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Tópico: Notas de cargo en papel
grupoimper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 16, 2011 17:36:40 Asunto: Re: Notas de cargo en papel
Hola, mencionas q la empresa esta obligada a dictaminarse, entiendo q tiene ingresos acumulables superiores 34,803,950.00 o q el valor de sus activos es superior a 69,607,920.00 o q tiene por lo menos 300 trabajadores (ART. 32A CFF) por lo q no creo q puedas expedir comprobantes en papel, tendras q entrar a la era digital si es por los ingresos q te dictaminas. Otra cosa, los CONCEPTOS INGRESOS ACUMULABES Y UTILIDAD FISCAL son cosas distintas.Checa en tu declaracion anual , hay rubros para cada uno de estos conceptos. SALU2
Tópico: DEVOLUCION DE IDE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 14, 2011 17:12:10 Asunto: Re: DEVOLUCION DE IDE
Buenas tardes, el IDE q no te retuvo el banco y q pagaste hasta abril del 2011 lo debes considerar en abril para efectos de acreditar, compensar o solicitar la devolucion. Desde luego q el banco no te emitio ninguna constancia ya q no hubo retencion. Tu soporte es tu comprobante de pago. Espero haberte ayudado. Salu2 CP Luis Salas Suarez.
Tópico: AGUINALDO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 01, 2011 10:45:42 Asunto: Re: AGUINALDO
Buen dia Fernando, debe ser de acuerdo al salario q tenga al trabajador al momento del pago. Hay un articulo ahora en Fiscalia acerca de este tema. Salu2 CP Luis Salas Suarez.
Tópico: IDE EJERCICIO 2008, 2009, 2010, NO ACREDITADO Y NO COMPENSADO, SUJETO A DEVOLUCION?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 24, 2011 09:29:34 Asunto: Re: IDE EJERCICIO 2008, 2009, 2010, NO ACREDITADO Y NO COMPENSADO, SUJETO A DEVOLUCION?
Pues, nuchas felicidades JLCHAN. Te comento q tambien ya solicite una devolucion de IDE q no fue acreditado ni compensado y me fue depositado aproximadamente en 15 dias habiles. Hay q tener a la mano siempre la regla de la resolucion miscelanea y el decreto ya q siguen vigentes Salu2
Tópico: Renuncia a mis derechos como empleado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 18, 2011 16:08:46 Asunto: Re: Renuncia a mis derechos como empleado
Buen dia, Vicentino, espero si hayas leido mi comentario anterior. Salu2
Tópico: Renuncia a mis derechos como empleado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 18, 2011 10:20:07 Asunto: Re: Renuncia a mis derechos como empleado
Buenos dias, Vicentino ya checaste el art. 148 del reglamento del ISR? Ceo ahi esta tu respuesta. Salu2
Tópico: LOS DESCUENTOS POR PRONTO PAGO SON PRODUCTOS FINANCIEROS?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 07, 2011 11:18:46 Asunto: Re: LOS DESCUENTOS POR PRONTO PAGO SON PRODUCTOS FINANCIEROS?
buenos dias VASKEUR, el efecto en el resultado fiscal no varia si lo disminuyes de costo, ya que de la otra forma lo tendrias q acumular como ingreso ( producto financiero), por lo tanto el efecto neto es igual. O lo aumentas como ingreso o lo disminuyes de costo. Aunque mi opinion es q debe ser disminuido de costo. Espero opiniones. CP LUIS SALAS S. Salu2
Tópico: RECIBOS POR PAGOS EN PARCIALIDADES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 07, 2011 09:50:24 Asunto: Re: RECIBOS POR PAGOS EN PARCIALIDADES
Mi opinion ya te la di, efectivamente no hay duplicidad de ingresos solamente estas cumpliendo con una obligacion de informar de tus folios utilizados al SAT. En lo personal no creo q tengas ningun problema . Feliz comienzo de semana. CP LUIS SALAS S. Salu2
Tópico: LOS DESCUENTOS POR PRONTO PAGO SON PRODUCTOS FINANCIEROS?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 07, 2011 09:43:09 Asunto: Re: LOS DESCUENTOS POR PRONTO PAGO SON PRODUCTOS FINANCIEROS?
Hola, buen dia, te doy MI OPINION sin entrar en polemica si alguien opina distinto. Los descuentos por pronto pago para efectos contables se deben registrar como productos financieros, pero para efectos fiscales son una partida q debe disminuirse de compras por asi disponerlo el articulo 45B frac. I de la LISR. El resultado es q se disminuyen del costo de ventas y no serian un ingreso acumulable para efectos fiscales. CP LUIS SALAS S. Salu2
Tópico: RECIBOS POR PAGOS EN PARCIALIDADES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 04, 2011 16:08:29 Asunto: Re: RECIBOS POR PAGOS EN PARCIALIDADES
Efectivamente NO TODO ES FLUJO DE EFECTIVO. Pero los comprobantes de pagos parciales son para esos fines, ya q lo correcto es q si ya se enajeno el bien se debe expedir un comrpbante por el total de la operacion y definitivamente no hay duplicidad de ingresos. Salu2

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