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Tópico: Para efectos de IVA?
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 27, 2015 18:29:16 Asunto: Re: Para efectos de IVA?
Los requisitos para el acreditamiento: 1- Haber realizado el pago 2. Contar con comprobante que cumpla requisitos fiscales, es decir CFDI. Si el CFDI esta expedido en julio, en julio se debe acreditar el IVA. Saludos
Tópico: UBER: Sistema de transporte
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 27, 2015 14:17:40 Asunto: Re: UBER: Sistema de transporte
Gracias por la confianza Juan. Déjame revisarlo y nos estamos comunicando. SAludos y que tengas una excelente semana.
Tópico: ISR POR ARRENDAMIENTO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2015 10:12:36 Asunto: Re: ISR POR ARRENDAMIENTO
Hola Lizcano, La Ley es clara e indica que el impuesto se determinara de manera mensual con la tarifa del artículo 96. La 'única forma' (si, entre comillas) de disminuir la tasa es con las deducciones, par lo cual hay dos alternativas: a) La deducción opcional (mejor conocida como deducción ciega) en la que deduces el 35% de los ingresos recibidos en el periodo. En este caso también se puede deducir adicional al 35% el predial, unicamente el predial. b) La deducción comprobada, que su nombre lo dice, deduces lo que se pueda comprobar según lo que establece el artículo 115. La alternativa que tomes para tus deducciones es por ejercicio fiscal y no puedes cambiarla sino hasta el siguiente. No existe otra forma de hacer que la tasa impositiva sea menor. Saludos
Tópico: PAGO DE DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2015 13:50:52 Asunto: Re: PAGO DE DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN
Con gusto, apoyando a los colegas, poniendo un granito de arroz.
Tópico: PAGO DE DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2015 17:19:20 Asunto: Re: PAGO DE DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN
El saldo de la CUFI]N no tiene caducidad, solo que ahora hay dos cufines una hasta 2013 y otra a partir de 2014. Debes de verifica si existe tratado para evitar la doble imposición con el país donde es residente la empresa, y verificar la tasa de imposición y en su caso la ley del ISR en el tema de pagos al extranjero (art .164 LSIR). Saludos
Tópico: DISMINUCION DE OBLIGACIONES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2015 18:04:56 Asunto: Re: DISMINUCION DE OBLIGACIONES
Keshi, Entonces lo que procede es que en el portal del SAT llenes el cuestionario de actualización de obligaciones para que manifiestes que tus ingresos será únicamente por sueldos y salarios. De esta forma se darán de baja las demás obligaciones. Pero te recuerdo que todavía tendrás obligación de presentar tu declaración anual de 2015 en abril del 2016 con tus ingresos de sueldos y actividad empresarial. Saludos
Tópico: DISMINUCION DE OBLIGACIONES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2015 16:29:29 Asunto: Re: DISMINUCION DE OBLIGACIONES
Hola Keshi, No veo porque no puedas disminuir la obligación, eso no significa que se 'borre' la obligación de los periodos anteriores y como comentas, debes de pagar tus obligaciones, que salvo algo que no hayas comentado, y si no te los han requierido , considero que estos ya prescribieron, ya que ya pasaron los 5 años en los que prescriben las obligaciones (art 146 CFF) Disminuir obligaciones implica que sigas tributando en algún régimen., Su tu intención es ya no estar activa entonces implica una SUSPENSION DE ACTIVIDADES que no es lo mismo. SAludos
Tópico: Presuntiva de Ingresos por Errores en Asientos Contables
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2015 12:14:56 Asunto: Re: Presuntiva de Ingresos por Errores en Asientos Contables
Hola Adrian, En estricta teoría con lo que fundamentas, expones y soportas (con documentación, de compra de erp, estados de cuenta, donde se muestren ingresos, auxiliares y pólizas del ERP donde se vea claramente los cargos y abonos de cancelación de movimientos) debió de haber sido 'suficiente' para demostrar que tus 80M no son ingresos, sino correcciones. Considero que ya es tema de otro costal, te sugiero ir a la PRODECON a exponer tu caso, y también asesorarte con un Abogado Fiscalista. Saludos
Tópico: DEDUCCION DE ESTUDIOS DE MAESTRIA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2015 13:11:55 Asunto: Re: DEDUCCION DE ESTUDIOS DE MAESTRIA
Coincido contigo Oziel. Y me falto poner como antecedente que es persona física que tributa bajo el régimen de actividades empresariales y profesionales, específicamente con ingresos por servicios profesionales. Gracias y saludos
Tópico: DEDUCCION DE ESTUDIOS DE MAESTRIA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2015 12:31:42 Asunto: DEDUCCION DE ESTUDIOS DE MAESTRIA
Buenas tardes colegas, Saludándolos con gusto y para hacer una consulta, con espera de recibir sus valiosos comentarios: Un cliente que es fisioterapeuta me dice que va a estudiar una maestría, y que quiere deducir la inversión que realizará. Me comentó que un compañero suyo (otro fisioterapeuta) le dijo que su contador no lo deja deducir al 100% la maestría. Desde mi punto de vista es una erogación que cumple con los requisitos de fondo para poder ser deducido fiscalmente, ya que se necesita para que continúe proporcionando sus terapias con los nuevos avances y especialidades que requiere. Los requisitos de forma serán los comprobante fiscales, que al momento todavía no existen. Gracias de antemano por sus valiosos comentarios. Saludos

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