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Tópico: efectos fiscales al pago vigencia
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2011 17:59:44 Asunto: Re: efectos fiscales al pago vigencia
[quote]El contador expide un recibo a la empresa por servicios contables y fiscales lo expide el 9 de junio de 2010, la vigencia es hasta el 20 de junio del mismo mes, y el pago la empresa se lo hace el 10 de julio de 2010.[/quote] Ese comprobante expedido en junio 2010, tiene efectos fiscales en esa fecha???? NO Sus efectos fiscales son el dia 10 de julio, que es la fecha en la cual se le pago el comprobante, en esta fecha, esta vigente el documento????? NO Por lo cual, ese es un no deducible para efectos fiscales Cito lo siguiente: Articulo 31 Fracc IX LISR: [color=red]Tratándose de pagos que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas[/color], de los contribuyentes a que se refieren el Capítulo VII de este Título, así como de aquéllos realizados a los contribuyentes a que hace referencia el último párrafo de la fracción I del artículo 18 de esta Ley y de los donativos,[color=red] éstos sólo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate[/color]. [color=blue]Sólo se entenderán como efectivamente erogados cuando hayan sido pagados en efectivo,[/color] mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, o en otros bienes que no sean títulos de crédito. Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración. También se entiende que es efectivamente erogado cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones. Se los dejo a su consideracion. Saludos.
Tópico: suspencion de actividades
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2011 17:44:49 Asunto: Re: suspencion de actividades
Estimado Enrique, no hay molestia de por medio, al contrario, que bueno que se debatan este tipo de situaciones que se dan en la vida practica de nuestra profesion. La situacion principal, es que el papa del IETU que es la LEY IETU, no existe la obligacion de presentar el tan famoso listado, es ahi donde comienzan las cochinadas de la autoridad y los legisladores. La SHCP por medio del SAT, lo incluye en la LIF, dado que ahi no se fijaran los legisladores de esa obligacion que estan planteando, sin embargo, la obligacion existe, sea mensual en otros ejercicios o anual como lo es en 2011. La situacion de pagos referenciados es otra cochinada de la autoridad, que poco a poco y mediante la intervencion de nosotros como profesionistas en la materia, la deberan de modificar, te comento lo mismo de los avisos de compensacion, te lo manejaron como que ya no los vas a presentar, cuando van implicitos en el sistema de declaraciones y pagos, seria absurdo que que todavia llenando el aviso que viene en ese sistema, tuvieras que presentar otro, pero aun asi, tienes que presentar los anexos, es decir, de todas formas abriras un caso via MI PORTAL para terminar con tu aviso de compensacion. En otras palabras no hay simplificiacion alguna. [quote]Y Ustedes, ahora les comentan con una simplista razon y con pobres argumentos que ya no haga nada[/quote] Es bastante mas que una simple razon, es lo que te marca la LEY, los deberas de presentar anualmente. El propio sistema del SAT para presentar dichos listados, tiene que estar activo, dado que puedes requerir presentar de ejercicios anteriores o complementarios, es por eso que esta actualmente activo este programa del SAT. Espero haber sido claro con mis comentarios y no en el afan de tratar de cambiar tus puntos de vista, que son muy respetables. Saludos.
Tópico: efectos fiscales al pago vigencia
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2011 16:18:31 Asunto: Re: efectos fiscales al pago vigencia
[quote]Coincido plenamente con la respuesta de a_cano....sin tanto rodeo ni nada.....simplemente bien respondido, sin andar con perdida de tiempo....[/quote] Mi estimado CP Sergio, lamento mucho tu comentario, ya que segun lo argumentado en este topico, no es perdida de tiempo, ni darle rodeos al asunto. Lo que comenta a_cano, tiene mucha razon, sin embargo, ese tema trata de que no expidas comprobantes fuera de vigencia y es en forma generalizada, ya que aplica para todos, o en la tesis ves alguna salvedad????. si tus comprobantes tienen fin de vigencia agosto 2010 y lo expides con fecha de noviembre 2010, a esto se refiere la tesis. Por otro lado, Enrique, te reitero que verifiques las respuestas de cada uno de los que participamos aqui, yo estoy indicando, 'PARA EFECTOS FISCALES', y tu hablas de cuestiones mercantiles, etc., nada que ver. Aunado a eso, hablas de ventas a credito por tres meses, OJO, MUCHO OJO, [color=red]'es una persona fisica que expide recibos de honorarios'[/color], (cito al autor del topico), nunca en mi poca experiencia como contador, he visto que una persona fisica, expida recibos de honorarios para realizar ventas (me imagino actividad empresarial)., y mucho menos, que de tres meses para que le paguen la contraprestacion por sus servicios, llamese la actividad que sea, doctor, contador, etc. Por lo regular, los recibos de honorarios, se podran brincar de mes para que te los paguen, y la situacion de dejar al final del ejercicio, deudas o cobranza a personas fisicas, no es muy conveniente, al menos para las personas morales, o tu que opinas. Sigo en la postura de mi comentario anterior, y esperemos si hay alguna opinion diferente para llegar a una conclusion. Saludos.
