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Tópico: Obligaciones Art32 LIVA
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2011 16:05:11 Asunto: Re: Obligaciones Art32 LIVA
[quote]Tanto la F-V como la VIII del numeral 32 LIVA dice................ dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información. La ley es clara[/quote] Es correcta tu apreciacion mi estimado CP Hugo (saludos), nunca hay que ir mas alla de las Leyes. Saludos.
Tópico: compensacion isr
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2011 22:14:53 Asunto: Re: compensacion isr
[quote]juez de hierro esa es otra duda. Si puedo hacer otro aviso de compensacion en el cual me compenso la diferencia que falta de compensar? se puede? [/quote] Javi, si tu aviso inicial de compensacion fue aceptado, por supuesto que puedes realizar una complementaria y sustentar la diferencia a pagar con otra compensacion. Recuerda que en la complementaria, tienes que manifestar que ya pagaste una parte del impuesto con anterioridad (compensacion anterior). Exito y saludos.
Tópico: VENTA DE ACTIVO DE UNA AC
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2011 18:32:47 Asunto: Re: VENTA DE ACTIVO DE UNA AC
[quote]Estimado Juez de Hiero, su pegunta [color=red]es muy especial [/color]!!!!!!!!!!!!!!!. [/quote] Asi es mi estimado, y espero una respuesta igual. Saludos.
Tópico: VENTA DE ACTIVO DE UNA AC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2011 17:57:51 Asunto: Re: VENTA DE ACTIVO DE UNA AC
[quote]Como comente, para el Impuesto al Valor Agregado sería una operación no objeto de IVA.[/quote] Mi estimado A-Cano, difiero de tu apreciacion. La ley contempla este tipo de actos como una enajenacion Art. 1 LIVA. La misma ley, lo contempla como un acto exento Art. 9 LIVA Fracc IV., dado que la AC no realiza actividades empresariales. Por lo anterior, no puede ser considerado un NO OBJETO DE IVA. [quote]En cuanto a IVA EN MI OPINIÓN ES GRAVADO AL 16% [/quote] Mi estimado Taxfiscalistas, me podrias dar tu fundamento legal para gravarlo al 16%. Saludos.
Tópico: VENTA DE ACTIVO DE UNA AC
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2011 17:34:10 Asunto: Re: VENTA DE ACTIVO DE UNA AC
[quote]Considero que para ISR, debe dejar fuera las enajenaciones de activos fijos. No que se incluyan dentro de los que no gravarian ISR por un 5% de ingresos no lucrativos o preponderante. En otras palabras, si le aplica tener que gravar ISR,[color=red] pero su determinacion es anual.[/color] Estariamos confundiendonos con el paso anterior.[/quote] Mi estimado Enrique, creo que el que esta confundiendo la normatividad eres tu. Checa lo que que comenta el CP Hugo: [quote]y de lo anterior se desprende que las PM [color=blue]son contribuyentes del ISR en el título III.[/color] en los sigueintes casos... 1-. cuando enajenen bienes distintos a su activo fijo.[/quote] Mi pregunta es: Estan vendiendo un activo fijo?[color=red] PERO POR SUPUESTO QUE SI[/color] Dado la respuesta anterior, cabe en el numeral 1 que menciona el CP Hugo: [color=red]POR SUPUESTO QUE NO.[/color] CONCLUSION: La AC que tributa en Titulo III, seran contribuyentes de ISR de acuerdo al Art. 93 LISR, cuando enajenen bienes DISTINTOS DE SUS ACTIVOS FIJOS, Este no es el caso. Saludos.
Tópico: Estimulos fiscales por inovacion tecnologica 2011
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2011 17:13:12 Asunto: Re: Estimulos fiscales por inovacion tecnologica 2011
Buenas tardes. Creo que solo te queda la fraccion XV del Art. 4 Transitorio 2010. Saludos.
Tópico: compensacion isr
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2011 16:19:25 Asunto: Re: compensacion isr
[quote]Lo mas practico es pagar en efectivo la nueva diferencia determinada[/quote] Y si no tiene liquidez???? No creo que sea buena tu propuesta. Que acaso no puede compensar un nuevo saldo a favor o remanente de otro periodo, sin necesidad de mover compensaciones ya efectuadas??? Saludos.
Tópico: CONSTITUCION DE S A DE C V
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2011 15:58:05 Asunto: Re: CONSTITUCION DE S A DE C V
[quote] [color=red]cual seria la deducion para isr, iva y ietu. agradesco sus comentarios y gracias por su apoyo[/color]. saludos [/quote] Que tal colegas buenas tardes. Creo que no podemos seguir por la tangente. Mi estimado Luis, de acuerdo al planteamiento inicial del topico, tus deducciones aplicarian de acuerdo a cada Ley, tanto para ISR como para IETU, asi como en su caso, acreditar para IVA en caso de proceder. La documental publica de la aportacion en bienes, seria tu fiel comprobante para que puedas aplicar la deduccion y cumplir con los requisitos que cada Ley marca. La situacion del CFF, te servira para otra situacion, que no tiene nada que ver con lo que tu pretendes deducir. Saludos.
Tópico: CAMBIO DE REFIMEN FISCAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2011 18:11:39 Asunto: Re: CAMBIO DE REFIMEN FISCAL
Dos situaciones. 1. Estan mal presentadas las declaraciones ya que no esta tributando en ese regimen. 2. Pudieron haberlo inscrito en regimen intermedio desde el inicio de operacoines, pero recuerdo que habia una situacion no se si aun lo haga asi el SAT, en el cual, si tu declarabas una obligacion que no tenias, te la daban de alta automaticamente, pudiera ser el caso, ya que es de un regimen menor a uno mayor, y la autoridad suponga que ya cambiaste de regimen. O de plano, quien hizo los pagos provisionales ni idea tenia de que deberia declarar. Saludos.
Tópico: Correccion inconsistencias aviso de compensacion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2011 17:58:11 Asunto: Re: Correccion inconsistencias aviso de compensacion
[quote]Recuadro 29. Indique a que concepto corresponde su saldo a favor IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA[/quote] Presisamente ese es el concepto, ya que no existen saldos a favor de pagos provisonales, tu saldo a favor de Ietu, deriva de una declaracion anual, en la cual se manifiesta, que realizaste pagos provisonales y como efecto resulto un saldo a favor. Saludos.

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