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Tópico: RIF 10 O 11 AÑOS ?
MARIOORTIZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2024 19:34:38 Asunto: Re: RIF 10 O 11 AÑOS ?
Buenas tardes Solo como recordatorio,considerar que mañana es el ultimo día para presentar el AVISO DE ACTUALIZACIÓN DE OBLIGACIONES ya que ,desde mi punto de vista el decreto que tanto mencionan los compañeros para permanecer en el RIF en el 2024, solamente se refiere a la TABLA ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 111 que indica que se aplicara la misma reducción de Impuesto como si se tratara del primer año de tributación ya que en la misma se establecían las reducciones por año de tributación,mas no asi como una ampliación a la permanencia en RIF. DECRETO ARTÍCULO PRIMERO. Los contribuyentes personas físicas que en 2014 optaron por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, podrán aplicar el 100% de reducción del impuesto sobre la renta que determinen conforme a dicho régimen durante todo el segundo año de tributación en el mismo. [b][color=red]Para aplicar los porcentajes de reducción de la tabla establecida en el artículo 111 de la Ley del Impuesto sobre la Renta[/color][/b], los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior considerarán como primer año de tributación en el Régimen de Incorporación Fiscal, el segundo año en el que apliquen el 100% de reducción del impuesto sobre la renta. Saludos
Tópico: RIF 10 AÑOS CUMPLIDOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2024 19:32:13 Asunto: Re: RIF 10 AÑOS CUMPLIDOS
Buenas tardes Solo como recordatorio,considerar que mañana es el ultimo día para presentar el AVISO DE ACTUALIZACIÓN DE OBLIGACIONES ya que ,desde mi punto de vista el decreto que tanto mencionan los compañeros para permanecer en el RIF en el 2024, solamente se refiere a la TABLA ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 111 que indica que se aplicara la misma reducción de Impuesto como si se tratara del primer año de tributación ya que en la misma se establecían las reducciones por año de tributación,mas no asi como una ampliación a la permanencia en RIF. DECRETO ARTÍCULO PRIMERO. Los contribuyentes personas físicas que en 2014 optaron por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, podrán aplicar el 100% de reducción del impuesto sobre la renta que determinen conforme a dicho régimen durante todo el segundo año de tributación en el mismo. [b][color=red]Para aplicar los porcentajes de reducción de la tabla establecida en el artículo 111 de la Ley del Impuesto sobre la Renta[/color][/b], los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior considerarán como primer año de tributación en el Régimen de Incorporación Fiscal, el segundo año en el que apliquen el 100% de reducción del impuesto sobre la renta. Saludos
Tópico: RIF 10 AÑOS CUMPLIDOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 22, 2024 17:29:17 Asunto: Re: RIF 10 AÑOS CUMPLIDOS
[quote]DECRETO ARTÍCULO PRIMERO. Los contribuyentes personas físicas que en 2014 optaron por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, podrán aplicar el 100% de reducción del impuesto sobre la renta que determinen conforme a dicho régimen durante todo el segundo año de tributación en el mismo. Para aplicar los porcentajes de reducción de la tabla establecida en el artículo 111 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, [b][color=red]los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior considerarán como primer año de tributación en el Régimen de Incorporación Fiscal, el segundo año en el que apliquen el 100% de reducción del impuesto sobre la renta.[/color][/b] [/quote]
Tópico: RIF 10 O 11 AÑOS ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 22, 2024 17:21:25 Asunto: Re: RIF 10 O 11 AÑOS ?
Buenas tardes compañeros Para una correcta interpretación de esta situación les recomiendo la lectura del Diario Oficial de la Federación de Fecha 11/mar/2015. [b]DECRETO por el que se amplían los beneficios fiscales a los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal [/b] Saludos
Tópico: Fecha de pedimento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 01, 2022 14:41:54 Asunto: Re: Fecha de pedimento
Buenas tardes: La fecha de pago del Pedimento no necesariamente coincide con la terminación de la operación de comercio exterior,aun y cuando en la mayoría de ellos concluye con el pago y la presentación ante la aduana de la mercancías. El ejemplo mas claro es el PAGO ANTICIPADO del pedimento de importación ANTES de la presentación de la mercancía ante la aduana y se presenta la misma posterior al pago. No se ha concluido en su totalidad el tramite pero el pago ya fue efectuado,por lo regular se da el caso en aduanas de la frontera que se tiene un cierto plazo para terminar la operación completamente. Saludos
Tópico: Fecha de pedimento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 25, 2022 11:28:03 Asunto: Re: Fecha de pedimento
Buenos días: [quote]Se pone la de la fecha de pago. ¿Correcto? [/quote] Regularmente en la fecha de pago se concluye la operación de comercio exterior aunque no en todos los casos se termina la misma. La mayoría de los Pedimentos pagados se presentan conjuntamente con la mercancía para la activación del mecanismo de selección automatizado que determinara si debe practicarse reconocimiento aduanero. Saludos
Tópico: Facturacion con IVA tasa 0%
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 21, 2022 18:38:47 Asunto: Re: Facturacion con IVA tasa 0%
Buenas tardes: Considera también lo siguiente: [b]CFF ARTÍCULO 059: Presuntivas aplicables para comprobar ingresos[/b] Para la comprobación de los ingresos, del valor de los actos, actividades o activos por los que se deban pagar contribuciones, así como de la actualización de las hipótesis para la aplicación de las tasas establecidas en las disposiciones fiscales, las autoridades fiscales presumirán, salvo prueba en contrario IX. Que los bienes que el contribuyente declare haber exportado fueron enajenados en territorio nacional y no fueron exportados, cuando éste no exhiba, a requerimiento de las autoridades fiscales, la documentación o la información que acredite cualquiera de los supuestos siguientes: a) La existencia material de la operación de adquisición del bien de que se trate o, en su caso, de la materia prima y de la capacidad instalada para fabricar o transformar el bien que el contribuyente declare haber exportado. b) Los medios de los que el contribuyente se valió para almacenar el bien que declare haber exportado o la justificación de las causas por las que tal almacenaje no fue necesario. c) Los medios de los que el contribuyente se valió para transportar el bien a territorio extranjero. En caso de que el contribuyente no lo haya transportado, deberá demostrar las condiciones de la entrega material del mismo y la identidad de la persona a quien se lo haya entregado. La presunción a que se refiere esta fracción operará aún cuando el contribuyente cuente con el pedimento de exportación que documente el despacho del bien. Saludos
Tópico: Fecha de pedimento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 17, 2022 14:54:46 Asunto: Re: Fecha de pedimento
Buenas tardes: La Fecha del Pedimento de Importación para plasmar en el CFDi debe ser la mas reciente ya que corresponde a aquella en la que se concluyo la operación de Comercio Exterior y por lo tanto la mercancía se encuentra legalmente en el país. Saludos
Tópico: Alguien tiene problemas en el envio de DIOT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2022 18:01:51 Asunto: Re: Alguien tiene problemas en el envio de DIOT
Buenas tardes: Ya esta resuelto el problema del envio Saludos
Tópico: Alguien tiene problemas en el envio de DIOT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2022 17:04:56 Asunto: Re: Alguien tiene problemas en el envio de DIOT
[quote]¿Alguien mas tiene problemas en el envio de su DIOT? [/quote] Sigue el mismo problema. [b]'Por el momento el servicio no está disponible. Favor de intentarlo más tarde'[/b] Saludos

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