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Autor | Mensaje |
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Tópico: Calculadora de Punto de equilibrio | |
ALLENDE Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 23, 2019 12:08:38 Asunto: Re: Calculadora de Punto de equilibrio |
Hola carlos2 Te paso una formula muy sencilla: COSTOS FIJOS P.E, = 1 - COSTOS VARIABLES VENTAS Detallo como aplica: 1.- Divides los costos variables entre las ventas. 2.- Al resultado anterior se le resta '1' 3.- Los costos fijos los divides, entre el resultado anterior. 4.- Resultado: 'punto de equilibrio' En caso de no quedar bien explicado. Anota números, y hacemos un ejercicio. | |
Tópico: sector primaria gastos | |
ALLENDE Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2019 22:01:21 Asunto: Re: sector primaria gastos |
Hola [quote]Una duda si soy persona fisica del sectro primario y rebaso los 40 umas elevadas al año de ingresos excentos, a los ingresos que se van a gravar como le aplico los gastos. [/quote] Los gastos (deducciones autorizadas), aplican al 100%, sobre la utilidad. Después de rebajar los 40 umas. | |
Tópico: Baja trabajador por no poder desempeñar su trabajo | |
ALLENDE Mensajes: 6 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 22, 2019 13:34:07 Asunto: Re: Baja trabajador por no poder desempeñar su trabajo |
POR DESPIDO INJUSTIFICADO Y EL TRABAJADOR RECLAMA INDEMNIZACION. • Aguinaldo proporcional, • Vacaciones proporcionales, • Prima vacacional proporcional. • Prima de antigüedad, a razón de 12 días por cada año laborado. El salario base para el pago de esta prestación está topado a cuando más 2 veces el salario mínimo del área. • 3 meses de indemnización. El salario base para su pago es el integrado con las prestaciones relacionadas en el artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo. o, dependiendo de como se negocie. RESCISION DEL TRABAJADOR POR CAUSAS IMPUTABLES AL PATRON. • Aguinaldo proporcional, • Vacaciones proporcionales, • Prima vacacional proporcional. • Prima de antigüedad, a razón de 12 días por cada año laborado. El salario base para el pago de esta prestación está topado a cuando más 2 veces el salario mínimo del área. • 3 meses de indemnización. El salario base para su pago es el integrado con las prestaciones relacionadas en el artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo. • 20 días de salario integrado como se indica en el párrafo anterior, por cada año de trabajo. | |
Tópico: CALCULO DE DIFERENCIAS SOLO RAMA RIESGO TRABAJO | |
ALLENDE Mensajes: 2 |
Foro: Software Enviado: Septiembre 22, 2019 13:16:45 Asunto: Re: CALCULO DE DIFERENCIAS SOLO RAMA RIESGO TRABAJO |
En el SUA esta la opcion: En la sección Tipo de Documento se despliega una lista de opciones. Ahi seleccionas: 04 Pago Patronal Complementario Mas informacion: [url]http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/sua/pdf/23_pago_diferencias.pdf[/url] | |
Tópico: MODIFICACION DE SALRIO DIARIO I | |
ALLENDE Mensajes: 7 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 28, 2019 23:07:33 Asunto: Re: MODIFICACION DE SALRIO DIARIO I |
De nuevo hola. [quote]La duda es si se puede realizar la correccion de dicha fecha en el portal del IMSS o solo se pondría la fecha 26 de agosto en el SUA para pagar lo correcto ?[/quote] Si, se debe corregir el SUA. y anotar la fecha 26 de agosto. El IDSE, no permite cambios anteriores. | |
Tópico: MODIFICACION DE SALRIO DIARIO I | |
ALLENDE Mensajes: 7 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 28, 2019 22:54:59 Asunto: Re: MODIFICACION DE SALRIO DIARIO I |
Buenas noches. Entiendo lo siguiente: Se da de alta (en el IDSE) con fecha 26 agosto 2019. En el SUA, la fecha debe ser igual ( 26 agosto 2019 ). En caso....no sea la duda, podrias explicar, con mas detalle..? Saludos | |
Tópico: INCAPACIDAD ISSSTE E IMSS | |
ALLENDE Mensajes: 2 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 28, 2019 22:43:14 Asunto: Re: INCAPACIDAD ISSSTE E IMSS |
Buenas noches. [quote]¿podría ella solicitar al IMSS que le expida incapacidad? o no?[/quote] Si, tiene obligacion de justificar faltas ante su patrón,...... y el único documento valido es el certificado de incapacidad del IMSS. | |
Tópico: COTICE EN IMSS E INICIATIVA PRIVADA, ME PUEDO PENSIONAR? | |
ALLENDE Mensajes: 3 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 28, 2019 22:36:56 Asunto: Re: COTICE EN IMSS E INICIATIVA PRIVADA, ME PUEDO PENSIONAR? |
Buenas noches. Para las modalidades de pensión por Cesantía en Edad Avanzada y Vejez por la ley del 73, los requisitos son: 1.-Tener 60 años (por cesantía) o 65 años (por vejez) cumplidos a la fecha de la solicitud de tu pensión. 2.-Cumplir con al menos 500 semanas de cotización. Se suman las semanas del IMSS y las de la iniciativa privada. | |
Tópico: INFORMACION DE TRANSPARENCIA DONATARIAS | |
ALLENDE Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2019 21:57:46 Asunto: Re: INFORMACION DE TRANSPARENCIA DONATARIAS |
Buenas noches. Es preferible, aunque sea extemporánea. Cuando la autoridad detecte la omisión........viene la cancelación. [url]https://www.sat.gob.mx/tramites/70109/presenta-la-obligacion-de-transparencia-de-las-donatarias-autorizadas[/url] | |
Tópico: Interes real de un credito si al final del plazo no hubo ganancia | |
ALLENDE Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2019 21:32:49 Asunto: Re: Interes real de un credito si al final del plazo no hubo ganancia |
Buenas noches. Al no haber, ni utilidad, ni perdida. No hay nada que declarar. |
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