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Tópico: Pago a un proveedor que no nos facturo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 23, 2015 16:43:15 Asunto: Re: Pago a un proveedor que no nos facturo
[quote] alguien ha tenido un caso parecido? [/quote] En el caso del SAT, cuando embarga las cuentas por cobrar de alguna empresa. Solicita que los pagos sean directamente a la tesoreria de la federacion. Pero en tu caso, lo recomendable es que te den el contrato. A menos que sea por fusion de sociedades.
Tópico: CANCELACION FACTURAS DE EJERCICIOS ANTERIORES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2015 16:40:41 Asunto: Re: CANCELACION FACTURAS DE EJERCICIOS ANTERIORES
[quote]¿Suena muy descabellado?[/quote] Al contrario, suena muy lógico y normal. Ademas me gusta tu decisión (piensas igual que Yo). Saludos
Tópico: CANCELACION FACTURAS DE EJERCICIOS ANTERIORES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2015 16:40:41 Asunto: Re: CANCELACION FACTURAS DE EJERCICIOS ANTERIORES
[quote]¿Suena muy descabellado?[/quote] Al contrario, suena muy lógico y normal. Ademas me gusta tu decisión (piensas igual que Yo). Saludos
Tópico: CANCELACION FACTURAS DE EJERCICIOS ANTERIORES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2015 16:21:46 Asunto: Re: CANCELACION FACTURAS DE EJERCICIOS ANTERIORES
[quote]Que sugieren: que el registro contable y fiscal de la cancelación se haga en febrero2015? Que se registren (contable y fiscal) en diciembre 2014 las cancelaciones de estas facturas? y se consideren en marzo 2015?[/quote] Aunque te parezca radical mi respuesta. Considero, que al ser operación del 2014, en ese año tiene que aparecer la cancelación. No puedes contabilizar una operación del 2014 en el año 2015. También estoy pensando en las complicaciones: --Ya presentada la anual del 2014. --Complementarias del 2014. --
Tópico: Requisito de pagar la compra cuando esta rebasa los 2,000 pesos en compras a proveedores extrajeros
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2015 10:17:49 Asunto: Re: Requisito de pagar la compra cuando esta rebasa los 2,000 pesos en compras a proveedores extrajeros
[quote], toda la mercancia es importada y hay un pedimento de importacion..........[/quote] Estas comentando de una P.F. podrias aplicar lo comentado por CHAVALON En mi opinión, la persona física que realiza el pago al proveedor, no se encuentra obligada a liquidar los mismos con cheque o tarjetas y puede hacerlo en efectivo. Lo anterior de acuerdo a la siguiente Regla: RMF 2012. Pago de erogaciones por cuenta de terceros I.2.8.3.1.3. Para los efectos de los artículos 29-B, fracción III del CFF, así como 20, fracción IX y 106, sexto párrafo de la Ley del ISR y 35 de su Reglamento, los contribuyentes que paguen por cuenta de terceros las contraprestaciones por los bienes o servicios proporcionados a dichos terceros y posteriormente recuperen las erogaciones realizadas, deberán proceder de la siguiente manera: I. Los comprobantes fiscales deberán cumplir los requisitos del artículo 29-A del CFF, así como con la clave del RFC del tercero por quien efectuó la erogación. II. Los terceros, en su caso, tendrán derecho al acreditamiento del IVA en los términos de la Ley de dicho impuesto y su Reglamento. III. El contribuyente que realice el pago por cuenta del tercero no podrá acreditar cantidad alguna el IVA que los proveedores de bienes y prestadores de servicios trasladen. A solicitud del contribuyente que realice el pago por cuenta del tercero, los proveedores de bienes y prestadores de servicios podrán anotar en los comprobantes fiscales que expidan, después de la clave del RFC del tercero, la leyenda 'por conducto de (clave del RFC del contribuyente que realice la operación)'. IV. El reintegro a las erogaciones realizadas por cuenta de terceros deberá hacerse con cheque nominativo a favor del contribuyente que realizó el pago por cuenta del tercero o mediante traspasos a sus cuentas por instituciones de crédito o casas de bolsa sin cambiar los importes consignados en el comprobante fiscal expedido por los proveedores de bienes y prestadores de servicios, es decir por el valor total incluyendo el IVA que en su caso hubiera sido trasladado. Independientemente de la obligación del contribuyente que realiza el pago por cuenta del tercero de expedir comprobantes fiscales por las contraprestaciones que cobren a los terceros, deberán entregar a los mismos el comprobante fiscal expedido por los proveedores de bienes y prestadores de servicios. CFF 29, 29-A, 29-B, LISR 20, 106, RLISR 35 De la lectura de la Regla anterior, se desprende que la referencia que se hace en el Art. 35 del RLISR al Art. 31 Fracc. III, se refiere únicamente a los requisitos de los Comprobantes Fiscales que deben cumplir de acuerdo al Art. 29-A del CFF. Dado lo anterior, en mi opinión el requisito de expedir Cheque Nominativo, recae solamente en el tercero que va a hacer deducible la erogación y no de la persona física que efectuó el pago, ya que en ningún punto de la Regla lo obliga a ello.
Tópico: TIMBRADO DE NOMINAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2015 09:48:31 Asunto: Re: TIMBRADO DE NOMINAS
Pienso que no debes tener problemas---- Adelantar la nomina un mes. Suena incongruente. Pero si de todas maneras, tendrás que renovar la licencia, que caso tiene adelantar un mes .???
Tópico: Pago por Cuenta de Tercero Art. 35 RISR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2015 18:14:39 Asunto: Re: Pago por Cuenta de Tercero Art. 35 RISR
Estimado vabdo, todos recordamos al estimado Chavalon. Aunque aun no hay nadie que lo sustituya, veo a varios foristas, en forma muy bien y desinteresada, y con aportaciones muy claras y directas. Por mencionar algunos: marasacp bandido07 SIlvestre neonato BYPACO CP_PACO a_cano ngm coptima etc
Tópico: DECLARACIÓN ANUAL P.F. POR CARTA INVITACIÓN SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 18, 2015 20:43:02 Asunto: Re: DECLARACIÓN ANUAL P.F. POR CARTA INVITACIÓN SAT
Aunque ya amplio el comentario bandido07 Solo agregaría, como defensa el Art.238 RISR
Tópico: ALTA IMSS POSTERIOR A LA FECHA DE INGRESO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 18, 2015 19:43:44 Asunto: Re: ALTA IMSS POSTERIOR A LA FECHA DE INGRESO
Es difícil decir que es lo mejor para el trabajador.. Lo que te puedo recomendar (para efectos practicos), dalo de alta con fecha de ABRIL-2015
Tópico: DECLARACIÓN ANUAL P.F. POR CARTA INVITACIÓN SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 16, 2015 19:14:40 Asunto: Re: DECLARACIÓN ANUAL P.F. POR CARTA INVITACIÓN SAT
Por el monto de ingresos, si tiene obligación de presentar anual. En el caso de los $64,000. tiene que aclararlos en el portal del SAT. El otro contribuyente, aunque no tenga obligación; pero puede presentar la declaración por su cuenta; y obtener devolución del saldo a favor

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