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Autor | Mensaje |
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Tópico: Registro Contable | |
carlos17tello Mensajes: 6 |
Foro: Contabilidad Enviado: Julio 10, 2018 11:14:59 Asunto: Re: Registro Contable |
Buen día eseunico, Veo tus dudas y si me causan cierta incertidumbre...podrías indicar que NIF establece los parámetros que mencionas por favor. | |
Tópico: DEDUCCIÓN DE AUTOMOVILES | |
carlos17tello Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 13, 2018 10:42:02 Asunto: Re: DEDUCCIÓN DE AUTOMOVILES |
Que tal Luis, Lo primero que debes tener en cuenta es el porcentaje máximo de deducción y el importe deducible de los automóviles establecidos en la LISR. El porcentaje máximo de deducción para automóviles es de 25% ANUAL, mientras que el tope máximo de deducción de automóviles es de $175,000.00. Primeramente debes saber que de tu automóvil sólo podrás deducir $175,000.00 y el resto ($115,431.00) son no deducibles. En cuanto al IVA, la Ley de este impuesto te menciona que sólo será acreditable el impuesto pagado en deducciones deducibles para ISR, por lo que sólo podrás acreditar el IVA de $175,000.00 como máximo y la diferencia, será un IVA no acreditable. Con respecto a lo del régimen, la Ley te menciona que se pierde el derecho de deducir lo que te correspondía en un ejercicio SÍ DECIDES deducirlo en el ejercicio siguiente, sin embargo en tu ejemplo no fue elección del contribuyente, por lo que la deducción procedería en 2017 como primer ejercicio, según mi criterio. De igual forma te invito a que consultes el capítulo II, sección II de la LISR vigente, así como sus artículos correlativos del RISR y las reglas aplicables de la RMF para 2018. Saludos | |
Tópico: Pago de factura en constructora | |
carlos17tello Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2018 10:34:10 Asunto: Re: Pago de factura en constructora |
Que tal htiznado, Te dejo la liga de la guía de llenado del complemento de pagos; en el anexo 6 del mismo viene la manera en la que debes emitir tu CFDI: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/Complementoscfdi/Guia_comple_pagos.pdf Espero te ayude. Saludos | |
Tópico: EMISIÓN DE CFDI TIPO PAGO | |
carlos17tello Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2018 10:27:23 Asunto: Re: EMISIÓN DE CFDI TIPO PAGO |
Buen día Cili, Creo que ni el SAT mismo tiene muy clara esta parte debido a que el fundamento legal que manejan para esta pregunta en concreto te menciona el artículo cuarto transitorio de la Segunda Resolución a la RMF (sin mencionar de que año), para lo cual me basó en la RMF para 2017, el cual menciona lo siguiente: [quote][i][b]Cuarto. [/b]Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos conforme al Anexo 20 en su versión 3.2. publicado en el DOF el 22 de mayo de 2015, durante el periodo comprendido del 1 de julio al 30 de noviembre de 2017.[/i][/quote] Derivado de esto, se entiende que lo dispuesto en esta pregunta es aplicable a la versión 3.2 del CFDI pero, ¿porqué la pregunta menciona CFDIs [b]posteriores[/b] al 01 de diciembre de 2017 sí el artículo al que hacen mención sólo comprende el período entre el 01 de julio y el 01 de diciembre de 2017? Realmente no lo sé. Por eso te comentaba sobre la clave que según los mismos empleados del SAT me confirmaron que sí pretendes realizar un CFDI con complemento de pago, no debes incluir ninguna clave porque automáticamente te lo relaciona; ahora que si optas por emitir el CFDI tipo ingreso en ceros, como se hacía en la versión 3.2, debes incluir la clave '08-Pagos en parcialidades' o bien '09-Pagos diferidos' con su respectivo UUID según aplique. Insistó, si relacionas [b]'02-Nota de débito'[/b] a un CFDI, lo que harías sería aumentar la deuda de tu cliente y no disminuirla. Espero esto te ayude a aclarar tu duda. Saludos | |
