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Tópico: Depositos primer empleo imss sujetos a pago de impuestos?
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 27, 2012 18:02:38 Asunto: Re: Depositos primer empleo imss sujetos a pago de impuestos?
Ya no entendi jejejejeje. Entonses consideran que este subsidio no es ingreso gravable???? Es decir, el objeto del subsidio es dar un apoyo a los contribuyentes, en este caso al patron. Si ustedes no deducen las cuotas cuando las pagaron al imss, entonses estoy de acuerdo que cuando les regresen el dinero, objeto de este subsidio, no lo acumulen. Comunmente que hacemos: 1. Pago las cuotas completas. 2. Las envio al gasto (contabilidad e ISR en su caso), aplico para credito de ASS (IETU) en el mes en que corresponden. 3. A los 2 o 3 meses me regresan el dinero porque aplique para el subsidio del decreto. 4. Acumulo o hago el movimiento contrario al punto 2 (en cuanto al importe de las cuotas que aplican por el subsidio). Si no realizo lo que indica el punto 4, entonses tengo un doble beneficio, el cual creo que no es el objeto de la autoridad. Cual fue entonses mi beneficio, el no gastar (pagar, deducir, etc) las cuotas que finalmente el decreto establece que seran el subsidio. Vamos comentando mas a fondo estas situaciones para llegar a una conclusion. Saludos.
Tópico: COMPRA DE AUTO AL INICIO DE ACTIVIDADES (HONORARIOS)
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 27, 2012 09:57:35 Asunto: Re: COMPRA DE AUTO AL INICIO DE ACTIVIDADES (HONORARIOS)
[quote]Mi comentario: [u][color=red]Hay discrepancia[/color]; para los ingresos por actividad empresarial, tiene que haber gastos, acordes con el ingreso.[/u][/quote] A eso voy, y en el caso en comento, no habria discrepancia al hacer deducible una inversion con ingresos que no proviene de esa actividad? Tengo mis dudas. Saludos.
Tópico: Depositos primer empleo imss sujetos a pago de impuestos?
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2012 18:09:12 Asunto: Re: Depositos primer empleo imss sujetos a pago de impuestos?
Es correcto mi estimado Hugo, vamos tocando un poco mas a fondo el tema: Tips, es un beneficio? Es un estimulo fiscal? Aplica SAT e IMSS? Espero comentarios. Saludos
Tópico: Depositos primer empleo imss sujetos a pago de impuestos?
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2012 17:10:21 Asunto: Re: Depositos primer empleo imss sujetos a pago de impuestos?
Buenas tardes. asi es mi estimado CP Hugo, tiene un punto fino, ya lo habran detectado o aun no saben de que se trata el programa de primer empleo??? Saludos.
Tópico: COMPRA DE AUTO AL INICIO DE ACTIVIDADES (HONORARIOS)
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2012 16:30:46 Asunto: Re: COMPRA DE AUTO AL INICIO DE ACTIVIDADES (HONORARIOS)
Buenas tardes, pregunta simple: Tengo dos actividades registradas, actividad empresarial y profesional (presto servicios de contabilidad, emito recibos de honorarios) y la otra actividad es sueldos y salarios. Ingresos mensuales: Honorarios $ 50,000.00 Sueldos 150,000.00 Con lo que gano en sueldos, lo aplico a gastos y tengo siempre una perdida, e incluso IVA a favor cada mes en honorarios (finalmente en sueldos no requiero deducciones). Es esto posible???????? Vamos, se que se va a poner interesante el tema, jejejejeeje Verifiquen el planteamiento del topico.
Tópico: deducible terreno
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 24, 2012 14:03:44 Asunto: Re: deducible terreno
Siento que no se desvia nada, es simplemente que te enfoques en lo que criticas. No me interesa saber si estas de acuerdo o no con lo que yo ponga en este foro, son situaciones de analisis y cada quien le da la acepcion que quiera. Como te indique en mi comentario anterior, juzgas por algo que tu mismo haces, y te lo comprobe ahi mismo, me parece ilogico jejejeje, pero bueno en fin. No le veo mayor tema de discusion al planteamiento que aqui se realizo, cada quien genera su propia opinion. Me siento bien al ver que mis planteamientos son temas de discusion y aporte, y no solo bla bla bla y con fundamentos mal relacionados. Seguiremos en la critica y esperemos ver mejores resultados en estos foros. Puedes hacer lo que te plazca, pero me parece irracional que pidas algo que tu no puedes dar, fundamentos los puedes dar mil, que apliquen es otra cosa, y esa es presisamente la situacion de mi critica, la cual, intento hacer que sea constructiva. No todo lo que digo es correcto y no me aferro a tener la verdad absoluta, por eso nacen estos foros, para que todos aportemos y apoyemos y se llegue a una conclusion optima por parte de todos nosotros como parte integral de el foro. Saludos.
