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Tópico: Calculo anula salarios 2017 en 2018
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2018 21:47:06 Asunto: Re: Calculo anula salarios 2017 en 2018
Buenas noches. En los dos casos es afirmativo ( SI ). Para eso es la clave 005
Tópico: Dudas respecto a envío Contabilidad electrónica
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2018 21:43:02 Asunto: Re: Dudas respecto a envío Contabilidad electrónica
Buenas noches. Pienso que ya lo puedes dar por aceptado; ya que no te rechazaron nada.
Tópico: Persona física que compra y vende frutas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2018 21:39:26 Asunto: Re: Persona física que compra y vende frutas
Buenas noches. El unico posible beneficio; es registrarse como RIF
Tópico: Persona física que compra y vende frutas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2018 21:39:24 Asunto: Re: Persona física que compra y vende frutas
Buenas noches. El unico posible beneficio; es registrarse como RIF
Tópico: DUDA SOBRE INTERESES DE INVERSION DE DEDUA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2018 21:36:54 Asunto: Re: DUDA SOBRE INTERESES DE INVERSION DE DEDUA
Buenas noches. LISR Artículo 135. Quienes paguen los intereses a que se refiere el artículo 133 de esta Ley, están obligados a retener y enterar el impuesto aplicando la tasa que al efecto establezca el Congreso de la Unión para el ejercicio de que se trate en la Ley de Ingresos de la Federación sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses, como pago provisional. Tratándose de los intereses señalados en el segundo párrafo del artículo 134 de la misma, la retención se efectuará a la tasa del 20% sobre los intereses nominales. Las personas físicas que únicamente obtengan ingresos acumulables de los señalados en este Capítulo, [color=red]podrán optar por considerar la retención que se efectúe en los términos de este artículo como pago definitivo, siempre que dichos ingresos correspondan al ejercicio de que se trate y no excedan de $100,000.00.[/color]
Tópico: ieps agroquimicos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2018 20:26:22 Asunto: Re: ieps agroquimicos
Buenas noches. Hasta la fecha, sigue siendo muy cuestionada la obligacion del pago de IEPS. Aunque se tenga la obligacion de pago; muchas pequeñas empresas no lo están declarando. La semana pasada, pregunte en el SAT, por problemas en varias aplicaciones, y me comentaron,: 'estamos actualizando nuestros sistemas' Ahora bien; comentas sobre un proveedor que no te desglosa el IEPS. Pienso que no lo paga o esta facturando con IVA. Pero el IEPS, no lo debes desglosar, es igual que el IVA, debe estar expresamente por separado.
Tópico: las facturas de personas físicas de año anterior son deducibles
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2018 20:12:37 Asunto: Re: las facturas de personas físicas de año anterior son deducibles
Buenas noches. Tu mismo diste respuesta. El Art. 122 [color=maroon]En los términos del articulo 122 de la LISR, serán acumulables hasta que sean 'efectivamente percibidos', esto es, serán acumulables hasta que las facturas te hayan sido efectivamente liquidadas en efectivo o con cualquier otra forma de pago.[/color]
Tópico: IMSS NO PAGA INCAPACIDAD POR RIESGO DE TRABAJO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 14, 2018 19:57:21 Asunto: Re: IMSS NO PAGA INCAPACIDAD POR RIESGO DE TRABAJO
Buenas tardes. [quote]no saben si fue riesgo o enfermedad, como podemos ayudarlo o que debe hacer para que le liberen su pago?[/quote] Primero presionar por una solución. En caso de no estar de acuerdo....inconformarse.
Tópico: Director de escuela SC puede afiliarse al IMSS?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 14, 2018 19:49:16 Asunto: Re: Director de escuela SC puede afiliarse al IMSS?
Buenas tardes. Te pregunto: tiene dependencia de algún patrón.? Pero en mi opinion, si podrias darla de alta; pero para esto, elabora contrato de trabajo, donde firme como empleada y otro socio sea el patrón.
Tópico: ¿El IMSS puede dar de baja a un trabajador?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 14, 2018 19:42:21 Asunto: Re: ¿El IMSS puede dar de baja a un trabajador?
Buenas tardes. [color=red]1. Puedo dar de alta de nuevo al trabajador?[/color] SI, pero primero verifica,que el patron ya este vigente. [color=red]2. Es necesario ir al IMSS a realizar alguna aclaración?[/color] Es la solución preferible. [color=red]3. Tiene que ir el patrón a solicitar la impresión de las multas o puede ir alguien mas?[/color] Pero comentas: [color=maroon]'ahora que me meto otra vez a revisar los adeudos ya no aparece ninguna multa.'[/color]

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