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Tópico: Declaracion inform.de razones para no realizar el pago en 2009
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2010 08:31:42 Asunto: Re: Declaracion inform.de razones para no realizar el pago en 2009
Buenos dias yo tampoco entiendo la razon de tu pregunta si lo que querias es actualizar tus obligaciones con el hecho de entrar a la aplicacion te darias cuenta que existe la opcion. acaso estas experimentando con este foro?
Tópico: Baja de beneficiario
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 20, 2010 08:20:13 Asunto: Re: Baja de beneficiario
Buenas tarde contador , quisiera cambiar al derecho habiente puesto que la enfermedad en ocaciones se torna grave y estando en provincia es dificil reaccionar en una emergencia, por eso es que se ira a vivir con su otro hijo al DF ( tambien tiene servicio IMSS ) , pero gracias a sus respuestas ahora ire a hablar con el director de la UMF en el DF para que pueda ser trasladado el expediente muchas gracias por su tiempo, buen dia
Tópico: Baja de beneficiario
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 19, 2010 18:26:58 Asunto: Re: Baja de beneficiario
Gracias contadores por su tiempo el seguro canaliza al paciente cada mes para tramiento a una clinica especializada en el DF,bueno para evitar el degaste del viaje se trasladara al DF. su otro hijo vive en DF por eso creo que se cumpliria el requisito de que dependeria de el economicamente y compartirian el mismo domicilio, mi unica duda es si existe el tramite de baja de beneficiario para el hijo que la dio de alta en provincia o simplemente su otro familar la tiene q dar de alta como beneficiario y listo gracias
Tópico: Baja de beneficiario
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 19, 2010 14:35:16 Asunto: Baja de beneficiario
Hola buenas tardes tengo el caso de un trabajador en provincia que tiene a su madre como beneficiario del imss. dicho familar padece una enfermedad grave y de vez en cuando la mandan a la capital por tratamiento. bueno la sra tiene otro hijo en la capital mi pregunta es si el primer hijo tiene q hacer la baja de beneficiario o dicho tramite no es necesario el segundo podria hacer la alta sin problemas o el sistema le marcaria que dicha persona ya es beneficiaria de alguien mas? espero que me haya explicado saludos
Tópico: Declaracion inform.de razones para no realizar el pago en 2009
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 19, 2010 13:21:54 Asunto: Re: Declaracion inform.de razones para no realizar el pago en 2009
creo q desde que se utiliza el sistema de banca en linea para pagos, existe la posibilidad de realizar el pago por asimilados a salarios. pero cual es en si tu duda? te llego requerimiento?
Tópico: PAGOS PROVISIONALES DE ISR
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 19, 2010 09:05:22 Asunto: Re: PAGOS PROVISIONALES DE ISR
Buenas tardes Porq querer siempre buscarle 3 pies al gato considero que conoces la mecanica y plazos de pagos provisionales como de la anual y las reglas de amortizacion de perdida. tambien debes conocer las multas , en si conoces todos las salvedades que has cometido , te aconsejo dejar q atormentarte solo la perdida te da para amortizar todo el 2009 en pagos provisionales??? en caso que no, es muy probable que en revision tengas que corregirlos. tambien debes valorar si esta perdida te cubrira el isr anual 2009 . realemente no me gusta dar este tipo de consejo pero al fin de cuentas los pagos provisionales de ISR son abonos del impuesto anual y si este no te sale a cargo no veo la neesidad de crearte un saldo a favor del 2009 saludos
Tópico: FACTURAS 2009 NO CONSIDERADAS
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 18, 2010 14:20:07 Asunto: Re: FACTURAS 2009 NO CONSIDERADAS
Esta claro q tienes q evaluar pros y contras y llegar a tu mejor opcion fiscalemente tienes las bases de lo que pasaria pero si sacas un edo de resultados o mejor aun elaboras un cierre previo , te daras cuenta si en el 2009 te saldra ISR a cargo o a favor por el importe de las facturas no creo q te varie mucho para que te de esa cantidad que estas manejando. saludos
Tópico: facturas y notas de venta
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 18, 2010 14:13:12 Asunto: Re: facturas y notas de venta
te llegaron a verificar la expedicion de comprobantes???? q es lo que tienes q desvirtuar?
Tópico: Crèdito Fiscal de Nòminas (IETU)
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 16, 2010 11:25:41 Asunto: Re: Crèdito Fiscal de Nòminas (IETU)
Buenas dias, En realidad no veo cual sea el problema para la empresa 2, la fuente de los ingresos es independiente su utilizacion y deducibilidad cuando se utilizan en gastos, saludos
Tópico: Ajuste anual entre trabajadores DIM ( Asesoria del SAT )
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 16, 2010 10:52:14 Asunto: Re: Ajuste anual entre trabajadores DIM ( Asesoria del SAT )
Antes q nada muchas gracias por sus comentarios , y perdon por no hacer una introduccion antes de poner la conversacion, mil disculpas, se que ya paso la fecha pero me he quedado con la espinita EL cuestionamiento que deseo plantear es especificamente en el procedimiento de compensacion de saldos entre trabajadores, el art 116 menciona que los saldos a favor se compensaran contra los saldos a cargo futuros del mismo trabajador, no he leido que se le devuelva en efectivo ( si alguien tiene el fundamento de esto favor de proporcionarlo ) el parrafo 5 del 116 establece la opcion de compensacion entre trabajadores pero no plantea la mecanica y ami entender el DIM tampoco la establece, por eso fue la consulta al SAT. Espero sus demas comentarios muchas gracias ART 116 Entero del impuesto [4] La diferencia que resulte a cargo del contribuyente en los términos de este artículo se enterará ante las oficinas autorizadas a más tardar en el mes de febrero siguiente al año de calendario de que se trate. La diferencia que resulte a favor del contribuyente deberá compensarse contra la retención del mes de diciembre y las retenciones sucesivas, a más tardar dentro del año de calendario posterior. El contribuyente podrá solicitar a las autoridades fiscales la devolución de las cantidades no compensadas, en los términos que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. Compensación de saldos a favor [5] El retenedor deberá compensar los saldos a favor de un contribuyente contra las cantidades retenidas a las demás personas a las que les haga pagos que sean ingresos de los mencionados en este Capítulo, siempre que se trate de contribuyentes que no estén obligados a presentar declaración anual. El retenedor recabará la documentación comprobatoria de las cantidades compensadas que haya entregado al trabajador con saldo a favor. Devolución del impuesto [6] Cuando no sea posible compensar los saldos a favor de un trabajador a que se refiere el párrafo anterior o sólo se pueda hacer en forma parcial, el trabajador podrá solicitar la devolución correspondiente, siempre que el retenedor señale en la constancia a que se refiere la fracción III del artículo 118 de esta Ley, el monto que le hubiere compensado.

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