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Tópico: IVA Acreditatble RIF
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2017 17:59:33 Asunto: Re: IVA Acreditatble RIF
Hola gerard2perez, Mira, en cuanto a tu actividad con el ámbito fiscal, no se trata de sí en la industria te solicitan papeles o no para ejercer un puesto, es la naturaleza de tu actividad lo que determina sí es actividad profesional o empresarial; sí sólo te dedicaras a comercializar las licencias de sistemas ya desarrollados, tu actividad sí sería empresarial, pues sólo vendes el sistema y las licencias de uso, por ejemplo los vendedores de contpaq, SAP, etc. En cuanto a tu autorización, supongo que cuando patentas un sistema para su venta te piden tus datos como profesional no? Aquí tendrías que investigar los requisitos para el registro de los sistemas que piensas poner en circulación y tomar decisiones. Otra duda, ¿Bajo que actividad estas dado de alta en el RIF?
Tópico: INGRESO DE PERSONA FISICA EN PERSONA MORAL
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2017 17:46:01 Asunto: Re: INGRESO DE PERSONA FISICA EN PERSONA MORAL
Hola juanr320, Según el artículo 17, fracc. I de la LISR, se establecen 3 supuestos en los cuales debes considerar tus ingresos para ISR: 1. La emisión del CFDI por la operación aunque no lo hayas cobrado o no hayas entregado el bien o prestado el servicio.. 2. El envío de mercancía o la prestanción del servicio aunque no lo hayas cobrado, facturado o ambos. 3. El cobro total o parcial de tu servicio, aunque no lo hayas facturado aún. Así mismo, el artículo establece en que casos la acumulación de ingresos podrá ser cuando efectivamente se cobren. Sólo recuerda que el supuesto que se te presente en primera instancia es el que tomarás en cuenta para determinar tus ingresos acumulables, es decir, que no siempre existe el CFDI para acumular ingresos en el mes que declaras. ¡Ojo! esto no quiere decir que estas exento de la emisión de CFDI. Saludos
Tópico: Hola, buenas noches comunidad! Apenas voy empezando en esto de la contabilidad. Pero, me han surgido algunas dudas.?
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2017 12:52:49 Asunto: Re: Hola, buenas noches comunidad! Apenas voy empezando en esto de la contabilidad. Pero, me han surgido algunas dudas.?
Hola Enrique Two, Efectivamente, las personas morales NO RETIENEN IVA a otras personas morales, excepto en la prestación de servicios por fletes y acarreos y en la compra de residuos, pero la retención es del 4% del IVA que te trasladan, no del IVA total trasladado (art. 1-A LIVA, art. 3 RIVA). Saludos
Tópico: IVA en ganancia cambiaria
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2017 12:25:02 Asunto: Re: IVA en ganancia cambiaria
Muchas gracias por tu aporte cpallares, aunque no es el registro lo que se me complica, más bien es la duda de si la ganancia o pérdida cambiaria generan IVA por lo que expuse en el tópico. ¿Existe algún fundamento legal que exprese o de a entender que la ganancia o pérdida cambiaria están sujetas a IVA? Lo que pasa, es que tengo un proveedor al que se le adquirio mercancía desde enero y se realizó el pasivo respectivo; en abril se liquida el pago y el resultado me da una ganancia cambiaria, derivado de esto, se pagó menos IVA del que originalmente causó la operación. Lo que hicé fue abonar la ganancia cambiaria y cancele el IVA pendiente de acreditar contra el IVA acreditable pagado y la cuenta no deducibles, pues el IVA por la ganancia cambiaria ya lo incluí en el abono a esta cuenta. De esto surgió mi duda. [i]Editado: Mayo 27, 2017 12:56:57[/i]
Tópico: IVA en ganancia cambiaria
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2017 10:42:09 Asunto: IVA en ganancia cambiaria
Buenos días, Me gustaría conocer sus opiniones sobre el IVA en ganancia cambiaria; según estuve revisando en algunos portales de internet, la ganancia cambiaria genera un IVA acreditable sin embargo me entro la duda de que esto sea correcto. Lo anterior lo expongo porque en la LIVA se menciona que para que proceda el acreditamiento del IVA, este debe estar efectivamente pagado y, según mi lógica, la ganancia cambiaria no se paga, simplemente es un beneficio que se obtiene por la fluctuación de la moneda aunque el acto que le dió origen sea una operación afecta a IVA. He estado leyendo la LIVA y no encuentro el párrafo que mencione sí la ganancia o pérdida cambiaria son afectas o exentas de este impuesto. ¿Qué opinan?
Tópico: Alguien tendrá una carga masiva para subir pólizas desde excel pero que asocie los xml?
carlos17tello

