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Tópico: Método de pago para un cfdi que me rebajarán de mis ingreso
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 20, 2017 18:12:06 Asunto: Re: Método de pago para un cfdi que me rebajarán de mis ingreso
Buenas tardes, Me parece que se habla de una compensación por lo que el método de pago sería [b][/b]99-Otros[b][/b], ya que la espresión N/A se debe utilizar cuando NO se conoce el método de pago y en este caso, sí sabes como te lo pagarán. Saludos
Tópico: ¿cómo registro mi pago provisional?
carlos17tello

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Abril 19, 2017 09:39:56 Asunto: Re: ¿cómo registro mi pago provisional?
Haber, finalizando este rollo porque ya me aburrió tanta vuelta a lo mismo, tengo el conocimiento de un estado de resultados, se que rubros se suman y restan y todo esto, no tienes que enviarme estados de resultados de empresas multinacionales, al final todos son iguales. Yo ya entendí el punto que me externas desde la segunda respuesta que enviaste a este tópico, pero tu no quieres entender lo que te he tratado de comunicar. Tu punto es válido, pero creo que no es cuestión profesional la razón por la que no quieres entender, más bien creo que es cuestión de ego y esas cosas. Te reitero, seguramente tienes amplios conocimientos contables y fiscales, pero ya me aburrí de escribirte lo mismo una y otra vez. Saludos
Tópico: ¿cómo registro mi pago provisional?
carlos17tello

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Abril 18, 2017 19:45:26 Asunto: Re: ¿cómo registro mi pago provisional?
Efectivamente, las depreciaciones, la provision de impuesto sobre nomina, de IMSS o de gastos generales se registra en los gastos de la empresa porque ni la seretaría de finanzas, ni el IMSS ni los proveedores te regresarán lo que ya les pagaste, ni te lo consideraran a cuenta del siguiente pago ni nada, simplemente lo gastaste y ya. En el caso de ISR provisional, lo desembolsas mes con mes, pero existe la posibilidad de descontarlo de los siguientes pagos e incluso, solicitar en devolución la diferencia que quede a tu favor. Sinceramente, esta comparación con los gastos no tiene lugar. En el caso de los cierres, cuando digo 'administrativos' quiere decir que presentas la información completa pero sin afectar tu registro contable o realizas cierres mensuales saldando cuentas de resultados, realizando tu poliza de cierre y apertura, etc.?? Una cosa es que presentes información a la dirección de tu empresa y otra, que cierres tu período contable mes con mes como se debe hacer. Como ves, no se quebranta ningun principio contable. La verdad, no se eres simplemente terco o te resistes a aceptar que este procedimiento no qudranta ninguna norma, ni ley ni nada...pero me surge una duda, ¿cómo le haces para cancelar tus provisiones mensuales de ISR?
Tópico: DUDA DE PRESENTACION DECLARACION ANUAL PERSONA FISICA POR SUELOS Y SALARIOS
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 18, 2017 18:08:02 Asunto: Re: DUDA DE PRESENTACION DECLARACION ANUAL PERSONA FISICA POR SUELOS Y SALARIOS
Buenas tardes Oscar0105, De acuerdo a tus dudas: 1. Sí no sobrepasas los $400,000.00 en ingresos por salarios o asimilables prestados a un sólo patrón, no estas obligado a presentar anual, indepentientemente de sí tienes saldo a favor o ISR por pagar. Pero si presentaste la carta a tu empresa en diciembre, debes presentarla, pues la empresa no lo hará. 2. El beneficio sí es aplicable a asimilables, siempre que prestes el servicio a un sólo empleador que emita CFDI de nóminas por este concepto. 3. En el caso del RIF y asalariados, el primer régimen no obliga a la presentación de la declaración anual, por lo que si tributas en RIF y eres asimilado, no debes considerar los ingresos por RIF para el beneficio de los asalariados, pero !OJO¡ los ingresos por asalariado sí se toman en cuenta para el límite de tributación en RIF. Saludos
Tópico: ¿cómo registro mi pago provisional?
carlos17tello

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Abril 18, 2017 17:07:45 Asunto: Re: ¿cómo registro mi pago provisional?
Buenas tardes Federico, Antes de contestarte, debo admitir que eres una persona preparada y es un gusto poder discutir este tema contigo, pues lejos de saber quien tiene la razón, creo que es una excelente forma de aprender. Regresando al tema, la respuesta es SI, si es un gasto, !pero! los pagos provisionales no se catalogarían en este rubro, pues en realidad no gastas un ISR provisional ya que puedes acreditarlo en los pagos subsecuentes y en la declaración anual, de aquí es donde toma la naturaleza de activo, pues en cierta manera tienes el derecho de pedirle al SAT que te haga válido lo que ya pagaste. De igual forma en la declaración anual, tienes el derecho incluso, de solicitar devolución o compensación sí es que pagaste de más. El ISR se volvería un gasto, una vez que realizas tu cierre contable, cancelas cuentas de resultados para determinar la utilidad y de calcular el ISR, pues el ISR anual que salga a pagar, NO se puede acreditar, ni compensar ni mucho menos devolver. Yo se que las empresas piden reportes mensuales, sin embargo estos son cierres administrativos, pues contablemente sigues registrando y acumulando saldos hasta el final del ejercicio. Y debo decir que el registro mediante esta forma no me dificulta el registro del pasivo de ISR anual ni mucho menos el pago, al contrario, la encuentro muy adoc a nuestro sistema fiscal tan complejo. En cuanto a las NIF, según la que me mandaste no se contraviene lo que se expresa en ella, pues la misma sólo menciona que el cálculo de impuestos debe corresponder al período contable que se considera, más no dice la manera de registrar esta operación. Saludos
Tópico: ¿cómo registro mi pago provisional?
carlos17tello

