Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de marasacp

Autor Mensaje
Tópico: Pensión Alimenticia a hij@ Deducible?
marasacp

Mensajes: 15
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 07, 2015 14:37:08 Asunto: Re: Pensión Alimenticia a hij@ Deducible?
Gracias Enrique por tu comentario, Si, yo también digo lo mismo, que no era ni es deducible. Y que dichas pensiones son exentas conforme la LISR. Pero no sabia si había salido algo 'nuevo' casi casi como de 'ayer' como me comentaba esta persona. Aquí también el tema es que el señor paga las tarjetas de la señora, así que podrían considerarse para el tema de la discrepancia fiscal de ella, salvo que busquen algún esquema de comprobar que dichos pagos de tarjetas corresponden a la pensión, pero creo que ya también es tema legal. De nuevo gracias y aquí seguimos. Un abrazo
Tópico: Pensión Alimenticia a hij@ Deducible?
marasacp

Mensajes: 15
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2015 16:08:42 Asunto: Re: Pensión Alimenticia a hij@ Deducible?
Buen dia colegas, Una conocida, divorciada, claro y con hijos, me comentaba, que estaba preocupada por el tema de la 'discrepancia fiscal (91 LISR)' por la siguiente situación: Se divorciaron hace algunos ayeres, y ella tiene la resolución del juez de que el padre debe de proporcionar X% de sus ingresos por concepto de pensión alimenticia. El padre es profesionista independiente y por sus actividades lo que hace es depositar/pagar a la tarjeta de crédito de la madre las cantidades de las escuelas y algunos otros gastos. De manera adicional me comenta que 'le dijeron' o 'escuchó' o 'lo como haya sido que se haya enterado' que 'dice la miscelánea fiscal que las pensiones alimenticias son deducible para el que las paga.' Y en consecuencia, siguiendo la asimetría fiscal debiera ser acumulable para el que la recibe. Ahora bien, el 93-XXVI dice que son exentos los ingresos: '[u]Los percibidos en concepto de alimentos por las personas físicas que tengan el carácter de acreedores alimentarios en términos de la legislación civil aplicable.'[/u] Ya busqué en la miscelánea, leyes y reglamento y no encuentro nada que contradiga lo dispuesto en el 93-XXVI, es decir que deje de ser exento. Además de que no encontré nada que diga que van a ser deducibles para quien lo paga. Alguno de ustedes ha escuchado algo al respecto? Lo que si es el tema de la discrepancia, ya le sugerí que lo que debe/n hacer es que los depósitos /pagos que hace el padre, los pase por el juzgado para que le pongan 'cumplimiento de resolución del juez de pensión alimenticia' (o lo que legalmente deba decir), ella recupere dichos comprobantes y los tenga como comprobante de estos ingresos y al final del año declararlos como 'donativos', aunque no lo son, pero es lo que 'mas se asemeja' en el formato dela anual, de esta forma ya justifica esos pagos a sus tarjetas. Gracias de antemano por sus comentarios. Que tengan una excelente semana.
Tópico: Cufin en la enajenación de acciones
marasacp

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 03, 2015 21:54:50 Asunto: Re: Cufin en la enajenación de acciones
Buenas noches, No, todas las variables que indica el LISR 22 son para determinar el costo fiscal de las acciones y que al socio le 'jueguen' (si me permiten la expresión' dichas variables: pérdidas fiscales, cufin, etc, pero la [u]LISR nunca establece que la PM deba restar dicha cufin[/u]. Para estos casos tendrías que estar preguntando a cada socio, cuantas acciones vendió y que te proporcionen los cálculos para saber cual es el valor de la cufin de las acciones vendidas, ya que el enajenante debe calcular el costo fiscal de TODAS sus acciones, y ya con esto determinar la utilidad/pérdida por la venta por acción y posteriormente por toda la operación. Saludos
Tópico: Aportaciones de Capital Variable en dólares
marasacp