Tópico: Pago de factura en constructora | |
carlos17tello Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 07, 2018 10:07:51 Asunto: Re: Pago de factura en constructora |
Que tal htiznado, Claro que debes emitir un CFDI por el pago recibido, sin embargo puedes optar por utilizar el complemento de pago o bien, emitirlo de conformidad con el artículo 29-A fracc. VII inciso b) y la regla 2.7.1.35 de la RMF para 2016. Saludos | |
Tópico: EMISIÓN DE CFDI TIPO PAGO | |
carlos17tello Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 07, 2018 09:58:01 Asunto: Re: EMISIÓN DE CFDI TIPO PAGO |
Buenos días Cili, El comprobante a que se refiere la pregunta que transcribes es un comprobante tipo ingresos pero con la clave [b]'08-pagos en parcialidades'[/b], y no la clave 02 pues no se trata de una nota de cargo. Saludos | |
Tópico: RETENCION DE IVA RENTA DE CAMION | |
carlos17tello Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 04, 2018 10:22:33 Asunto: Re: RETENCION DE IVA RENTA DE CAMION |
Que tal Sofía, Lo que te comenta el contador cano es cierto, sólo procede la retención de IVA por 10.67% por parte de personas morales. Saludos | |
Tópico: VENTAS PUBLICO EN GENERAL RIF | |
carlos17tello Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2018 09:04:30 Asunto: Re: VENTAS PUBLICO EN GENERAL RIF |
Que tal Larame, Mira, según lo que expones los productos de tu cliente no están gravados por el IEPS pero, ¿los chocolates son etiquetados con la información nutrimental? Sí no es así, se presume que el producto posee 275 kilocalorías por cada 100 gramos de conformidad con el artículo 2 fracción J) primer párrafo de la LIEPS vigente. Adicionalmente, no gravan para IVA. Ahora bien, sí lo que quieres es aplicar lo estipulado en el artículo 23 de la LIF para 2018, NO DEBES DESGLOSAR IMPUESTOS. Ahora te pregunto una duda que me salto a la vista: comentas que tu cliente es RIF pero mencionas que proporciona servicios de nutriología para lo cual se necesita título profesional, y en este caso no puede ser RIF de acuerdo a lo establecido en el artículo 111 de la LISR, ¿qué tipo de servicio proporciona entonces? Saludos | |
Tópico: Tratamiento Contable Fiscal De La Sig. Situacion | |
carlos17tello Mensajes: 3 |
Foro: Contabilidad Enviado: Mayo 08, 2018 11:57:52 Asunto: Re: Tratamiento Contable Fiscal De La Sig. Situacion |
Que tal Nicolas, ¿De donde nace tu duda sobre la baja del activo? Te lo pregunto porque en tu redacción dejas claro que el activo fijo jamás se entrego terminado ni lo registraste en tu contabilidad. | |
Tópico: COMPROBANTE DE PAGO PARA VENTA EN PARCIALIDADES | |
carlos17tello Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Mayo 08, 2018 09:42:56 Asunto: Re: COMPROBANTE DE PAGO PARA VENTA EN PARCIALIDADES |
Buenos días Mayra, Supongo que con 'Complemento de Pagos' te refieres al Recibo Electrónico de Pagos verdad? En este caso, efectivamente estas cumpliendo con lo estipulado en el artículo 29 fracc. V del CFF y la regla 2.7.1.35 de la RMF para 2018; sí tu cliente aun exige la factura tipo ingreso, comentale que este CFDI ya es opcional, según lo dispuesto en el apéndice 6 de la guía de llenado de CFDI con complemento para pagos y el artículo séptimo transitorio de la RMF reformado en la primer resolución de modificaciones a la RMF para 2018 publicada el 26 de abril pasado. Ojala te sirva esta información y puedas aclarar esta situación con tu cliente. Saludos |
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