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Tópico: Contructora factura sin IVA
Cone34

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 14, 2014 23:15:50 Asunto: Re: Contructora factura sin IVA
Hola Karla: Te copio la fracc a) inciso II del art 2-A de la Liva: II.- La prestación de servicios independientes: a).- Los [color=red]prestados directamente a los agricultores[/color] y ganaderos, siempre que sean destinados para actividades agropecuarias, por concepto de perforaciones de pozos, alumbramiento y formación de retenes de agua; suministro de energía eléctrica para usos agrícolas aplicados al bombeo de agua para riego; desmontes y caminos en el interior de las fincas agropecuarias; preparación de terrenos; riego y fumigación agrícolas; erradicación de plagas; cosecha y recolección; vacunación, desinfección e inseminación de ganado, así como los de captura y extracción de especies marinas y de agua dulce. Cuando el IVA es la tasa 0% entonces el IVA de compras y gastos es acreditable (te generaria un saldo a favor). Solo tengo una duda, te pongo en rojo donde dice el texto que deben ser servicio prestados directamente a los agricultores y tu dices que se le facturo a una Asociacion de Agricultores. saludos
Tópico: DECLARASAT 2014
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 08, 2014 23:29:53 Asunto: Re: DECLARASAT 2014
Hola EV: El sistema te los carga en forma automática, pero las empresas debieron de haber presentado a tiempo las informativas. De todos modos el sistema te da la opcion de borrar, modificar o aumentar datos. saludos
Tópico: NUEVA CIF?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 08, 2014 23:22:07 Asunto: Re: NUEVA CIF?
Hola Gines: El formato lo puedes ver en el Anexo 1 de RMF, este fue cambiado desde el 20 de dic 2013 en la 5a Rresolucion de modificacion de RMF 2013. Saludos [i]Editado: Abril 08, 2014 23:43:02[/i]
Tópico: Salarios + Arrendamiento de casa habitacion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 06, 2014 20:31:55 Asunto: Re: Salarios + Arrendamiento de casa habitacion
Hola deleon: Te copio el art 229 del RISR: Casos en los que no procede la deducción de los intereses reales por créditos hipotecarios ART. 229. Cuando los deudores de los créditos hipotecarios a que se refiere el artículo 176, fracción IV de la Ley, obtengan en el ejercicio en el que paguen intereses por dichos créditos, ingresos por el otorgamiento del uso o goce temporal del bien objeto del crédito, y en el mencionado ejercicio efectúen la deducción de los intereses en los términos de la fracción III del artículo 142 de la citada Ley o la deducción prevista en el segundo párrafo de dicho precepto, no podrán efectuar la deducción de esos mismos intereses, conforme al artículo 176, fracción IV de la propia Ley. saludos
Tópico: Contador
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 05, 2014 08:56:41 Asunto: Re: Contador
Hola Jmunoz: Te copio el 1er y 2o parrafor del 17-A del CFF: Artículo 17-A.- El monto de las contribuciones, aprovechamientos, así como de las devoluciones a cargo del fisco federal, se actualizará por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios en el país, para lo cual se aplicará el factor de actualización a las cantidades que se deban actualizar. Dicho factor se obtendrá dividiendo el Indice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior al más reciente del periodo entre el citado índice correspondiente al mes anterior al más antiguo de dicho periodo. Las contribuciones, los aprovechamientos, así como las devoluciones a cargo del fisco federal, no se actualizarán por fracciones de mes. [color=red]En los casos en que el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior al más reciente del periodo, no haya sido publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la actualización de que se trate se realizará aplicando el último índice mensual publicado. [/color] Saludos
Tópico: Persona física obligada a declarar ingresos por intereses ????
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2014 23:01:44 Asunto: Re: Persona física obligada a declarar ingresos por intereses ????
Hola nuevamente: Para poder declarar los dos ingresos (salarios e intereses) debes de ocupar la declaración declarasat. Si utilizas unicamente la declaracion de sueldos vas a omitir declarar los ingresos por intereses. saludos
Tópico: Persona física obligada a declarar ingresos por intereses ????
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2014 23:44:36 Asunto: Re: Persona física obligada a declarar ingresos por intereses ????