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Mensaje Foro: Excel Enviado: Mayo 25, 2017 17:36:59 Asunto: Re: Alguien tendrá una carga masiva para subir pólizas desde excel pero que asocie los xml?
Buenas tardes cpallares, Mira, yo si tengo un machote para generar pólizas desde excel sin utilizar la hoja electrónica, pero sólo genera pólizas, no asocia XML. Sí buscas generarlos así, creo que la mejor oción es generar la póliza desde el XML, en el ícono que dice 'XML>POL', junto al ícono que te abre la interfaz de captura; ahí te permite generar la póliza a partir de la información del XML.
Tópico: Notas a los estados Financieros
carlos17tello

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Mayo 22, 2017 19:00:58 Asunto: Notas a los estados Financieros
Buenas tardes Me podrían decir sí las notas a los estados financieros son lo mismo que las relaciones analíticas por favor. Se los agradezco mucho.
Tópico: IVA Acreditatble RIF
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 22, 2017 18:56:20 Asunto: Re: IVA Acreditatble RIF
Hola gerard2perez, Efectivamente, te encuentras en los supuestos del art. 2-A y 29 de la LIVA, sin embargo tu actividad yo la consideraría más una actividad profesional, por lo que de entrada estas en el régimen incorrecto; tu régimen es el general, ya que RIF, según el art. 111 de la LISR, es sólo para actividades empresariales por las que no se requiera título. En cuanto al ID del residente extranjero, efectivamente debes incluirlo en el CFDI que expides, pues de esta forma el SAT detecta a quien le estas prestando tus servicios. En cuanto al IVA a favor, sí lo puedes acreditar en la aplicación 'Mis Cuentas', pero sí tu actividad es tasa 0%, evidentemente no generas un IVA a cargo contra que acreditar tus saldos a favor, por lo que te recomendaría la compensación contra ISR a cargo o la devolución. Te recomiendo el cambio de régimen y la compensación o devolución de tus saldos a favor. Saludos
Tópico: PAGOS PROVISIONALES ISR PERSONA FÍSICA
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 22, 2017 18:45:52 Asunto: Re: PAGOS PROVISIONALES ISR PERSONA FÍSICA
Hola alberto SC, Efectivamente es el impuesto a cargo que tomas como pago provisional acreditable en los pagos provisionales subsecuentes. El artículo 106 te menciona la mecánica del cálculo y en su quinto párrafo menciona a la letra: [i][b]Artículo 106.[/b]- ... Cuando los contribuyentes presten servicios profesionales a las personas morales, éstas deberán retener, como pago provisional, el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que les efectúen, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes comprobante fiscal y constancia de la retención las cuales deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 96 de esta Ley. El impuesto retenido en los términos de este párrafo será acreditable contra el impuesto a pagar que resulte en los pagos provisionales de conformidad con este artículo.[/i] Ahí te menciona que podrás acreditar el impuesto retenido contra el ISR por pagar o que, según el artículo, es el impuesto a cargo, en ninguna parte menciona que deba estar efectivamente pagado en efectivo o mediante el sistema financiero. Saludos
Tópico: Retención a personas físicas
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 22, 2017 18:30:32 Asunto: Re: Retención a personas físicas
Hola Itzav, Puedes hablar con tu cliente y comentarle sobre el error y mencionale que le realizarás una nota de cargo en su siguiente factura, de esta manera el te devolverá lo que te retuvo y tu lo podrás justificar sin afectar tu facturación subsecuente. Saludos

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