Tópico: deducible terreno
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 24, 2012 12:31:58 Asunto: Re: deducible terreno
[quote]I. [color=red]Las erogaciones que correspondan a la adquisición de bienes[/color], de servicios independientes o al uso o goce temporal de bienes, que utilicen para realizar las actividades a que se refiere el artículo 1 de esta Ley o para la administración de las actividades mencionadas o en la producción, comercialización y distribución de bienes y servicios, que den lugar a los ingresos por los que se deba pagar el impuesto empresarial a tasa única. No serán deducibles en los términos de esta fracción las erogaciones que efectúen los contribuyentes y que a su vez para la persona que las reciba sean ingresos en los términos del[color=red] artículo 110 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.[/color] [/quote] Enrique buenas tardes, pienso que sigues confundido. Necesitas fundamentos, te los indico: El terreno es deducible segun el Art. 5 y 6 LIETU. Ese terreno servira para obtener ingresos para efectos de IETU (No creo que vayan a construir una casa habitacion en el, espero no equivocarme, pero eso lo tiene que desarrollar el iniciador del topico), al ser objeto para la obtencion de ingresos (OJO, ESTOY EN LA LEY DEL IETU), deberan de ser deducibles. Si en ISR tienen otro momento de deduccion diferente a LIETU, es otra cosa, bueno en fin, estamos hablando de dos leyes distintas (pienso yo, si me equivoco me lo indican por favor), entonses hay aplicaciones distintas en cada ley para un mismo supuesto, (NOTESE QUE YA ALGUIEN COMENTO QUE EN ISR SE DEDUCE COSTO DE VENTAS Y EN IETU LOS PAGOS A PROVEEDORES), SON MOMENTOS TOTALMENTE DIFERENTES, O EN ESTE CASO TAMPOCO ESOS PAGOS A PROVEEDORES SON DEDUCIBLES PORQUE NO LO SON PARA ISR. Ahora voy con otro criterio, me podrias indicar en que parte de la LISR, indica que los terrenos no son deducibles???, yo por mi parte no lo encuentro, 'OJO, NO ESTOY DICIENDO QUE LOS VOY A DEDUCIR EN ISR A UNA TASA ESPECIFICA', simplemente busco en donde se indica que no se pueden deducir, EL MOMENTO DE DEDUCCION ES OTRA CUESTION. En cuanto a lo que ya te refirio acertadamente el compañero jgvv22, el la LIETU, no indica que lo que no sea deducible para ISR no sera deducible para IETU, ya que por solo principio de negocio, el costo de ventas y los pagos a proveedores son diferentes cuestiones y momentos de deduccion, ya que yo podre pagar el dia de hoy a mi proveedor la mercancia que le compre ayer, y la hago deducible el dia de hoy para IETU, te pregunto, el dia de hoy esa mercancia que aun tengo en mi bodega, es deducible para ISR????. No confundamos las cosas, simplemente son leyes diferentes y aunque en algunas cosas se amarre con ISR, no es en una generalidad, notese el parrafo anterior. Saludos. P.D. Cuando te refieres a que mis comentarios son vagos, porque no pongo ningun fundamento, es una reaccion a que tus comentarios son mas vagos aun, y no tienen ningun fundamento legal, por eso los cuestiono. Cito: [quote]1.- No son deducibles los terrenos. De hecho vamos dandote la razon son inversiones. No hay tasa de depreciacion. No se deducen. Ver arts donde se aprecie las manera de aplicar tasas de depreciacion fiscales. 2.- Cuando se enajene el terreno, en ese momento SI se deducen, no antes. 3.- No pudieran deducirse mas de dos ocasiones el mismo bien. La LISR solo permite deducirse 1 sola vez. 4.- Para IETU, se sigue la deduccion de terrenos hasta que sean deducibles para ISR o en la parte proporcional[/quote] Como veras, no tiene ningun fundamento legal tus comentarios. No juzgues mi forma de comentar o aportar a este foro, sin antes ver tu como lo haces, si tienes alguna duda sobre algun comentario que hice, preguntalo o cuestionalo, tenlo por seguro que siempre te contestare basado en lo que indican las diversas normas fiscales o a fin. Saludos.
