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Autor | Mensaje |
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Tópico: IVA INVERSIONES EN ACTIVIDADES EXENTAS | |
carlos17tello Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 13, 2018 09:17:05 Asunto: Re: IVA INVERSIONES EN ACTIVIDADES EXENTAS |
Que tal derro, En mi opinión, procedería la siguiente opción: En la compra del carro: Cargo al activo fijo, al iva por acreditar y abono a acreedores diversos. En cada pago realizado: Cargo a acreedores e IVA no acreditable en gastos y abono en bancos e iva por acreditar. | |
Tópico: Comprobantes simplificados | |
carlos17tello Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 08, 2018 11:01:31 Asunto: Re: Comprobantes simplificados |
Los comprobantes simplificados son obligatorios en operaciones superiores a $100.00 y $250.00 para RIF, siempre y cuando elabores tu factura global de operaciones con publico en general. Los requisitos vienen en la regla 2.7.1.24 de la RMF para 2018 y puedes elaborarlos tu mismo siempre y cuando cumplas con los requisitos. Saludos | |
Tópico: ACREDITAR IVA SIN FACTURA | |
carlos17tello Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 07, 2018 09:40:33 Asunto: Re: ACREDITAR IVA SIN FACTURA |
Que tal araluis, Según el art. 5 de la LIVA, se menciona que para que proceda el acreditamiento se debió haber pagado el IVA de tus gastos y te lo tuvieron que trasladar; por traslado se entiende la expresión por separado del impuesto en los CFDI. Sin embargo, la LIVA, en materia de acreditamiento, sólo menciona el supuesto, que permite la acreditación, de haber pagado efectivamente el IVA correspondiente en el período que lo deseas acreditar; esto lo puedes sustentar con el criterio jurisdiccional 59/2017 emitido por la PRODECON. Sólo ten especial cuidado en que tus CFDI emitidos hasta ahora contengan las fechas a las que pertenecen tus compras. Saludos | |
Tópico: Llenado de Aviso Ley Antilavado Inmuebles | |
carlos17tello Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 03, 2018 11:25:04 Asunto: Re: Llenado de Aviso Ley Antilavado Inmuebles |
Que tal Adriana 2011, Me temo que cada plantilla de excel sólo aplica para un sólo cliente reportado; lo que puedes hacer es generar la estrutura del XML y agregar manualmente los demás clientes que desees reportar. De igual forma, sí tienes ingenieros en sistemas a tu disposición, puedes trabajar en conjunto con ellos para diseñar algún programa que te permita generar un XML con todos los clientes y que ya no batalles. Saludos | |
Tópico: Correcto llenado factura global PM | |
carlos17tello Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 03, 2018 11:18:18 Asunto: Re: Correcto llenado factura global PM |
Que tal hm, Debes detallar el folio y el importe que cobraste en ese folio; los únicos que pueden incluir un concepto parecido al que propones son los RIF. De igual forma, puedes evaluar la posibilidad de emitir este comprobante cada 7 ó 15 días para que no dejes todo el mundo de operaciones para fin de mes. Saludos | |
Tópico: IEPS AL 8 % O AL 3% ??? | |
carlos17tello Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 03, 2018 11:14:16 Asunto: Re: IEPS AL 8 % O AL 3% ??? |
Que tal sosol26, ¡Cuidado! aparentemente la tasa que te aplica es la de 3%, pero recuerda que esa tasa se aplica como estimulo por tus ventas con el público en general en las que NO DESGLOSAS IMPUESTOS. En tu caso te están pidiendo el desglose del impuesto, por lo que estás obligada a trasladarlo al 8% de conformidad con el art. 2 fracción J de la LIEPS vigente. Saludos | |
Tópico: EMISION DE COMPROBANTE DE RECEPCION DE PAGOS | |
carlos17tello Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2018 09:29:00 Asunto: Re: EMISION DE COMPROBANTE DE RECEPCION DE PAGOS |
