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Tópico: AUTOMOVILES $175,000.00 PARA 2016.
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 19, 2015 15:10:57 Asunto: Re: AUTOMOVILES $175,000.00 PARA 2016.
Hola compañeros, Confirmando que solo fue eso, un rumor, ayer se publicó en el DOF el decreto de modificaciones a la LSIR, LIEPS y CFF, entre otros y si, afortunadamente se aumento el tope para la deducción de inversión en automóviles a $175,000. Desafortunadamente, no será retroactivo a nov-dic 2015. Ya peinados los transitorios. Lo que si no tuve tiempo de revisar fue LIF 2016. Y a menos que posteriormente publiquen algo, pero lo veo complicado. Saludos y que tengan una excelente tarde.
Tópico: AUTOMOVILES $175,000.00 PARA 2016.
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 16, 2015 20:57:44 Asunto: Re: AUTOMOVILES $175,000.00 PARA 2016.
Buenas noches, Así esta el dictamen y al parecer si va a cambiar para 2016. Tristemente y como siempre no es retroactivo a 2015, por lo que si sugiero, en la medida de los posible y siempre y cuando las actividades no se vean entorpecidas, que puedan hacer sus inversiones en automóviles en el 2016. Saludos y que tengan una excelente semana. Mauricio
Tópico: CANTIDAD A PAGAR EN PAGO PROVISONAL DE ISR
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 16, 2015 20:55:00 Asunto: Re: CANTIDAD A PAGAR EN PAGO PROVISONAL DE ISR
Buenas noches, Revisa este tópico y puedes llegar a tus conclusiones. [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=52351&idCat=10[/url] Saludos
Tópico: Deduccién de Cuotas al IMSS Régimen Voluntario
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 16, 2015 20:51:33 Asunto: Re: Deduccién de Cuotas al IMSS Régimen Voluntario
Muchas gracias Allende, yo también creo que si es deducible, el punto es que como deducción personal, también tiene SGMM Y otro punto adicional: hay que ver si el IMSS te expide un CFDI por estas aportaciones en el régimen voluntario. Gracias de nuevo por tu comentario Un saludo y excelente semana Mauricio
Tópico: Deduccién de Cuotas al IMSS Régimen Voluntario
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 10, 2015 21:46:43 Asunto: Deduccién de Cuotas al IMSS Régimen Voluntario
Buenas tardes colegas, Tengo un cliente que hace un par de años fue sujeto de un 'recorte' de su empresa. Inmediatamente después empezó a dar consultorías (en computación, administración de negocios) y esta en el régimen de personas físicas con actividad empresarial y PROFESIONAL. Recibe ingresos, tiene sus deducciones y presentamos religiosamente sus declaraciones de pago e inforamtivas (diot) todos los meses. En estos días va a pagar sus aportaciones en el régimen voluntario del IMSS para cubrir las semanas y 'cotizar' desde que se quedó sin trabajo como empleado y contar con la seguridad social. La pregunta/consulta del millón: consideran que estas aportaciones (correspondientes a casi todo 2014 y 2015) pueden ser deducibles para el ISR (aprox 50K), argumentando que la seguridad social del profesionista es un gasto indispensable para el mismo? Digo, si se puede deducir la seguridad social de los trabajadores, porque no se podría deducir la de quien genera ingresos. No es el caso, ya que no tiene trabajadores. Gracias de antemano por sus valiosas aportaciones. Mauricio
Tópico: Adquisición Activo fijo que necesita una cimentación especial
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 27, 2015 18:59:54 Asunto: Re: Adquisición Activo fijo que necesita una cimentación especial
Hola Mextax, Es un punto medio complicado. Las NIFS dicen que todo lo que pagues/inviertas para dejar funcionando tu activo formará parte del mismo, excepto el IVA. Aqui estas pagando/inviertiendo para que la maquina funcione, pero hay un punto que considero va a ser el que defina: ES TUYO EL ACTIVO? No. Ahora, por el otro lado, Cuando te vayas/regreses la maquinaria, vas a poder llevarte la cimentación??? No Cuando te vayas/regreses la maquinaria, vas a poder llevarte la instalación electrica??? No Considero que con estos argumentos tomar una decisión, desde mi punto de vista, sería mejora al edificio. Saludos
Tópico: CAMBIO DE ACTIVIDAD EMPRESARIAL AL RIF PARA EL 2016
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2015 17:03:51 Asunto: Re: CAMBIO DE ACTIVIDAD EMPRESARIAL AL RIF PARA EL 2016
Mmmm, no estaba yo enterado de esta 'facilidad'. Y pues gracias por el dato y vemos si otro colega sabe de algo nuevo para el 2016. Saludos
Tópico: CAMBIO DE ACTIVIDAD EMPRESARIAL AL RIF PARA EL 2016
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2015 16:33:57 Asunto: Re: CAMBIO DE ACTIVIDAD EMPRESARIAL AL RIF PARA EL 2016
No es posible, ya que el artículo 112 de la LISR, penúltimo párrafo establece que: [quote]'Cuando los contribuyentes dejen de tributar conforme a esta Sección, en ningún caso podrán volver a tributar en los términos de la misma.'[/quote] A pesar de que no ha tributado en el RIF, no es posible que tribute en éste régimen. En si caso debió: 1. Desde el inicio haber tributado en el RIF (primera vez que se da de alta o aumenta obligaciones de sueldos a actividad empresarial) 2. Si estaba en el régimen intermedio haber presentado su aviso para cambiar al RIF, esto en 2014. Saludos
Tópico: PAGOS A RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 02, 2015 12:54:45 Asunto: Re: PAGOS A RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.
También verifica si existen tratados para evitar la doble tributación con dichos países y es posible que aplique una tasa de retención menor: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Paginas/tratados_fiscales.aspx Saludos
Tópico: UTILIDAD MUY ELEVADA EN EL CIERRE DE SEPTIEMBRE
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 30, 2015 23:25:00 Asunto: Re: UTILIDAD MUY ELEVADA EN EL CIERRE DE SEPTIEMBRE
No tienes muchas alternativas, en virtud de que las personas físicas pagan sus impuestos con base en el flujo de efectivo, es decir con base en lo cobrado y lo pagado, por lo que para este mes es casi (por no decir) imposible que puedas hacer algo. Te sugiero revisar detenidamente (y supongo ya lo hiciste) los ingresos y las deducciones, depreciaciones para verificar que sean correctos tus cálculos. El punto es que en el sistema de declaraciones y pagos te piden el dato de ingresos y deducciones que tendrá que cuadrar con el acumulado anual. El cliente tendrá que entender esta situación y también supongo debe estar consciente de sus resultados mensuales, quizá no tenga el detalle del calculo de impuestos pero te puedo asegurar que sabe (casi) perfectamente a cuanto ascendieron sus ingresos y sus gastos. Deberá entonces escucharte y saber que la ley marca los procedimientos para determinar los y que no podemos hacer nada para 'pagar menos impuestos' ya pasado el momento. Para el próximo mes lo que se puede hacer, y si es el caso, es que pague a sus proveedores, de esta forma podrá aumentar sus deducciones. Estos pagos son PROVISIONALES A CUENTA DEL IMPUESTO ANUAL, por lo que si en septiembre corresponde un impuesto alto y en octubre, noviembre y diciembre, los ingresos no son significativamente mayores que las deducciones o tienes mas deducciones que ingresos, o bien, tendrás: un impuesto por pagar cubierto con este pago de septiembre o bien, no tendrás impuesto por pagar, respectivamente. Saludos Saludos

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