Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de carlos17tello

Autor Mensaje
Tópico: FACTURCUION GRATUITA SAT PARA RIF ?
carlos17tello

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 15, 2017 17:03:42 Asunto: Re: FACTURCUION GRATUITA SAT PARA RIF ?
Que tal JMAU, Claro que puedes usar el servicio de facturación gratuita del SAT siendo RIF o si lo prefieres, contratar tu propio proveedor de facturación. Saludos
Tópico: Acreditamiento de I.V.A.
carlos17tello

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 15, 2017 17:01:47 Asunto: Re: Acreditamiento de I.V.A.
Buenas tardes Fer07, Claro que lo puedes acreditar!!! Te invito a revisar el artículo 1-B de la LIVA vigente. Aunque también debes reportar el IVA que trasladaste, pues la obligación de tu cliente contigo ya quedo satisfecha. Sólo asegurate de que estas facturas tengan como método de pago 'Compensación'. Saludos
Tópico: TRATAMIENTO PARA 'OTROS INGRESOS' U 'OTROS PRODUCTOS'
carlos17tello

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 13, 2017 18:41:30 Asunto: Re: TRATAMIENTO PARA 'OTROS INGRESOS' U 'OTROS PRODUCTOS'
Mira, según mi criterio esta amonestación si se encuentra sujeta al IVA pues encuadra con el término 'pena convencional', que si bien no se pactó en un contrato como tal, tu empresa la cobra cada que se incumple un pedido. Sin embargo, el artículo 12 de la LIVA vigente menciona que el IVA se calculará sobre la base sujeta a este impuesto, incluyendo la pena convencional que se origine pero los pasteles no gravan IVA, por lo que se podría decir que se encontraría exenta sí se hubiera cobrado junto con el precio del pastel. Derivado de lo anterior, al haberse devuelto el dinero y cobrar la amonestación por la cancelación, sí causaría IVA puesto que se deriva de tu actividad pero el calculo de IVA no se realiza sobre la venta del pastel. Esta es mi opinión, igual puedes esperar a que otro forista exprese su punto de vista antes de tomar una decisión. Saludos
Tópico: TRATAMIENTO PARA 'OTROS INGRESOS' U 'OTROS PRODUCTOS'
carlos17tello

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 13, 2017 13:42:40 Asunto: Re: TRATAMIENTO PARA 'OTROS INGRESOS' U 'OTROS PRODUCTOS'
Que tal LOSIRAM, Tal cual lo expones, entiendo que los $100.00 que no devuelves son una especie de amonestación por la cancelación repentina. Sí esta aseveración es correcta, no es otro ingreso ni otro producto, es parte de tu actividad puesto que aunque no se trata de la venta de un pastel, forma parte de la naturaleza de tu actividad. Caso contrario sí sólo le apliaste esta medida a un sólo cliente de manera espóntanea, o sea a 'lo chino'; en este caso sí sería otro ingreso pues no formaría parte de tu actividad periódica. Es mi opinión, espero te ayude a despejar dudas. Saludos
Tópico: Tipos de pólizas de ingreso en la contabilidad
carlos17tello

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2017 19:53:28 Asunto: Re: Tipos de pólizas de ingreso en la contabilidad
Que tal AlbertoSC, Por provisión de ingreso entiendo ventas, las cuales efectivamente se registran en diarios.
Tópico: COMO SE CONTABILIZA UNA ESTIMACION DE CUENTAS INCOBRABLES?????
carlos17tello

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Septiembre 11, 2017 18:57:18 Asunto: Re: COMO SE CONTABILIZA UNA ESTIMACION DE CUENTAS INCOBRABLES?????
Buenas tardes gyuri, Me temo que estas en un gravisimo error contable. La provisión por cuentas incobrables para empezar es por estimaciones que prevees, no te liquidarán...no para desaparecer saldos jeje, pero sí en tu empresa ya te dieron luz verde con el movimiento, el asiento correcto sería: Cargo: Provisión por cuentas incobrables (en gastos de administración o ventas) $100.00 Cargo: IVA trasladado $16.00 Abono: Provisión por cuentas incobrables (en activo circulante) $116.00 La cuenta de clientes no la afectas directamente ya que en el balance, la cuenta de clientes es disminuida por la de provisión y el resultado es el valor que realmente te deben tus clientes. Sí lo que quieres es quitar el saldo de la cuenta clientes, lo más conveniente sería emitir un CFDI tipo egresos para que puedas descontar el saldo no cobrado; en este caso, esto sería lo más correcto. Saludos
Tópico: LAS NOTAS DE CREDITO POR DEVOLUCIÓN DE MERCANCÍA EN QUE FECHA SE DEBEN APLICAR EN LAS FACTURAS DE COMPRA DEL PROVEEDOR?
carlos17tello