Tópico: suspencion de actividades
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2011 15:49:47 Asunto: Re: suspencion de actividades
Buenas tardes Enrique. Todo lo que has estado argumentando no tiene razon de ser, te recomiendo leer bien el topico y las respuestas que hemos vertido en el. Estamos hablando del Listado de Conceptos de IETU, si lo entiendes????? No tiene nada que ver lo que argumentas. Saludos.
Tópico: suspencion de actividades
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2011 14:07:51 Asunto: Re: suspencion de actividades
[quote]Las declaraciones de los listados del IETU, por ley son obligatorias mensualmente[/quote] Enrique, nos podrias proporcionar el fundamento de lo que mencionas. [quote]Si ya envio algun listado en algun mes anterior, debera continuar enviando el resto de los listados, mientras no se supenda[/quote] Enrique, el mismo comentario, donde dice esto en la LEY??? Mi estimado TRS, simplemente ya no las presente, ya que no tiene obligacion para el ejercicio 2011, unicamente anual, verifique Ley de Ingresos de la Federacion 2011. Saludos.
Tópico: efectos fiscales al pago vigencia
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2011 13:45:55 Asunto: Re: efectos fiscales al pago vigencia
y creo que la situacion de la corregiduria, es tema de otra materia, aqui lo es la FISCAL. Saludos.
Tópico: efectos fiscales al pago vigencia
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2011 13:45:03 Asunto: Re: efectos fiscales al pago vigencia
[quote]Hola, considero que se debe considerar en su maxima expresion, .....la simetria fiscal[/quote] Buenas tardes. Lobo, no coincido contigo en este punto. La persona fisica lo va a acumular independientemente de si esta vigente el recibo o no, al igual la autoridad, ya que es un ingreso, o acaso crees que la autoridad le indique al contribuyente que no se lo va a acumular por la situacion de la vigencia del recibo??? El recibo dada su maxima expresion en el mismo ' EFECTOS FISCALES AL PAGO', es el momento en el cual, al ser pagado, el recibo nace para efectos fiscales, si no esta vigente al momento del pago, entonses no sirve. Obvio, la empresa que lo recibe, tendria un no deducible. Saludos.
Tópico: REQUERIMIENTO Y MULTA,
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2011 13:50:30 Asunto: Re: REQUERIMIENTO Y MULTA,
[quote]CARCEL.....POSIBLEMENTE CARCEL [/quote] Cual seria el fundamento para llevarlo a la carcel Lobo???. Por otro lado, el tiene el derecho de ser escuchado, y el escrito te lo tienen que recibir quieran o no, incluso proceda o no. Acercate con un asesor fiscal, para que te ayude en esta situacion y reune los elementos por los cuales no tiene forma de pagar los creditos. Por otra parte, verifica si tiene para pagarle al asesor, porque tambien va a cobrar, y que tan factible es que pague las multas en lugar de estarse peleando. Un prestamo o empeño seria buena solucion. Y tendra que ponerse al corriente, sino, le van a seguir multando por no cumplir sus obligaciones fiscales. Saludos.
Tópico: DIOT Pedimento de importación proveedor nacional
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2011 13:24:11 Asunto: Re: DIOT Pedimento de importación proveedor nacional
Buenas tardes. Haber mi estimado, 1. la operacion es por concepto de una importacion o de una operacion con proveedor nacional???? 2. Si tienes un pedimento, como argumentas que el proveedor en nacional??? 3. El IVA, lo pagaste en aduanas o se lo pagaste al proveedor nacional??? Creo que habria que identificar el tipo de operacion, obviamente se requieren mas datos de como es la operacion en si, entiendo que te la vende una SA pero fue traida del extranjero, en este caso la importacion no la debiste de hacer tu, sino tu proveedor y el facturarte la mercancia una vez importada. Si tienes mas datos lo podemos solventar. Saludos.
Tópico: devolucion de iva
El_Juez_de_Hierro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2011 12:50:50 Asunto: Re: devolucion de iva
[quote]PUES..........EN EL CASO DE QUE ESTES OBLIGADO A DICTAMINARTE[/quote] y si optas por el dictamen???? Saludos.

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