Que tal MarasaCP, Respecto de los datos obligatorios, difiero con tu punto de vista y el de Allende en cuanto a la hora en la que recibes el depósito, ya que la guía de llenado menciona claramente que es obligatorio consignar la fecha y hora en la que recibes el pago, así mismo establece un mecanismo en caso de que no tengas el dato de la hora. En cuanto a los datos de las instituciones bancarias, efectivamente son opcionales y tu puedes optar por incluirlos o no, aquí el detalle es que tu proveedor de servicio de timbrado no te obligue a incluir dicha información. Saludos | |
Tópico: Depuración de cuentas de proveedores | |
carlos17tello Mensajes: 3 |
Foro: Contabilidad Enviado: Agosto 14, 2018 11:14:33 Asunto: Re: Depuración de cuentas de proveedores |
Que tal cvalencia, La depuración de cuentas es un proceso para corregir asientos que por su naturaleza están mal contabilizados. La corrección de estos asientos se hace de acuerdo a los errores y omisiones que vayas detectando, es decir, no existe un asiento 'estándar' para depurar cuentas. Derivado de esto, en la depuración de tu cuenta de 'proveedores', debes identificar cual o cuales son los errores en ella y realizar los ajustes necesarios para aumentar o disminuir tu cuenta; por ejemplo: Supongamos que en tu empresa tienes al Sr. Iván Saucedo como cliente y proveedor puesto que te vende y compra mercancía, sin embargo tiene un saldo pendiente de pago en la cuenta de proveedores por $50,000.00 y un saldo pendiente de cobro por $75,000.00. Comienzas a indagar a que se deben las diferencias, pues ya hablaste con tu cliente/proveedor y te dice que ya no se le debe nada ni nos debe nada. De acuerdo a esto, buscas las factura que integra esa diferencia en ambas cuentas y te das cuenta de que los $50,000.00 te los pago a cuenta de su adeudo y $25,000.00 restantes se le bonificaron por una negociación con la empresa. Tu asiento inicial es este: Clientes $75,000.00 Proveedores $50,000.00 Es evidente que no se contabilizó la cancelación del saldo en proveedores ni se registró la bonificación respectiva, por lo que tus ajustes serían así: Para registrar la cancelación del adeudo con el proveedor, simplemente: Cargo: Proveedores $50,000.00 Abono: Clientes $50,000.00 Cargo: IVA Acreditable 6,896.56 Abono: IVA pend. de acreditar 6,896.56 Cargo: IVA Trasladado 6.896.56 Abono: IVA por pagar 6,896.56 En este asiento, cancelas el saldo de proveedores y disminuyes el de clientes, dejando sólo el saldo de la bonificación. Para la bonificación: Cargo: Bonificaciones sobre compra $21,551.72 Cargo: IVA Trasladado $ 3,448.28 Abono: Clientes $25,000.00 De esta forma cancelas el saldo en clientes, disminuyes tu IVA que no cobraste y afectas tu costo de ventas. Este sería un ejemplo de un ajuste, sin embargo debes tener en cuenta que en en el caso del IVA, antes deberías revisar como lo manifesto tu antecesor en las declaraciones para que no repercutas dos veces un acreditamiento o gravamen. Adicionalmente, te recomiento elaborar un papel de trabajo de tus ajustes con los motivos que lo ameritan para cualquier aclaración posterior. Ojala esta información te sirva de ayuda. Saludos | |
Tópico: Comisionista puedo tributar RIF | |
carlos17tello Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 08, 2018 10:14:27 Asunto: Re: Comisionista puedo tributar RIF |
Que tal Lizzett, Los comisionistas si pueden tributar en RIF siempre y cuando no seas esta su actividad única y que los ingresos por este concepto no excedan del 30% del total de ingresos; esto con fundamento en el artículo 111 fracción III de la LISR vigente. Saludos | |
Tópico: contabilizar pagos en forma masiva | |
carlos17tello Mensajes: 7 |
Foro: Contabilidad Enviado: Julio 20, 2018 13:47:47 Asunto: Re: contabilizar pagos en forma masiva |
Buenas tardes alicia, La única forma que conozco de ahorrar tiempo en la captura de pagos es mediante el uso de excel; necesitas el formato stándar de la póliza que subiras y capturas la información en excel para despues nada más subirla a contpaq. |
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