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Abril 18, 2017 12:48:00 Asunto: Re: ¿cómo registro mi pago provisional?
Hola Federico, De acuerdo a lo que manifiestas, la NIF-D 4 no se esta quebrantando puesto que el cálculo del ISR se esta determinando a la par del período contable, sin embargo la NIF hace enfásis a un cierrre total de operaciones, cancelando cuentas de resultados y demás. Creo que ya debes saber que las empresas en México (no en China) generalmente no realizan este tipo de cierres de manera mensual, sino ANUAL. Es predecible saber que a todas las empresas les interesa conocer el estado de la empresa de manera mensual (balance y estado de resultados), en donde obviamente se incluyen estos importes. Pero bueno, creo que cada quien tiene diferentes formas de llevar una contabilidad, lo cual es respetable, pero de verdad, alegrate un poco y no creas que el tener un proceso de registro diferente al tuyo es sinónimo de falta de conocimiento.. Perdón Mirisan15 por utilizar tu tópico como área de discusión. Saludos
Tópico: Balanza electrónica de Contpaq no detecta subniveles
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 18, 2017 12:22:48 Asunto: Balanza electrónica de Contpaq no detecta subniveles
Buenas tardes, Trabajo en una empresa que se dedica a la renta de inmuebles y necesito ayuda con la generación de la balanza por código agrupador en el sistema Contpaq; al generarla y cotejarla contra la balanza común, no me aparecen los códigos agrupadores de segundo nivel, sólo me aparece el nombre de la cuenta mayor y su saldo. Ya revise el catálogo de cuentas y coteje los códigos con el anexo 24 y nada, por lo que supongo que es un problema de programa, pero sí a alguno de ustedes les paso lo mismo y lo pudieron resolver, les agradecería mucho que me compartieran la solución. Muchas gracias!
Tópico: Como contabilizo la provision de ISR
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 18, 2017 12:11:35 Asunto: Re: Como contabilizo la provision de ISR
Hola Alac79_2, Creo que tu duda es la misma que la de otra chava que dudaba en el registro del ISR retenido acumulado, por lo que te comparto mi manera de realizar el registro: Por el pasivo: Anticipos de ISR------------$16,662.00 ISR por pagar-----------------------------$16,662.00 Por el pago: ISR por pagar---------------$16,662.00 Anticipos de ISR--------------------------[b]$5,486.00[/b] Subsidio al empleo-----------------------[b]$1,543.00[/b] Bancos------------------------------------$9,633.00 Te preguntarás de donde saque la cantidad de anticipos de ISR, hicé el cálculo con el pago provisional que pones en tu ejemplo más el subsidio al empleo para determinar el ISR de enero, ahora te comento que se realiza el abono por el ISR que determinaste en enero puesto que dentro de este impuesto YA SE ESTA CONSIDERANDO EL SUBSIDIO ACREDITADO DEL MES DE ENERO, por lo que el abono en la cuenta de subsidio debe ser el que generas mes con mes, mientras que en la cuenta de anticipos de ISR, debe quedarte el ISR que determinas en el mes más reciente, pues ya consideras el ISR de meses anteriores. Espero que haya sido de utilidad para ti. Saludos
Tópico: DUDA DECLARACION BIMESTRAL RIF
carlos17tello

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2017 16:53:31 Asunto: Re: DUDA DECLARACION BIMESTRAL RIF
Hola, El beneficio de IVA en RIF aplica de la misma forma que la reducción de ISR, el primer año no pagarás IVA por ventas con publico en general independientemente del ingreso que tengas; sin embargo, sí en el primer año obtuviste ingresos mayores a 300,000.00, quiere decir que en el siguiente año se te reducirá el 90 por ciento del total de IVA por ventas publico en general que generes y así gradualmente, a la par de ISR. El límite de 300,00.00 anuales te da el beneficio de no pagar IVA por publico en general mientras no rebases esta cantidad, sin importar el año de tributación. Saludos
Tópico: ¿cómo registro mi pago provisional?
carlos17tello

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Abril 10, 2017 16:43:51 Asunto: Re: ¿cómo registro mi pago provisional?
Hola Federico_ Se supone que la cuenta de ISR causado en gastos es el cálculo anual, mientras que por los pagos provisionales se tiene el derecho de acrediarlos en los meses subsecuentes e incluso, en la declaración anual; recuerda que el Activo representa los derechos de la empresa. Saludos

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