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Tópico: devolucion inmediata de iva
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2011 08:49:13 Asunto: Re: devolucion inmediata de iva
[quote]cuando el calculo del impueto mandual prvisto en el artico 5 d de este ordenamiento resulte saldo a favor los contibuyentes a que se refiere esa farccion 1A podran obtener la defolucion inmediata de dicho saldo disminuyendolo del monto del impueto que hayan retenido por operaciones mencionadas en el mismo period y hasta por dicho monto. [/quote] de donde sacas este fundamento¿
Tópico: retencion su calculo
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2011 08:44:45 Asunto: Re: retencion su calculo
entonces tu calculas retenciones o bajas formatos los aplicas y despues buscas el fundamento.mmmm ese cambio fue el 01 de ene 2010, ya va para 2 añoS ah y los 2 calculos estan mal como ya te lo comentaron aqui te lo dejo [b]art 3 RLIVA Para los efectos del artículo 1o.-A, último párrafo de la Ley, las personas morales obligadas a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, lo harán en una cantidad menor, en los casos siguientes: [color=blue]La retención se hará por las dos terceras partes del impuesto que se les traslade y que haya sido efectivamente pagado, [/color]cuando el impuesto le sea trasladado por personas físicas por las operaciones siguientes: Prestación de servicios personales independientes; Prestación de servicios de comisión, y Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. La retención se hará por el 4% del valor de la contraprestación pagada efectivamente, cuando reciban los servicios de autotransporte terrestre de bienes que sean considerados como tales en los términos de las leyes de la materia.[/b]
Tópico: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2011 08:35:44 Asunto: Re: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
[b]Que tal tampoco el tener el 32d sin omisiones lo avala en que sus pagos hayan sido presentado correctamente, como dicen ese reporte siempre le dara con obligaciones omitidas en la opcion MI PORTAL tiene que levantar una solicitud para que le envien la aclaracion del mismo salu2[/b]
Tópico: Error en Validacion XML
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2011 10:20:45 Asunto: Re: Error en Validacion XML
[b]Ya pude validar los CFD , tan solo fue un susto salu2 pd. no realize cambios , solo era el servidor del SAT[/b] [i]Editado: Julio 19, 2011 10:43:42[/i]
Tópico: Error en Validacion XML
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2011 09:00:42 Asunto: Re: Error en Validacion XML
Y si quieren validad solo el num de folio [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/comprobantes_fiscales/15_15565.html[/url] y pd, la aplicacion no esta disponible
Tópico: Error en Validacion XML
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2011 09:34:15 Asunto: Re: Error en Validacion XML
estos cab·$%$%· del SAT en que lios nos ponen ahora como explicar a los clientes que el validador es el que esta mal salu2
Tópico: CHEQUES NOMINATIVOS
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2011 16:31:43 Asunto: Re: CHEQUES NOMINATIVOS
es usted el contribuyente? es que su pregunta es muy vaga por favor contacte a un profesional del area salu2 [i]Editado: Julio 13, 2011 16:32:20[/i]
Tópico: CUANDO HAGO EFECTIVA UNA DEDUCCION PARA ISR E IVA
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2011 10:06:31 Asunto: Re: CUANDO HAGO EFECTIVA UNA DEDUCCION PARA ISR E IVA
[b]no tengo a la mano la LISR 2008 digame si cambia mucho a la del 2011 pues dice ART 172 FRACC-X LISR Que hayan sido efectivamente erogadas en el ejercicio de que se trate. Se consideran efectivamente erogadas cuando el pago haya sido realizado en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, en servicios o en otros bienes que no sean títulos de crédito. Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado [color=red]en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado [/color]o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración. Igualmente se consideran efectivamente erogadas cuando el contribuyente entregue títulos de crédito suscritos por una persona distinta. También se entiende que es efectivamente erogado cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones.[/b] [b]ahora con IVA ART 1-B Cuando el precio o contraprestación pactados por la enajenación de bienes, la prestación de servicios o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes se pague mediante cheque, se considera que el valor de la operación, así como el impuesto al valor agregado trasladado correspondiente, [color=blue]fueron efectivamente pagados en la fecha de cobro del mismo [/color]o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración. [/b] [i]Editado: Julio 13, 2011 10:09:31[/i]
Tópico: Monto pagado con anterioridad
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 12, 2011 12:15:06 Asunto: Re: Monto pagado con anterioridad
[b]lo puede comprobar asi impuesto 1200 mas rec 80 mas act 50 [color=red]total 1,330[/color] ahora su pago monto pag con ant 780 mas sube 300 mas dif a pagar 250 [color=red]total 1,330 [/color][/b] salu2
Tópico: REPORTE CFD DONATIVOS
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 11, 2011 14:45:36 Asunto: Re: REPORTE CFD DONATIVOS
PUES AQUI TIENE [b] Requisitos: •A través de la página de Internet del SAT Nota: Tratándose de contribuyentes que optaron por emitir comprobantes fiscales digitales y que durante el mes calendario, [color=red]no hubiesen emitido comprobantes fiscales digitales, deberán presentar de forma mensual a través de la página electrónica del SAT en Internet, un reporte de no expedición de comprobantes fiscales digitales[/color], dicha información deberá presentarse utilizando su FIEL dentro del mes siguiente a aquel del que se informa; lo anterior sin perjuicio de lo señalado en el artículo 42 del Reglamento del CFF.[/b] FUENTE SAT [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/tramites_fiscales/registro_t/101_11761.html[/url]

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