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Tópico: Se tienen que dar de baja los ex-repecos?
Cone34

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 27, 2014 21:29:49 Asunto: Re: Se tienen que dar de baja los ex-repecos?
Hola carlos: Los repecos en la actualidad ya no existes, y estos (los que estaban registrados hasta el 31 dic 2013) ya fueron cambiados por la autoridad fiscal ya sea al RIF o al Normal de PF, es necesario que cada contribuyente vea en Mi Portal las obligaciones que tiene actualmente para estar de acuerdo o hacer los movimientos que crea cada quien conveniente, te dejo una regla de la RMF 2014: I.2.5.7. Para efectos de los artículos 27 del CFF, 25, fracción VII y 26, fracción V, incisos c) y d), del Reglamento del CFF, los contribuyentes que de acuerdo a la Ley del ISR vigente al 31 de diciembre de 2013, [color=red]tributaban sólo en el régimen de pequeños contribuyentes[/color], están relevados de cumplir con la obligación de presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales para ubicarse en el RIF a que se refiere el artículo 111 de la Ley del ISR, siendo la autoridad la encargada de realizarlo con base en la información existente en el padrón de contribuyentes al 31 de diciembre de 2013. saludos [i]Editado: Enero 27, 2014 22:02:21[/i] [i]Editado: Enero 27, 2014 22:03:11[/i]
Tópico: AVISO AUMENTO DE ACTIVIDAD ECONOMICA SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 25, 2014 00:57:30 Asunto: Re: AVISO AUMENTO DE ACTIVIDAD ECONOMICA SAT
Me ocurrio lo mismo con una empresa (PM) al querer aumentar una obligación ( la del Ieps ) veo que quitaba las ret de iva y ret de isr de ser prof y arrendamiento, pero no finalice el tramite porque vi tambien que me aumentaba la de PP trimestrales de isr (me quede ????????) pero aparte tambien tenia la de PP mensuales de isr, en el chat no supieron contestarme del porque el sistema me hacia eso. El problema que yo veo es el cuestionario que no es manejable, en el caso de retenciones solo te pregunta por los sueldos, pero no por las otras retenciones. Tendremos que ir a la oficina del SAT para que nos digan como corregirlo. saludos
Tópico: SISTEMA DE PAGO REFERENCIADO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 25, 2014 00:46:37 Asunto: Re: SISTEMA DE PAGO REFERENCIADO
Si estas obligado a presentar las declaraciones por medios electronicos (art 20 cff) y no lo haces entonces si estarias en los supuestos siguientes: Artículo 81. Son infracciones relacionadas con la obligación de pago de las contribuciones, así como de presentación de declaraciones, solicitudes, documentación, avisos, información o expedición de constancias: I. No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales,[color=red] o no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público[/color] o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales. No cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos a que se refiere esta fracción, o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos. Artículo 82. A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones, solicitudes, documentación, avisos o información y con la expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet o de constancias, a que se refiere el artículo 81 de este Código, se impondrán las siguientes multas: I. Para la señalada en la fracción I: d) De $11,240.00 a $22,500.00, [color=red]por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello,[/color] presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos Saludos
Tópico: En el regimen de incorporacion Fiscal me llego una hoja del SAT Donde me Informa mi contraseña asiganda porel SAT por primera vez
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2014 19:18:04 Asunto: Re: En el regimen de incorporacion Fiscal me llego una hoja del SAT Donde me Informa mi contraseña asiganda porel SAT por primera vez
Hola Contaluis: Ya lo había comentado otro compañero del foro que las claves que da el sat no funcionan al quererlas utilizar. No hay de otra, intentar abrir una por la pagina del sat o ir directamente a la oficina. saludos
Tópico: MENSAJE DE ERROR EN IDSE, SAT Y BANCANET
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Mensaje Foro: Software Enviado: Enero 20, 2014 23:06:21 Asunto: Re: MENSAJE DE ERROR EN IDSE, SAT Y BANCANET
Hola Laura: Lo que te sucede es cuando actualizas algo en la computadora (windows o explorador), a mi me sucedio cuando compre una nueva computadora y cuando entre al idse simplemente no podia hacer movimientos de trabajadores (se capturaba la informacion pero al quererlo agregar no aparece el renglon en la parte de abajo de esa pantalla), no pude arreglarlo y fue por tener una compu mas actualizada, lo que hice fue que se creo una Maquina Virtual y le instale el Windows XP con un explorador antiguo, y de estos dos sistemas no actualizo nada, ya tengo varios meses trabajando asi y no me ha dado ningun problema. Prueba en la computadora mas antigua que tengas. saludos
Tópico: Modificacion de Obligaciones o Dejar sin Efecto Obligacion?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 20, 2014 21:22:03 Asunto: Re: Modificacion de Obligaciones o Dejar sin Efecto Obligacion?