Hola nostradamus: Solo hay que analizar la constancia que te envio el banco, INTERES NOMINAL, INTERES REAL, PERDIDA, RETENCIONES. El interes real es el que se acumula a tus demas ingresos (acumulables). El importe de la retenciones son superiores al Interes Real.....?, el año pasado fue muy malo casi te puedo asegurar que las retenciones en tu constancia del banco son superiores al Interes Real, Entonces estas retenciones no las quieres recuperar (hacienda le llama recunciar expresamente al acreditamiento)....? Transitorio del decreto de facilidades adm del 26 de Dic 2013: Cuarto. Los contribuyentes personas físicas obligados a acumular a sus demás ingresos los obtenidos por concepto de intereses en los términos del Título IV, Capítulo VI de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, podrán optar por no manifestar en la declaración anual de 2013, los montos percibidos por dicho concepto, siempre que consideren [color=red]como pago definitivo del impuesto sobre la renta, el monto de la retención efectuada[/color] por la persona que haya realizado el pago de dichos conceptos. Los contribuyentes que ejercieron la opción a que se refiere el párrafo anterior deberán manifestar expresamente, en el campo que se establezca en la declaración anual correspondiente a dicho ejercicio, que eligieron dicha opción y con ello [color=red]renuncian expresamente al acreditamiento [/color]que, en su caso, resulte del impuesto sobre la renta que les hubieran retenido las personas que les hubieran hecho el pago de dichos intereses. saludos
Tópico: Devolucion de saldo a favor de IVA e infuncionalidad del portal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2014 19:21:53 Asunto: Re: Devolucion de saldo a favor de IVA e infuncionalidad del portal
Hola Ezuniga: En el proceso de solicitar la devolucion, es normal que al final no se pueda firmar el tramite y es porque el sistema no pone el RFC de contribuente, lo que hago yo sin salir de la opcion es volver a empezar el tramite te aparecera que ya hay un tramite pendiente y es la que estabas capturando, tomala y veras que al final ya aparecera que si puedes firmar el tramite. Solamente en una ocasión al hacer esto por alguna razon el tramite se envio en dos ocasiones y los auditores del sat mandaron un escrito de rechazo por uno de los tramites, segun ellos yo pedi el mismo saldo a favor en dos veces. En estos tramites yo utilizo en navegador Explorer saludos
Tópico: SE LLENA EL IVA EN LA NUEVA APLICACION DE DECLARASAT 2014?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2014 11:43:44 Asunto: Re: SE LLENA EL IVA EN LA NUEVA APLICACION DE DECLARASAT 2014?
Hola Cruz: Te copio una regla de RMF 2014: Declaración informativa del IVA II.4.5.1. Para los efectos de este Capítulo, las personas físicas que únicamente estén obligadas a presentar la información a que se refiere el artículo 32, fracción VII de la Ley del IVA, deberán proporcionarla en la declaración anual a que se refieren las secciones II.2.6.2. y II.2.6.3., según corresponda. LIVA 32, RMF 2014 II.2.6.2., II.2.6.3. Pero que dice en el decreto de facilidades adm. del 26 dic 2013: Artículo 2.2. Los contribuyentes del impuesto al valor agregado y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, podrán optar por no presentar la información a que se refiere el artículo 32, fracción VII, de dicha Ley en las declaraciones del impuesto sobre la renta, siempre que cumplan en tiempo y forma con la obligación de presentar mensualmente la información a que se refiere el artículo 32, fracción VIII, de la citada Ley. Saludos saludos
Tópico: VENTA DE VEHICULO USADO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 02, 2014 21:43:55 Asunto: Re: VENTA DE VEHICULO USADO
Hola Juan: Te copio la regla por vehiculos usados: Comprobación de erogaciones en la compra de vehículos usados I.2.7.3.4. Para los efectos del artículo 29, último párrafo del CFF, las personas físicas a que se refiere la regla I.2.4.3., fracción IV, que hayan optado por inscribirse en el RFC a través de los adquirentes de sus vehículos usados, podrán expedir CFDI cumpliendo con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del citado ordenamiento, para lo cual deberán utilizar los servicios que para tales efectos sean prestados por un PSECFDI, en los términos de la regla II.2.5.2.1., a las personas a quienes enajenen los vehículos usados. Los contribuyentes señalados en esta regla que ya se encuentren inscritos en el RFC, deberán proporcionar a los adquirentes de los vehículos usados, su clave en el RFC, para que se expidan CFDI en los términos de la regla II.2.5.2.1. En estos casos, el mecanismo a que se refiere el párrafo anterior se considerará como “certificado de sello digital”, para efectos de la expedición de CFDI, por lo que los contribuyentes que ejerzan la opción prevista en esta regla, cuando se ubiquen en los supuestos del artículo 17-H, fracción X del CFF, les será aplicable el procedimiento establecido en la regla I.2.2.3. y no podrán solicitar certificados de sello digital o, en su caso, no podrán optar o continuar ejerciendo las opciones a que se refieren las reglas I.2.2.4., I.2.7.1.21. o II.2.5.2.1., en tanto no desvirtúen o subsanen las irregularidades detectadas. CFF 29, 29-A, RMF 2014 I.2.2.3., I.2.2.4., I.2.4.3., I.2.7.1.21., II.2.5.2.1. saludos [i]Editado: Abril 02, 2014 21:44:41[/i]

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