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Tópico: Calculo anual
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2018 22:20:02 Asunto: Re: Calculo anual
Buenas noches. El patrón tiene obligacion de hacer el calculo anual, a todos los trabajadores. excepto al trabajador que haya informado al paton, su deseo de presentar su declaración anual en forma personal.
Tópico: Cuenta de Cheques a nombre de una Sucesion Testamentaria
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2018 22:10:50 Asunto: Re: Cuenta de Cheques a nombre de una Sucesion Testamentaria
Buenas noches. [quote]si pueden incluir en una cuenta de sucesión testamentaria el RFC del finado en el formato del cheque que se emitirán.[/quote] No se debe... Para eso, esta el albacea o los herederos.
Tópico: error sua 'no hay acceso a la base de datos'
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 25, 2018 20:57:11 Asunto: Re: error sua 'no hay acceso a la base de datos'
Buenas noches. Tengo el mismo problema, ademas no se si sea mi compu, o esta muy lenta la pagina del IMSS.........Voy a esperar para enviar el aviso el lunes.
Tópico: Los trabajadores de mantenimiento pueden ser mis albañiles?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 25, 2018 20:52:53 Asunto: Re: Los trabajadores de mantenimiento pueden ser mis albañiles?
Buenas noches. SI, claro que si se puede. No hay necesidad de dar ningún aviso adicional al IMSS. Cumples con todos los requisitos.
Tópico: FORMATO PARA PAGOS MASIVOS BANORTE
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Mensaje Foro: Excel Enviado: Febrero 25, 2018 20:34:54 Asunto: Re: FORMATO PARA PAGOS MASIVOS BANORTE
Buenas noches. Es mas factible en Banorte te puedan apoyar
Tópico: recibos de nomina ejercicio anterior
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 21, 2018 17:27:37 Asunto: Re: recibos de nomina ejercicio anterior
Buenas tardes. Si se puede. Mas vale tarde que nunca.
Tópico: Deducibilidad compra-venta a nacionales en el extranjero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 21, 2018 16:51:49 Asunto: Re: Deducibilidad compra-venta a nacionales en el extranjero
Buenas tardes Carlos. De resoluciones favorables del SAT: La contribuyente XXX solicita la confirmación de criterio en el sentido de que: “se confirme si las facturas o comprobantes que le emite un residente en el extranjero sin establecimiento en México, que no contenga el domicilio fiscal o el mismo sea señalado de forma incorrecta o este incompleto no incumplen con los requisitos establecidos en la regla 2.7.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2016” Manifestando textualmente los siguientes: Hechos y Circunstancias “… Solicito confirmación de criterio respecto de facturas expedidas del extranjero. Mi representada es una empresa mexicana, que dentro de los servicios que recibe, están los prestados por empresas del extranjero, residentes en el extranjero sin establecimiento en México. Nuestros proveedores del extranjero si nos expiden su factura o comprobante, detallando su nombre y número de identificación fiscal con el que tributan en el extranjero, pero tenemos casos en que su sistema no les permite anotar el domicilio de mi representada o lo hacen en forma incompleta o incorrectamente. De acuerdo con el punto 2.7.1.16 de la Resolución Miscelánea para el Ejercicio de 2016, publicada el 31 de diciembre de 2015, se establece los contribuyentes que pretendan deducir o acreditar fiscalmente con base en comprobantes emitidos en el extranjero, podrán utilizar dichos comprobantes siempre que contenga los requisitos establecidos en dicho punto, no siendo requisito el señalar el domicilio de mi representada. Se transcribe la regla señalada a continuación: “2.7.1.16 Para los efectos de los artículos 29, antepenúltimo párrafo y 29-A último párrafo del CFF, los contribuyentes que pretendan deducir o acreditar fiscalmente con base en comprobantes emitidos por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, podrán utilizar dichos comprobantes siempre que contengan los siguientes requisitos: I. Nombre, denominación o razón social; domicilio y, en su caso, número de identificación fiscal, o su equivalente, de quien lo expide. II. Lugar y fecha de expedición. III. Clave en el RFC de la persona a favor de quien se expida o, en su defecto, nombre, denominación o razón social de dicha persona. IV. Los requisitos establecidos en el artículo 29- A, fracción V, primer párrafo del CFF V. Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra. VI. Tratándose de la enajenación de bienes o del otorgamiento de su uso o goce temporal, el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente. Lo dispuesto en la presente regla, tratándose de la enajenación de bienes o del otorgamiento de su uso o goce temporal, sólo será aplicable cuando dichos actos o actividades sean efectuados en territorio nacional de conformidad con la Ley del IVA.” En base a lo anteriormente señalado, con fundamento en el artículo 34 del Código Fiscal de la Federación, solicito atentamente: Único: Se confirme que las facturas o comprobantes emitidos en el extranjero sin establecimiento en México, son deducibles o acreditables fiscalmente si se cumple con todos los requisitos establecidos en el punto 2.7.1.16 de la Resolución Miscelánea para el Ejercicio de 2016, publicada el 31 de diciembre de 2015, aun y cuando en el comprobante del extranjero no contenga el domicilio de mi representada, sea incorrecto o incompleto.” Espero te sirva esta informacion.
Tópico: Facilidades Transportistas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 21, 2018 16:35:56 Asunto: Re: Facilidades Transportistas
Buenas tardes Estas son las facilidades para este año. [url]http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Paginas/2017/facilidades_admvas2017.aspx[/url]
Tópico: Calculo anual
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 21, 2018 16:29:54 Asunto: Re: Calculo anual
Buenas tardes FERNANDO25 Te refieres a un asalariado; Obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón, siempre que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos, incluso por ingresos superiores a 400,000 pesos. Esto lo comenta el SAT. [url]http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/declaracion_anual/Paginas/asalariados_obligados.aspx[/url]
Tópico: OPERACIONES EN DOLARES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 21, 2018 16:19:50 Asunto: Re: OPERACIONES EN DOLARES
Buenas tardes. Si, se debe usar el tipo de cambio oficial. Cuando te depositan; utilizas el tipo de cambio oficial. desglosas el IVA. Y contabilizas la fluctuación cambiaria. Efectivamente es un tema tratado en tópicos anteriores.

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