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 11, 2017 15:24:24 Asunto: Re: LAS NOTAS DE CREDITO POR DEVOLUCIÓN DE MERCANCÍA EN QUE FECHA SE DEBEN APLICAR EN LAS FACTURAS DE COMPRA DEL PROVEEDOR?
Que tal Cruz777, Mira en la experiencia que tengo, la nota de crédito la puedes aplicar en los CFDI que te llegue a generar tu proveedor; sí tu factura es menor a la NC, puedes optar por no pagarla (sólo asegurate de que en la forma o método de pago venga la clave '17-Compensación' o equivalente en la versión 3.2) y seguir descontando el saldo de las facturas posteriores. Sí tu proveedor indico en la NC a que factura aplica el descuento, entonces aplicalo a esa factura.
Tópico: Pago de impuestos como asalariado e ingresos extras por arrendamiento de locales comerciales
carlos17tello

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 07, 2017 18:38:18 Asunto: Re: Pago de impuestos como asalariado e ingresos extras por arrendamiento de locales comerciales
Que tal solrakar, Te recomiendo leer el título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente (el caítulo III habla de los ingresos por arrendamiento), así como la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente, sus reglamentos, la Resolución Miscelánea Fiscal, el Código Fiscal de la Federación, etc., o bien, contrata los servicios de un contador de confianza. A grandes rasgos te puedo decir que declaras por separado tus ingresos; los provenientes del arrendamiento los declaras mensualmente o trimestralmente, pero debes revisar los requisitos para declararlos al trimestre; además presentas una anual por arrendamiento. En cuanto a salarios, sólo declaras anualmente, pero los ingresos por arrendamiento te sirven de base para determinar tu monto máximo de deducciones personales. Por otra parte, la deducción ciega es un porcentaje que se aplica sobre tus ingresos por arrendamiento la cual se considera gasto, pero ojo! no puedes deducir más gastos sí aplicas esta opción. Se que esta información es insuficiente pero en verdad creo que es mejor que un contador te apoye con esta labor. Saludos
Tópico: INGRESOS CLIENTES GLOBALES PERSONA MORAL
carlos17tello

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 04, 2017 13:03:12 Asunto: Re: INGRESOS CLIENTES GLOBALES PERSONA MORAL
Qur tal guilperea09, Fíjate que este tema ya se ha tratado varias veces en estos foros, sin embargo no encontre las ligas... :'( Con respecto a tu duda, existen varias reglas que se fundamentan en los artículo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente, en relación con las reglas 2.7.1.24 y 2.7.1.26 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017; específicamente en estas reglas, encontrarás el procedimiento que debes realizar para facturar tus ventas con público en general. Saludos
Tópico: REGISTRO CONTABLE EQUIPO DE TRANSPORTE
carlos17tello

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Septiembre 01, 2017 16:15:07 Asunto: Re: REGISTRO CONTABLE EQUIPO DE TRANSPORTE
Híjole!!!! Quien fue capaz de registrar dicha operación de esa manera!! Te comparto que yo aun no me titulo, pero conozco lo suficiente para saber que esa no es la manera de registrar esta operación. Sin embargo, sí lo registras así, estas registrando mes con mes el costo del equipo de transporte. Te comento que hace tiempo registre un crédito automotriz de la siguiente manera: Por la compra del activo: Cargo: Equipo de Transporte. Cargo: Seguros y fianzas (en activo diferido). Cargo: IVA acreditable (por el costo del vehículo y el seguro) Abono: Autofinanciamientos (en pasivo a largo plazo) Por los pagos mensuales: Cargo: Autofinanciamientos (por la amortización a capital) Cargo: Intereses por pagar (en gastos de vta. o admón.) Cargo: IVA Acreditable (El de los intereses) Abono: Bancos Cargo: Seguros y fianzas (lo que se paga mes a mes en gastos de vta. o admón.) Abono: Seguros y fianzas (Activo diferido, para ir disminuyendo lo que ya gastaste) Además debes considerar el límite de deducción del automóvil (por el IVA) y debes tener las tablas de amortización para que sepas que conceptos estas pagando. En tu caso, deberías revisar con los documentos de los créditos, cuanto se ha amortizado el capital para que puedas hacer un asiento de ajuste en este año y puedas reflejar el adeudo como debe ser y continues sobre esta línea. Ojala te ayude a orientarte un poco esta información. Saludos

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36