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Tópico: Deducción de intereses por un préstamo
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2017 16:18:52 Asunto: Re: Deducción de intereses por un préstamo
Buenas tardes, Ya revise los artículos que me mencionaron pero ese capítulo habla de los ingresos por intereses; esta persona no obtiene ingresos de esta clase, su actividad es la estetica personal y tributa en RIF solamente, solicito un préstamo para su negocio por el cual paga semanalmente cierta cantidad, de la cual una parte amortiza el capital y la otra se la cobran como intereses. Es decir, ella paga intereses por un prestamo que le hicieron, no los obtiene y sólo quiero saber sí son deducibles o no...a mi parecer, no debe existir la retención de ISR puesto que no se trata de un ingreso. Como ven?
Tópico: Deducción de intereses por un préstamo
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2017 02:31:48 Asunto: Deducción de intereses por un préstamo
Buenos días, Tengo duda con la deducción de intereses pagados por un préstamo empresarial para una persona física. La persona física tiene un préstamo, por el cual en cada pago se liquida un a parte del capital y el resto se va a intereses; ya le estan facturando los pagos realizados, pero en el CFDI dice como concepto 'Intereses Cobrados' (los cuales generaron IVA) por lo que me surgió la duda sobre la deducibilidad de los mismos. Según mi criterio, sí son deducibles pues no son moratorios ni extraordinarios y además generaron IVA, pero me gustaría conocer su opinión al respecto. Saludos cordiales
Tópico: metodo de pago no identificado duda?
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2017 02:17:18 Asunto: Re: metodo de pago no identificado duda?
Sí, a veces ni los del SAT saben muy bien que onda con su legislación. Mira, en la práctica, antes del 15 de julio de 2016. era válido que el método de pago viniera como 'N/A' o 'No Identiicado'. Ahora, la única regla que debes seguir para considerar estas opciones dentro del método de pago es: [b]Que la fecha de la factura sea anterior a la fecha del pago{/b] Y ten cuidado con el método de pago '99-Otros', ya que esta clave SÓLO debe usarse cuando pagas con otra forma distinta que no contemple el catálogo, aunque esta descripción no contempla el 'N/A' ní otras claves análogas a esta. Saludos
Tópico: tipo de cambio para contabilizar facturas en dolares
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2017 02:12:07 Asunto: Re: tipo de cambio para contabilizar facturas en dolares
Hola, Aplica el artículo 20 del CFF; personalmente, yo aplico el TC de un día anterior a la fecha de la factura para pasivo y para pago, aplico el TC del día en que pago y en este mismo asiento, determino la ganancia o pérdida cambiaria. Saludos
Tópico: Acumulacion de ingresos por intereses Persona Física
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2017 01:59:50 Asunto: Re: Acumulacion de ingresos por intereses Persona Física
Ok, pues a mi punto de vista, sí ya te depositaron los rendimientos de tu inversión en USD y de ello derivo la ganancia cambiaria, creo que sí deberías acumular este concepto, pues la ganancia cambiaria no es un concepto que te depositen como tal, es más bien la diferencia entre el tipo de cambio con el que invertiste y el tipo de cambio con el que te devuelven rendimientos. En teoría, el ISR retenido por esa ganancia ya fue retenido cuando te depositaron los rendimientos correspondientes.
Tópico: Acumulacion de ingresos por intereses Persona Física
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 04, 2017 18:27:00 Asunto: Re: Acumulacion de ingresos por intereses Persona Física
Hola adapriz, Pues primeramente recuerda que el artículo 8 de la LISR vigente señala a la ganancia cambiaria como interés, por lo que de entrada sí se considera un ingreso acumulable. Ahora, las personas físicas acumulan en base flujo de efectivo, por lo que sí aún no se depositan en la cuenta de la persona, no los deberías acumular. Pero dí dices que la inversión sigue fija y que no ha recibido los intereses, ¿cómo es que sabes cuánto esta generando su inversión?
Tópico: A que se refiere el SAT en el Anexo 20 como atributo 'condicional'
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 04, 2017 18:19:20 Asunto: Re: A que se refiere el SAT en el Anexo 20 como atributo 'condicional'
Hola Choco 75, Se refiere a que cuando conoces información al momento de la expedición del CFDI debes incluirlo, por ejemplo la forma de pago. También se refiere a que cuando realizas actividades u operaciones específicas, debes incluír atributos que no incluirían los demás contribuyentes. Por ejemplo: El tipo de cambio, es opcional cuando realizas operaciones en el país pero se vuelve obligatorio cuando facturas en dolares, euros u otras divisas extranjeras. Otro ejemplo es para los que importan y exportan, deben agregar el nodo 'Información aduanera' con sus atributos.
Tópico: Fundamento para cancelar facturas de clientes de meses pasados
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 27, 2017 17:31:43 Asunto: Re: Fundamento para cancelar facturas de clientes de meses pasados
Hola Raquel1020, Hijole! Entiendo tu desesperación con este tipo de clientes, sin ebrago, en mi opinión, no existe un fundamento como tal en el que te puedas amparar, más bien te recomendaría que hablarás con la persona que gerencia o administra la empresa a quien le vendes y le expreses tus inconvenientes para que juntos encuentren una solución que los beneficie a ambos. Sé que mi respuesta no es lo queesperabas, pero de verdad te deseo mucho éxito. Saludos
Tópico: metodo de pago no identificado duda?
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 27, 2017 17:23:17 Asunto: Re: metodo de pago no identificado duda?
Hola Marestela, En tu comentario, entiendo que no tienes la factura, sólo tienes el voucher del banco, ¿es correcto? Sí es así, lamento informarte que no puedes deducirla debido a que el CFDI es indispensble para la deducción del gasto. Si sí tienes el CFDI pero tu duda es por el método de pago, recuerda que la obligación del método de pago correcto se implemento desde el 15 de julio de 2016 y tu factura es de marzo, por lo que sí procedería tu deducción; trata de grapar el voucher a tu CFDI para que no tengas problemas en caso de que te la soliciten. Espero que esta información haya sido de tu ayuda. Saludos
Tópico: Saldo a Favor de IVA
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 20, 2017 18:24:50 Asunto: Re: Saldo a Favor de IVA
Hola Ceshom, Si puedes compensar saldos a favor de IVA contra ISR a cargo, así como por ISR retenido para lo cual debes presentar el aviso de compensación respectivo en la página del SAT. Saludos

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