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 02, 2015 13:43:47 Asunto: Re: Aportaciones de Capital Variable en dólares
Hola Claufar, Va a depender si tu préstamo está en dolares o en pesos. Si esta en pesos, entonces la capitalización sera con el pasivo registrado. Si esta en dolares, entonces al tipo de cambio correspondiente a la fecha de la capitalización (CFF 20, parr 3) Los intereses si son deducibles (LISR. 25-VII), y la perdida cambiaria de conformidad con el LISR 8, penúltimo párrafo) Pero antes debes de evaluar no caer en los supuestos del LISR 11. Saludos
Tópico: Recuperacion de ISR Retenido por Demanda Laboral de Pensión y Jubilación
marasacp

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2015 17:39:04 Asunto: Re: Recuperacion de ISR Retenido por Demanda Laboral de Pensión y Jubilación
Creo que la única forma es presentando, en su momento, la declaración anual de la persona, y ver el resultado. Resultado que ya podrías estimar, salvo que tu cliente tenga otros ingresos. Una forma de bajar la base gravable es con las deducciones personales, que aunque están topadas, algo pueden ayudar a recuperar el ISR. Pero recuperar el 100% del impuesto esta muy muy complicado. Saludos
Tópico: venta de acciones por socios
marasacp

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2015 17:28:51 Asunto: Re: venta de acciones por socios
Hola MAGM57, Asi tal cual no hay nada escrito, pero sabemos que toda operación debe estar realizada a precio de mercado o bien alguna enajenación soportada por un avalúo. En el caso de una sociedad con actividades es algo mas complejo. En tu caso, y como dices, que no hay operaciones, considero que puedes tomar como precio de venta el dato del capital contable actualizado. De esta forma estas considerando el precio por acción actualizado. Saludos
Tópico: ARCHIVOS DYP
marasacp

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2015 17:15:08 Asunto: Re: ARCHIVOS DYP
Despacho fiscal? Y como porque? Les dieron alguna razón? Los archivos de DYP son las declaraciones y es información muy delicada como para entregarla a cualquiera. Si es por una compulsa, lo tendria que requerir la autoridad o si es por parte de un cliente de ustedes, entonces que el cliente le solicita la información específica. Desde mi punto de vista, considero que no deben entregar nada a menos que esté muy bien sustentando lo que están requieriendo Saludos.
Tópico: Tipo de cambio a utilizar en registro de pagos
marasacp

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2015 18:12:08 Asunto: Re: Tipo de cambio a utilizar en registro de pagos
Complementando lo dicho por el CP Paco, Art. 20 CFF Tercer párrafo Para determinar las contribuciones y sus accesorios se considerará el tipo de cambio a que se haya adquirido la moneda extranjera de que se trate y no habiendo adquisición, [color=red]se estará al tipo de cambio que el Banco de México publique en el Diario Oficial de la Federación el día anterior a aquél en que se causen las contribuciones[/color]. Los días en que el Banco de México no publique dicho tipo de cambio se aplicará el último tipo de cambio publicado con anterioridad al día en que se causen las contribuciones. [u][/u] Aplica a pesar de que no diga registro de operaciones, pero las operaciones dan lugar a causación de contribuciones. Saludos
Tópico: DECLARACION 2014 - COSTO DE VENTA
marasacp

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2015 18:07:54 Asunto: Re: DECLARACION 2014 - COSTO DE VENTA
Hola Alejandra, No es consejo, es lo que marcan las disposiciones. Y en este caso es lo que debe ser, y es un NO APLICA, ya que la comercializadora no se vio afectada por ese cambio de hace ya algunos años. Saludos y que tengan una excelente semana
Tópico: FORMA DE PAGO EN REEMBOLSO DE FONDO FIJO
marasacp

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2015 15:40:31 Asunto: Re: FORMA DE PAGO EN REEMBOLSO DE FONDO FIJO
Gracias Cpallares. Saludos

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57