Hola Abril: Modificación de obligaciones: • Modifica la (s) obligación (es) presentada (s) en la declaración inmediata anterior, ya sea en la sección de Determinación de Impuesto o Determinación de Pago. Nota: Cuando no se efectué el pago de la línea de captura dentro del plazo establecido, a fin de generar una nueva línea; se deben capturar la actualización y los recargos correspondientes. Obligación no presentada: • Permite presentar la (s) obligación (es) que se hubiera (n) omitido en la declaración normal, desplegando sólo aquellas que tengan la misma periodicidad y fecha de vencimiento. Dejar sin efecto obligación: Anula la (s) obligación (es) presentada (s) en la declaración inmediata anterior. Nota: En caso de que la obligación que se anula tuviera cantidad a pagar y esta se hubiera cubierto, se deberá reflejar el monto pagado con anterioridad, a fin de poderlo compensar o solicitarlo en devolución El texto anterior lo tome de aqui: ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/folletos13/gregimengeneralDyP_06062013.pdf Esta en la pagina 73. saludos
Tópico: Valuación de Inventarios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 20, 2014 20:55:25 Asunto: Re: Valuación de Inventarios
Hola Alepablo: Si es correcto sumar los gastos al costo de las mercancias, puedes ver el art 39 segundo parrafo con incisos a) y b) el b) dice: Los gasto incurridos para adquirir y dejar las mercancías en condiciones de ser enajenadas. saludos
Tópico: PROBLEMAS PARA PRESENTAR DECLARACION DIC.2013
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 20, 2014 19:35:10 Asunto: Re: PROBLEMAS PARA PRESENTAR DECLARACION DIC.2013
Tienes que agregar en Java solo esto: https://portalsat.sat.gob.mx Cierras tu navegador y lo vuelves a intentar. Yo lo hice en la mañana y si pude hacerlo sin problema, yo utilizo el Chrome. saludos
Tópico: IETU EN CUENTAS DE CLIENTES DEL 2013 PAGADASN 2014
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 19, 2014 17:32:23 Asunto: Re: IETU EN CUENTAS DE CLIENTES DEL 2013 PAGADASN 2014
II. Las obligaciones y los derechos derivados de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única que se abroga conforme al Artículo Noveno (AQUI DEBE DECIR ARTICULO DECIMO PRIMERO, PORQUE EL NOVENO SON LOS TRANSITORIOS DE LA LISR) de este Decreto, que hubieran nacido durante su vigencia por la realización de las situaciones jurídicas o de hecho previstas en dicha Ley, [color=red]deberán cumplirse conforme a los montos, formas y plazos establecidos en el citado ordenamiento y en las demás disposiciones aplicables[/color] [color=red](aqui yo entiendo que en 2014 debes hacer el PP de Dic 2013 y en la anual 2013 presentar la informacion de este Impuesto)[/color], así como en las resoluciones a consultas, interpretaciones, autorizaciones o permisos de carácter general o que se hayan otorgado a título particular en materia del impuesto establecido durante la vigencia de la Ley que se abroga Y si te vas a los transitorios del Decreto dice: Primero. El presente Decreto [color=red]entrará en vigor el 1 de enero de 2014.[/color] Segundo. A la entrada en vigor del presente Decreto quedarán abrogadas la Ley del Impuesto Sobre la Renta, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de enero de 2002; la [color=red]Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única[/color], y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo. Saludos [i]Editado: Enero 19, 2014 17:38:03[/i]
Tópico: Devolucion IVA, poniendome el huareche antes de espinarme
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 17, 2014 18:46:21 Asunto: Re: Devolucion IVA, poniendome el huareche antes de espinarme
El año pasado en la LISR el art 42 Fracc II solo permitía un monto máximo de 175,000.00, como puedes obtener un IVA a favor por 220,000.00 ........?

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