43):Hasta ahora la información de dichos pagos es la siguiente; Lic. Catalina Bazan (11:45):Se solicita la forma oficial Formulario Múltiple de Pago 1, para el pago de la primera parcialidad ante la Adm inistración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda su domicilio fiscal, en el área de cobranza. Lic. Catalina Bazan (11:45):De preferencia con previa cita. Lic. Catalina Bazan (11:45):La cita puede usted agendarla dentro del portal del SAT, en la página de inicio de la misma, en el menú gris horizontal, en la quinta opción, selecciona “Orientación y contacto”, posteriormente elige “Citas” e ingrese a 'Haga una cita aquí'. Lic. Catalina Bazan (11:45):De be presentar un escrito libre en el que manifieste los meses por los que está ejerciendo el pago en parcialidades, el monto total del entero correspondiente a cada mes por el que se ejerce la opción desglosado por impuesto, así como el número de parcialidades elegido y su importe. Lic. Catalina Bazan (11:46):Con identificación oficial vigente del contribuyente o del representante legal. (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional) Lic. Catalina Bazan (11:46):En su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder fir mada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público.[/color] [color=blue]Usuario (11:47):Y debera ser durante el mes de Octubre,cierto?[/color] [color=red]Lic. Catalina Bazan (11:47):Así es.[/color] [color=blue]Usuario (11:48):Los pagos posteriores llevaran el mismo procedimiento?[/color] [color=red]Lic. Catalina Bazan (11:49):Si, en la ALSC le indicará n como obtener los siguientes formularios múltiples de pago, para las siguientes parcialidades, suted solo acude con su identificación o poder o carta poder, en su caso, y el escrito libre mencionado. Lic. Catalina Bazan (11:49):¿Tiene alguna otra duda respecto a la información que le proporcioné?[/color] [color=blue]Usuario (11:49):No,creo que es todo[/color] [color=red]Lic. Catalina Bazan (11:49):Gracias por utilizar los servicios que ofrece el SAT, le recordamos que podrá actualizar sus datos personales y sus obligaciones fi scales en el portal del SAT en la sección de “Mi portal”, que tenga muy buen día.[/color] [color=blue]Usuario (11:50):Igualmente,gracias[/color] Saludos [i]Editado: Octubre 27, 2010 12:31:14[/i]
Tópico: Recomendaciones para estudiar un Tema Fiscal?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 18, 2010 12:12:16 Asunto: Re: Recomendaciones para estudiar un Tema Fiscal?
RSGCONSULTORES. A continuacion un enlace que puede ser util: [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/folleteria/default.asp[/url] Saludos [i]Editado: Octubre 18, 2010 12:12:46[/i]
Tópico: AGENCIAS DE VIAJES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 13, 2010 14:32:32 Asunto: Re: AGENCIAS DE VIAJES
[quote]La empresa X vendera servicios que proporcionara XEL-HA, por estos servicios que se vendan la empresa X se quedara con un 30% de comision y la diferencia se la entregara al Prestador de servicio (XEL-HA).... XEL-HA emite su factura para que acumule como ingreso la parte que yo le entrego (la que le corresponde), pero, de acuerdo al contrato yo solamente gano una comision.... Esa factura me la entregan para que yo coteje que todo lo q me cobran realmente lo haya vendido y ver si es correcto el cobro. Esa factura no me sirve a mi para deduccion ya que en el contrato esta estipulado que vendere servicios a cuenta de XEL-HA y me quedare con un 30% de comision producto de la venta. OSEA, ESTA CLARO DE ACUERDO A MI CONTRATO QUE MI INGRESO SOLO ES POR LA COMISION. [/quote] [b]Que sucederia si algun cliente solicita que se le facture el servicio prestado ???[/b] Saludos
Tópico: AGENCIAS DE VIAJES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 13, 2010 11:16:59 Asunto: Re: AGENCIAS DE VIAJES
MANUEL [quote]Posteriormente la agencia emite un cheque por $ 800.00 y solamente procede a cancelar Proveedores., [color=red]XEL-HA entrega factura por los 800, pero, nunca se deduce.[/color][/quote] Tengo mis dudas con tu registro,ya que XEL-HA te proporciona una factura la cual debes registrar en tu contabilidad y además deberá de cumplir con todos los requisitos para su deducibilidad. Por otro lado tu registro debería ser por el total de la operación teniendo únicamente como costo la factura que te proporciono XEL-HA,a menos que en el contrato se especifique algo diferente lo cual no mencionas. [quote]Al prestador de servicio solamente le reembolso la parte que le corresponde, por lo cual automaticamente me estoy cobrando mi comision. De esta comision, el prestador de servicio no me pide factura alguna, yo estoy pensando expedir mi factura mensual por las comisiones y conservar tanto la original como la copia o de lo contrario expedir una factura global por las comisiones que me paguen los prestadores de servicios. ¿Cual es lo mas sano que debo de hacer???[/quote] En mi opinion tus operaciones son con el publico en general por lo que deberas generar tu comprobante fiscal por el TOTAL de la operacion. Saludos

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