Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de grupoimper

Autor Mensaje
Tópico: IETU SE CONSIDERA EN ESTADO DE RESULTADOS
grupoimper

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 09, 2010 10:13:16 Asunto: Re: IETU SE CONSIDERA EN ESTADO DE RESULTADOS
Buen dia, independientemente del la respuesta q te dieron del manejo del saldo a favor del IETU, Q POR CIERTO ES MUY ATINADA, te comento q el saldo a favor del IETU de 2009 lo puedes compensar contra el ISR del mismo ejercicio, es decir no tienes q pagar los 5,000.00 q comentas, ya q asi lo dispone el cuarto parrafo del articulo 8 de la ley del IETU. salu2
Tópico: APLICACION DE NUEVO COEFICIENTE DE UTILIDAD
grupoimper

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 21, 2010 10:47:31 Asunto: Re: APLICACION DE NUEVO COEFICIENTE DE UTILIDAD
En base a q articulo dicen q se deben presentar complementarias a partir de abril, en mi opinion creo q debe ser a partir de la declaracion de pago provisional del mes de marzo, ya q cuando esta se presenta o debio haberse persentado( abril) ya se debe utilizar el coeficiente de utilidad de 2009, no importando q se modifique en virtud de la complementaria por dictamen. Con respecto a pagar los accesorios y no hacer complemtentarias, cuando menos en el Edo. de Yucatan, ya no es aceptado ya q esto era una practica no fundamentada en Ley. SALU2
Tópico: APLICACION DE NUEVO COEFICIENTE DE UTILIDAD
grupoimper

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 21, 2010 10:43:15 Asunto: Re: APLICACION DE NUEVO COEFICIENTE DE UTILIDAD
En base a q articulo dicen q se deben presentar complementarias a partir de abril, en mi opinion creo q debe ser a partir de la declaracion de pago provisional del mes de marzo, ya q cuando esta se presenta o debio haberse persentado( abril) ya se debe utilizar el coeficiente de utilidad de 2009, no importando q se modifique en virtud de la complementaria por dictamen. Con respecto a pagar los accesorios y no hacer complemtentarias, cuando menos en el Edo. de Yucatan, ya no es aceptado ya q esto era una practica no fundamentada en Ley. SALU2
Tópico: Hacienda evalúa la efectividad del IETU, pues incumplió en 40% su meta de recaudación; hasta EU lo desconocería
grupoimper

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 17, 2010 13:10:50 Asunto: Re: Hacienda evalúa la efectividad del IETU, pues incumplió en 40% su meta de recaudación; hasta EU lo desconocería
Ampliando mi comentario anterior, se deberia desaparecer el ISR. ya q en sintesis el IETU es mas sencillo y facil de controlar. salu2
Tópico: Hacienda evalúa la efectividad del IETU, pues incumplió en 40% su meta de recaudación; hasta EU lo desconocería
grupoimper

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 17, 2010 13:08:18 Asunto: Re: Hacienda evalúa la efectividad del IETU, pues incumplió en 40% su meta de recaudación; hasta EU lo desconocería
en mi opinion debe seguir con los siguientes cambios Q sean deducibles los salarios en vez de creditos Q reconozcan las perdidas fiscales en vez de credito. Creo q con estos cambios y una tarifa progresiva seria un impuesto justo ya q se paga el impuesto hasta q los ingresos se cobren y estaria mas acorde con el IVA, Y YA NO TENDRIAMOS Q ESTAR CONCILIANDO TANTOS CALCULOS FISCALES. salu2
Tópico: comportamiento de la nota de credito
grupoimper

Mensajes: 10
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2010 13:32:09 Asunto: Re: comportamiento de la nota de credito
Como informacion adicional les comento En la empresa B la nota de credito es una deduccion autorizada de acuerdo al art. 29 frac. I de la LISR , esto quiere decir q no se debe restar de los ingresos de la empresa B, fiscalmente va en deducciones. SALU2 [i]Editado: Septiembre 14, 2010 13:49:30[/i]
Tópico: comportamiento de la nota de credito
grupoimper

Mensajes: 10
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2010 13:20:26 Asunto: Re: comportamiento de la nota de credito
q aclaren bien la pregunta. Entiendo q la empresa A le facturo servicios a la empresa B La empresa B es proveedor de la empresa A El ingreso de la empresa A siguen siendo 100, y la nota de credito q la empresa B le expedio a la empresa A, la debe disminuir de sus gastos, ya q entiendo q le compro refacciones para sus vehiculos o maquinaria y de acuerdo al art. 29 LISR los gastos deducibles son LOS GASTOS NETOS DE DESCUENTOS,BONIFICACIONES O DEVOLUCIONES.( frac.III)
Tópico: Sobre que Salario diario se aplica las partes proporcionales
grupoimper

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 24, 2006 Asunto: Sobre que Salario diario se aplica las partes proporcionales
Hola en la empresa, se pagan las siguientes percepciones: Sueldo, Fondo de Ahorro Patron, Vales despensa Tenemos el caso de un trabajador que renuncio voluntariamente Ahora sus partes de Aguinaldo, Vacaciones y prima vacacional sobre que salario diario se paga: ¿Sobre el resultante de Sueldo Base / Dias del periodo? o ¿Sobre la suma de (Sueldo Base + Fondo + Vales despensa) / Dias del periodo? Esperando su respuesta, atte. Carlos

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81