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Tópico: REPRESENTANTE LEGAL COMPROBACION DE VIATICOS
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 26, 2011 14:07:44 Asunto: Re: REPRESENTANTE LEGAL COMPROBACION DE VIATICOS
EN EFECTO CP IVAN SALU2
Tópico: REPRESENTANTE LEGAL COMPROBACION DE VIATICOS
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 26, 2011 08:27:43 Asunto: Re: REPRESENTANTE LEGAL COMPROBACION DE VIATICOS
hola si pueden ser deducibles conforme al 32 LISR ( CON SUS LIMITES) o quizas le convenga el 35 RLISR SALU2 [i]Editado: Enero 26, 2011 08:28:05[/i]
Tópico: FORMATO 37-A EDITABLE PARA 2011
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 25, 2011 12:06:26 Asunto: Re: FORMATO 37-A EDITABLE PARA 2011
no creo que usuarios puedan agregar archivos al area de descargas o por lo menos no me he enterado si dejas tu correo se te puede proporcionar
Tópico: Aviso por inicio de CFD medios propios?
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 24, 2011 16:05:45 Asunto: Re: Aviso por inicio de CFD medios propios?
no le aplica usted quedara en el esquema 2010 por tiempo [b][color=red]' INDEFINIDO '[/color][/b] o es por lo menos la informacion que se tiene salu2
Tópico: Aviso por inicio de CFD medios propios?
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 24, 2011 15:52:28 Asunto: Re: Aviso por inicio de CFD medios propios?
al solicitar folios se entiene que esta optando por expedir CFD. No tiene que presentar ningun aviso pregunta? ¿ no emitio ningun CFD en 2010? salu2
Tópico: CODIGO DE BARRAS BIDIMENCIONALES AYUDA
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 24, 2011 14:38:58 Asunto: Re: CODIGO DE BARRAS BIDIMENCIONALES AYUDA
ya la pagina de te la da en JPG y no te dara problemas para encriptar ademas se ve clara salu2
Tópico: declaracion anual de los conceptos que sirvieron de base para la determinacion del ietu
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 24, 2011 13:03:08 Asunto: Re: declaracion anual de los conceptos que sirvieron de base para la determinacion del ietu
hola a que se refiere podria suponer que habla de la declaracion anual del DEM pero con tan mala redaccion quizas se refiera al listado de conceptos, ( aplico facilidades administrativas) y se presenta con el mismo programa que utilizo para la primera mitad del semestre 2010 salu2 [i]Editado: Enero 24, 2011 13:03:45[/i]
Tópico: CONSULTA PTU
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2011 12:21:17 Asunto: Re: CONSULTA PTU
[quote]C.P. Víctor, desconozco si existe el fundamento, por eso estoy haciendo la consulta[/quote] AHH torpe de mi [quote]y como la PTU la determino a partir de la utilidad contable, por eso también le sumo los no deducibles, incluídos los incrementos a las reservas. [/quote] mmm esta usted muy seguro de esto? [quote] ART 16 LISR FRACC II Conceptos que se restan al ingreso acumulable Al resultado que se obtenga conforme a la fracción anterior se le restarán los siguientes conceptos correspondientes al mismo ejercicio: Deducciones aceptadas y no aceptadas El monto de las [color=red]deducciones autorizadas [/color]por esta Ley, excepto las correspondientes a las inversiones y el ajuste anual por inflación deducible en los términos del artículo 46 de esta Ley. [/quote]
Tópico: CONSULTA PTU
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2011 11:23:36 Asunto: Re: CONSULTA PTU
[quote]Conocen algún fundamento para no disminuir de la base de PTU los cargos a provisiones[/quote] No la verdad no entendi esta parte por que mejor nos plasma el fundamento para hacerlo gracias
Tópico: REPORTE CFD
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2011 10:58:11 Asunto: Re: REPORTE CFD
[quote]I.2.10.22. Para los efectos de los artículos 29, fracción III, segundo párrafo y 29-A, último párrafo del CFF, así como 139 fracción V del la Ley del ISR, los contribuyentes que realicen operaciones con el público en general podrán expedir comprobantes simplificados siempre que se trate de: I. Contribuyentes que a partir del 1o. de enero de 2011 se encuentren obligados u opten por expedir CFDI, podrán emitir comprobantes simplificados en los términos que se establecen en el segundo párrafo de la presente regla, siempre que adicionalmente a ello, elaboren CFDI mensual utilizando el RFC genérico a que se refiere la regla I.2.23.3.1., donde consten los números de folio correspondientes a los comprobantes simplificados que avalen las citadas operaciones. Los contribuyentes que expidan CFD’s, podrán emitir comprobantes simplificados en los términos que se establecen en el segundo párrafo de la presente regla,[b][color=red] siempre que adicionalmente a ello, elaboren CFD mensual utilizando el RFC genérico a que se refiere la regla I.2.23.4.2., y cumpla con los requisitos que establece la regla II.2.23.4.4.[/color][/b]II. Contribuyentes que a partir del 1o. de enero de 2011 ejerzan la opción prevista en la regla I.2.23.2.2. podrán emitir comprobantes simplificados en los términos que se establecen en el segundo párrafo de la presente regla, siempre que adicionalmente a ello, elaboren comprobante fiscal impreso mensual donde consten los números de folio correspondientes a los comprobantes simplificados que avalen las citadas operaciones[/quote] las reglas para comprobantes simplificados estan en la siguiente fraccion [quote]III. Comprobantes emitidos por los equipos de registro de operaciones con el público en general, siempre que cumplan con los requisitos siguientes: a) Contar con sistemas de registro contable electrónico que permitan identificar en forma expresa el valor total de las operaciones celebradas cada día con el público en general, así como el monto de los impuestos trasladados en dichas operaciones; b) Que los equipos para el registro de sus operaciones con el público en general cumplan con los siguientes requisitos: 1. Contar con un dispositivo que acumule el valor de las operaciones celebradas durante el día, así como el monto de los impuestos trasladados en dichas operaciones; 2. Contar con un acceso que permita a las autoridades fiscales consultar la información contenida en el dispositivo mencionado; 3. Contar con la capacidad de emitir comprobantes que reúnan los requisitos a que se refiere el inciso a) de la presente regla; 4. Contar con la capacidad de efectuar en forma automática, al final del día, el registro contable en las cuentas y subcuentas afectadas por cada operación, y de emitir un reporte global diario; 5. [b][color=red]Formule un comprobante fiscal, que integre todas las operaciones realizadas con el público en general durante el día[/color][/b].[/quote] y sigue [quote][b][color=red]Los comprobantes fiscales mensuales señalados en las fracciones I y II, así como los comprobantes diarios referidos en el segundo párrafo de la fracción III, se formularán con base en los comprobantes simplificados[/color][/b], separando el monto del IVA a cargo del contribuyente y deberán estar firmados por el auditor interno de la empresa o por el contribuyente y ser elaborados a más tardar dentro del mes siguiente.[/quote] asi que alparecer si esta obligado a elaboracion de factura mensual aunque esperemos mas comentarios salu2 [i]Editado: Enero 18, 2011 10:59:19[/i]

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