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Tópico: CFDI-SIPARE
marasacp

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 17, 2014 18:39:02 Asunto: Re: CFDI-SIPARE
Por cierto, los CDFI's tampoco los puedo obtener de la pagina del SAT, con aquellos registros patronales que no se muestra información en el SIPARE. Sera que el IMSS va trabajando paso a pasito...??? Saludos
Tópico: CFDI-SIPARE
marasacp

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 17, 2014 18:37:32 Asunto: Re: CFDI-SIPARE
Yo tengo el mismo problema, con un par de Registros patronales no 'hay información que mostrar' YA hice una consulta al IMSS (via telefónica y me dijeron que era via e-mail) para que me indiquen que sucede y como siempre... llevo dos semanas en espera de la respuesta. Con otros dos si se muestra la información. Respecto al Infonavit ellos dicen (a una consulta que hice para esto mismo): [color=red]' Tu Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) lo podrás obtener de nuestro portal a partir del mes de septiembre. Por el momento, te recomendamos que verifiques que el RFC que tienes en el SUA coincida con el que tienes registrado en el SAT. '[/color] Saludos Mauricio
Tópico: Bse de datos en xml
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 17, 2014 18:33:01 Asunto: Re: Bse de datos en xml
Hola, Cuando abres el programa, te dice que esta verificando y que existe (cuando lo hay) una actualización de versión, que si quieres descargarla, das un clic y se actualiza Saludos
Tópico: Subsidio al empleado acreditable vs ISR Retenido Salarios en Regimen de Incorporación
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 17, 2014 18:30:03 Asunto: Re: Subsidio al empleado acreditable vs ISR Retenido Salarios en Regimen de Incorporación
La ley permite acreditar el SPE vs el ISR propio o retenido a terceros. Seguramente y como siempre, no previeron esta situación en el RIF (y lo harán hasta que alguien se los haga saber, porque no creo que ya lo hayan notado) Te sugiero hacer la consulta directa al SAT, via chat para que tengas el respaldo de lo que te contesten. O en su caso (ultima alternativa, claro), ir 'guardando' el SPE para el ISR que se genera el próximo año. Saludos Mauricio
Tópico: SOFTWARE PARA DESCARGAR XML
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Mensaje Foro: Software Enviado: Septiembre 17, 2014 17:22:35 Asunto: Re: SOFTWARE PARA DESCARGAR XML
Se ve bastante bien el programa y sobre todo si nos va a ahorrar mucho tiempo, dinero y esfuerzo... Y saben si dentro del costo de la licencia se incluyen actualizaciones al programa? Gracias
Tópico: El SAT logró lo imposible: unir a todas las religiones… pero en su contra !!!
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 17, 2014 14:06:26 Asunto: Re: El SAT logró lo imposible: unir a todas las religiones… pero en su contra !!!
Sigamos el ejemplo de las iglesias y sigamos: #noalacontaelectronica Saludos
Tópico: COMPRAS RIF ¿EL IVA FORMA PARTE DEL COSTO?
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 17, 2014 13:28:35 Asunto: Re: COMPRAS RIF ¿EL IVA FORMA PARTE DEL COSTO?
Cuando tienes ventas al publico en general (aplica para 2014): Ingresos: igual a todos los ingresos incluyendo IVA Deducciones: igual a todas las deducciones (compras y gastos) incluyendo IVA Cuando ademas tienes ventas facturadas a particulares, debes de identificar el gasto/compra para poder hacer el acreditamiento correspondiente a la mercancía vendida vs el IVA facturado. Saludos P.D. Para 2015, salió el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal, en el que se especifican ciertas tasas FIJAS dependiendo la actividad que se realiza. (DOF 10 sep 14)
Tópico: Duda en compensación
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 17, 2014 13:21:30 Asunto: Re: Duda en compensación
Para poder hacer la compensación, esta debes presentarla en el pago referenciado, no nada mas en el portal bancario. Por otro lado, en el pago referenciado, el sistema de calcula de manera automática los recargos y actualización que procede desde el mes al que corresponde el pago, hasta la fecha de presentación, en este caso, hasta hoy... Este dato a pesar de que es correcto para la situación anterior, no implica que sea la correcta, como lo es para tu caso, así que puedes modificar sin ningún problema estos importes para poner los correcto, en tu caso. No sobra comentar que hay que tener los papeles de trabajo, para que en caso de revisión, se argumente el porque los recargos y actualización distintos... Saludos Mauricio
Tópico: Impuestos y trámites burocráticos promueven informalidad
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 17, 2014 13:17:31 Asunto: Re: Impuestos y trámites burocráticos promueven informalidad
No la atacan, será.... ¿¿porque se les acaba un ingreso que entra como cooperaciones solicitadas a los 'ambulantes' y que empiezan a repartirse desde los bajos mandos y llegan a muy altos?? ¿¿porque seguramente habrá algunos implicados que no pueden mancharse?? ¿¿porque... porque... porque no hay suficiente personal para hacerlo: redadas y afiliaciones voluntariamente a fuerzas?? En fin... porque así es y tristemente así seguirá mientras la mentalidad de nuestros... no sea para tener un país de primer mundo para TODOS y no solo para ellos y los suyos. SAludos Mauricio
Tópico: Deducible gastos de sepelio de un socio
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 17, 2014 13:10:17 Asunto: Re: Deducible gastos de sepelio de un socio
Hola, No son deducibles para la empresa, ya que las deducciones deben ser: [color=red]'Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, salvo que se trate de donativos no onerosos ni remunerativos...[/color]' (art 27-I, LISR). Sabemos que los socios son pilares en la estructura legal de las empresas, pero sus gastos no son indispensables para la realización de las operaciones del negocio (por lo menos estos gastos de defunciones). Los gastos por defunción son 'aprovechables' como DEDUCCIONES PERSONALES para algún familiar del fallecido, de conformidad con el artículo 151 LISR: [color=red]'Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales: II. Los gastos de funerales en la parte en que no excedan del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, efectuados para las personas señaladas en la fracción que antecede.'[/color] [color=purple](efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta)[/color] Deducible zona A y B: 24560.85 Deducible zona C: 23276.05 Estas cantidades serán deducibles en la declaración anual del ejercicio del contribuyente, siempre que se cumplan con los demás requisitos (art 150 y sigs. LISR). Saludos Mauricio

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