Tópico: COBRO DE IVA DE UN MEDICO A UNA PERSONA MORAL DE REGIMEN GENERAL?
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 24, 2012 11:58:21 Asunto: Re: COBRO DE IVA DE UN MEDICO A UNA PERSONA MORAL DE REGIMEN GENERAL?
[quote]ARTICULO 8o.- Las actividades de atención médica son: I.- PREVENTIVAS: Que incluyen las de promoción general y las de protección específica; [color=red]II.- CURATIVAS: Que tienen por objeto efectuar un diagnóstico temprano de los problemas clínicos y establecer un tratamiento oportuno para resolución de los mismos;[/color] y III.- DE REHABILITACION: Que incluyen acciones tendientes a limitar el daño y corregir la invalidez física o mental[/quote] Buenas tardes. En relacion a la consulta al SAT que hace Vabdo, como siempre lo he referido, los asistentes que tiene el SAT no profundizan las leyes, y en muchas ocaciones las interpretan segun el codigo que maneja el mismo SAT. En esta ocacion, te indica que ese servicio esta exento, dado que tiene que ver con el paciente, y pienso que CANO ya te dio esa respuesta en su ultima intervencion en este topico, Articulo 8 Fracc II, es cuestion de analizarlo como bien lo realizo CANO y CP HUGO en sus atinadas intervenciones, si el iniciador del topico no explica que tipo de investigacion esta realizando, es dificil dar un fundamento correcto, pero de entrada, si no cae dentro de lo que la Ley de Salud indica, dado que es una aplicacion supletoria a la LEY del IVA, porque esta no presisa los conceptos de medicina, son actos gravados a la tasa que corresponda, 16% o 11%. Saludos.
Tópico: COBRO DE IVA DE UN MEDICO A UNA PERSONA MORAL DE REGIMEN GENERAL?
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2012 16:47:44 Asunto: Re: COBRO DE IVA DE UN MEDICO A UNA PERSONA MORAL DE REGIMEN GENERAL?
Buenas tardes. En concreto CP Hugo ya nos dio la reseña del porque grava IVA este servicio jeje. Coincido plenamente contigo mi estimado, y desde mi perspectiva tendria que generar IVA este servicio de investigacion. El iniciador del topico, ya no regreso ni por el cambio jeje, seria bueno profundizar en el servicio de investigacion que prestó, pero en fin.......... Saludos.
Tópico: FUNDAMENTO LEGAL DE LA OBLIGACION DE DEPOSITAR LOS INGRESOS
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2012 13:56:13 Asunto: Re: FUNDAMENTO LEGAL DE LA OBLIGACION DE DEPOSITAR LOS INGRESOS
Mi estimado iniciador del foro, si es comida rapida y sus ingresos anuales no superan los 2 millones de pesos, que anda haciendo en un regimen que no le corresponde, vayase como repeco y se acabo el borlote. Si ya esta metido como regimen general y anda buscando como esconder algo, ya le comentaron, tenga cuidado con la discrepancia fiscal, luego le va a salir mas caro el caldo jejeje. Por otra parte, en este tipo de establecimientos funciona mucho el que los proveedores que te dan buen precio y excelente calidad, no facturan (notese los negocios de frutas y verduras de los mercados de abasto), la mayoria son repecos y va a tener problemas para deducir. La retencion del 3% de IDE, 'si es contribuyente' y paga ISR, no se vera afectado por ningun motivo, ya que lo podra acreditar o compensar contra otros impuestos. Es por eso que la mayoria de los establecimientos de comida rapida en los centros comerciales, son repecos, (Exepto las grandes cadenas o franquicias), aunque el IVA lo esta trasladando a los clientes, el patron siempre cree que ese dinero es suyo y que esta pagando impuestos jejejejeejej. Haganlos entender..................... Realice una conclusion y comentenos cual fue su desicion.

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