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Tópico: Bonificación comisión bancaria de otro mes
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 14, 2018 18:02:24 Asunto: Re: Bonificación comisión bancaria de otro mes
Que tal leopardo, Coincido contigo; se considera un ingreso por la evidente deducción improcedente y al realizar tu anual se compensan los saldos sí es PM. En cuanto a los CFDI, sí el banco ya te emitió un CFDI tipo Ingreso por la comisión, entonces sí te debe emitir una nota de crédito para reflejar la bonificación. Saludos
Tópico: EMISIÓN DE CFDI DISTINTO A SU ACTIVIDAD COMERCIAL
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 12, 2018 12:46:27 Asunto: Re: EMISIÓN DE CFDI DISTINTO A SU ACTIVIDAD COMERCIAL
Que tal Alvadgelis, Nada más como comentario complementario, de acuerdo a ese concepto debes retener IVA a la asociación religiosa. Saludos
Tópico: Cálculo Anual ISR sueldos y salarios
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 11, 2018 16:22:44 Asunto: Re: Cálculo Anual ISR sueldos y salarios
Que tal Leobardo, El impuesto a favor lo puedes compensar contra el ISR a cargo de otros trabajadores según lo estipulado por el artículo 97 sexto y séptimos párrafos de la LISR vigente. Te recomiendo que le des una leída del artículo 90 al 99 de la LISR vigente, o bien, del 94 al 99 que habla especificamente de los sueldos y salarios. Saludos
Tópico: Cálculo Anual ISR sueldos y salarios
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 11, 2018 11:17:31 Asunto: Re: Cálculo Anual ISR sueldos y salarios
Que tal Leopardo, Según tu redacción entiendo que tu como empresa presentarás la declaración de uno de tus empleados, por lo cual supongo que en tu base gravable ya consideraste la deducción del impuesto sobre nómina, siempre y cuando aplique en tu Estado y la tasa no exceda de 5%. En cuanto a tu cálculo te comento que en este caso, el subsidio al empleo se acredita contra el ISR determinado hasta por la cantidad que resulte de este último, esto quiere decir que: ISR..............................$ 1,878.00 (-) SAE tablas................................$ 1,878.00 (el subsidio no puede dar lugar a saldo a favor alguno) En este caso, el saldo a favor de tu empleado es de $154.00 que corresponde a las retenciones de ISR efectuadas en el ejercicio. Espero que esta información te sea de ayuda, así mismo te invito a que revises el artículo décimo transitorio de la LISR vigente. Saludos
Tópico: sustitución de los cfdi previos en complemento de pago?
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 06, 2018 09:54:37 Asunto: Re: sustitución de los cfdi previos en complemento de pago?
. [i]Editado: Diciembre 06, 2018 16:56:35[/i]
Tópico: ejemplo de acreditamiento de iva proporcional en 2018
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 24, 2018 10:47:46 Asunto: Re: ejemplo de acreditamiento de iva proporcional en 2018
Que tal Soldado, La proporción de IVA acreditable se aplica sobre el total de IVA pagado en el mes que declaras, no sobre una parte. Saludos
Tópico: CALCULO ANUAL DE IMPUESTOS PERSONAS FISICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 24, 2018 10:38:58 Asunto: Re: CALCULO ANUAL DE IMPUESTOS PERSONAS FISICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL
Que tal Jazmin, Las retenciones sólo son por servicios personales en caso del IVA y por servicios profesionales en caso de ISR; la venta de mercaderías no genera retención alguna. Saludos
Tópico: RIF Acreditación IVA compra de automóvil en abonos?
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 20, 2018 09:16:03 Asunto: Re: RIF Acreditación IVA compra de automóvil en abonos?
Que tal Pedromvu, En cuanto a los intereses, te deben emitir un CFDI tipo ingreso en el que te desglosen el importe de intereses pagados y su respectivo IVA pero ojo, sí este CFDI lo emiten con la clave 'PPD', tendrán que emitirte otro REP por el pago recibido por estos. Estos CFDI son independientes del REP por el pago a capital y seguro del automovil. Saludos
Tópico: TRATAMIENTO FISCAL DE INTERESES PAGADOS EN TÉRMINOS DEL ARTICULO 48, TERCER PARRAFO, LFT.
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 17, 2018 10:37:55 Asunto: Re: TRATAMIENTO FISCAL DE INTERESES PAGADOS EN TÉRMINOS DEL ARTICULO 48, TERCER PARRAFO, LFT.
Buen día Cpcambrax, Coincido contigo; esos intereses son ingresos derivados de la separación entre trabajador y patrón por lo cual se deben considerar gravados para ISR. Saludos
Tópico: Pago de aguinaldo
carlos17tello

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Noviembre 13, 2018 11:24:37 Asunto: Re: Pago de aguinaldo
Buen día Micaela, Efectivamente se te descuenta la parte proporcional de incidencias en el año, a excepción de los riesgos de trabajo, incapacidades por maternidad y permisos con goce de sueldo. Saludos

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