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Tópico: devolucion inmediata de iva
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2011 13:37:55 Asunto: Re: devolucion inmediata de iva
[quote]de donde sacas este fundamento¿ [/quote] Tercer Parrafo Fraccion IV del ART. 1-A LIVA. Solo aplica en caso de que tengas programa de fomento a las exportaciones. [quote]Es una facilidad exlusiva para Art.1-A b) Como comenta EDGAR1977 [/quote] Esto no aplica al inciso b) de la Fraccion II del ART. 1-A, ojo, como dice la LEY, cito a continuacion: Tercer Parrafo Fraccion IV del ART. 1-A LIVA. Cuando en el cálculo del impuesto mensual previsto en el artículo 5o.-D de este ordenamiento resulte saldo a favor,[color=red] los contribuyentes a que se refiere esta fracción [/color] (Estamos en la fraccion IV ), podrán obtener la devolución inmediata de dicho saldo disminuyéndolo del monto del impuesto que hayan retenido por las operaciones mencionadas en el mismo periodo y hasta por dicho monto.
Tópico: Precios de transferencia Nacionales (ERROR SIPRED)
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2011 13:27:03 Asunto: Re: Precios de transferencia Nacionales (ERROR SIPRED)
Checa tu Sipred mi estimado, en el instructivo del SAT indica que si son operaciones con partes relacionadas nacionales, deberas llenar los anexos que comentas. Saludos.
Tópico: retencion su calculo
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2011 13:16:33 Asunto: Re: retencion su calculo
[quote]El retenedor debiese escoger la manera de como hacerlo. [/quote] No mi estimado, no es optativo, es imperativo lo que dice el Reglamento de la LIVA. Articulo 3 RLIVA. Para los efectos del artículo 1o.-A, último párrafo de la Ley,[color=blue] las personas morales obligadas a efectuar la retención del impuesto que se les traslade[/color],[color=red] lo harán [/color]en una cantidad menor, en los casos siguientes: [quote]Pudieramos interpretar retener el 100%. Eso seria retener. [/quote] En esta parte, si estoy de acuerdo contigo, las Leyes parten de lo general a lo particular, SE RETIENE TODO (LIVA) Y LUEGO TE EXPLICO EN QUE CASOS NO LO RETIENES TODO (RLIVA). Saludos.
Tópico: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2011 12:33:06 Asunto: Re: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO
En conclusion, estoy de acuerdo con A-Cano, debieramos de hacerlo de acuerdo al 25 del CFF. En la practica no se hace este escrito para informar a la autoridad que estas aplicando el Estimulo, y en las auditorias no te lo van a pedir. Si acudes a la administracion local que te corresponda, igual y ni te lo van a querer recibir, ya que ni ellos saben que hay que manifestarlo de esa forma. LOVS, mi apreciacion es que tanto te quieres apegar a la LEY en cuanto a informar o no. Tu tienes a desicion. Saludos.
Tópico: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2011 12:10:06 Asunto: Re: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO
[quote]Mi duda se debe llenar alguna forma, escrito libre donde se entere a la autoridad o simplemete se aplica. [/quote] Hijole, creo que este topico ya se salio de las manos, que forma de confundir al iniciador del topico, no pueden ser mas concretos con la duda de LOVS. Me pregunto que tendria que ver un ajuste aqui, si estamos enfocando a la presentacion de un escrito o informar a la autoridad sobre la aplicacion del ESTIMULO FISCAL. Saludos.
Tópico: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2011 11:49:32 Asunto: Re: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO
Cito el Articulo donde se establece el ESTIMULO FISCAL, publicado en el DOF el 28 de Noviembre de 2006. Artículo Segundo. [color=red]Se otorga un estímulo fiscal [/color]a los contribuyentes que tributen en los términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, consistente en disminuir de la utilidad fiscal determinada de conformidad con la fracción II del artículo 14 de dicha Ley, el monto de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el mismo ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El citado monto de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, se deberá disminuir, por partes iguales, en los pagos provisionales correspondientes a los meses de mayo a diciembre del ejercicio fiscal de que se trate. La disminución a que refiere este artículo se realizará en los pagos provisionales del ejercicio de manera acumulativa. Comentarios............... Saludos.
Tópico: Aviso Inconsistencias Pagos Sat
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2011 11:17:56 Asunto: Re: Aviso Inconsistencias Pagos Sat
Te dejo link, para que verifiques el remitente, posiblemente sea de los falsos ya detectados por la autoridad. [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/plataforma/132_12466.html[/url] Saludos.
Tópico: NUEVO CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2011 11:03:59 Asunto: Re: NUEVO CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL
[quote]Buen día: Te sugiero consultar la Regla I.2.23.6.1. y el artículo SEPTIMO, publicados en la PRIMERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 y su anexo 1-A. Saludos [/quote] Ah caray, esa regla esta abrogada. Saludos. [i]Editado: Julio 20, 2011 11:04:54[/i]
Tópico: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2011 10:56:37 Asunto: Re: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO
Simplemente aplica lo que esta en el decreto. Ahora, si en la anual 2010, no declaraste PTU determinada en el ejercicio, ni tampoco PTU pendiente de pagar de ejercicios anteriores, entonses si hay que corregir la anual. En caso contrario, tu solo aplicaras el decreto sin tener que dar aviso de nada. Saludos.
Tópico: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2011 10:53:27 Asunto: Re: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
Mi estimado, si te estan detectando inconsistencias, y efectivamente las tienes, entonses pon al corriente tus obligaciones, y por el mismo portal, genera una solicitud en donde solicites que se den por cumplidas las obligaciones y anexas los comprobantes del cumplimiento. Posiblemente te cambien el estatus. Saludos.

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