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Tópico: Como se declara????
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2005 Asunto:
Ya nos volvemos a olvidar de los fundamentos? Saludos.
Tópico: Sueldos Asimilables
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2005 Asunto:
Aqui solo hay de dos platos: - del que aplica la misma proporción de subsidio que a los que percibe ingresos segun art 110 primer parr y fracc I. - aplicar todo el subsidio porque a ellos nunca se les podra aplicar alguna exención del art 109 y mucho menos prestaciones El CAS no aplica para ingresos del art 110 fracc II a la última, segun art 115. Saludos.
Tópico: Dec. anual Sueldos Procede o no
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2005 Asunto:
Complementando, en la constancia de ingresos que la empresa te entrego, señalo que te realizo el calculo anual o no? porque de ahi se pudo haber partido para evitar esta situación. Saludos.
Tópico: OTRA DE CREDITO AL SALARIO
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2005 Asunto:
En mi opinión esta mal, si supera la parte que puede estar exenta genera un retención, de lo contrario la PTU se entrega de forma integra. Saludos.
Tópico: Son Deducción Autorizada las c.o.p. a cargo del trabajador?
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2005 Asunto:
Si son retenidas las cuotas del imss a los trabajadores y estas se pretenden hacer deducibles y dejarlas en una cuenta de pasivo, pues simplemente al deducirlas tambien las van a tener que acumular como ingreso al obtener beneficio del mismo. Saludos.
Tópico: EL INPC DE JULIO 2005
cesar_lc

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2005 Asunto:
Que susto, si yo decia que como puede salir el INCP de julio si aun no termina, al menos que alguien sea adivino. Saludos.
Tópico: RETENCION POR SALARIOS
cesar_lc

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2005 Asunto:
Observalo de la siguiente forma, ese dinero que tiene que pagar a estas fechas se le debieron retener en su momento, lo que ha generado que se financie desde esos tiempos hasta la anual del importe que no debio de recibir y que al final lo utilizo por no retenerselo. Simple y sencillamente se le difirio el impuesto, pero aqui la obligación del contribuyente es que pague sus impuestos, de la empresa que los entere correctamente. Saludos.
Tópico: Se puede acreditar el IVA retenido en el mes???
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2005 Asunto:
Entonces bajo esta tesis, hasta que no entere sus impuestos, resultaria que no se puede suspender hasta que presente su declaración anual, o como? Aunque no creo que sea la justificación de fondo que un contribuyente ya no tenga ingresos, no tenga actividad y por unas o por otras decida suspenderse, y generar el caso que les comento y dejar en manos del contador lo demás, y ahi es donde se genera la discusiòn que esperaba se generara, pero creo que le sacaron la vuelta facil o estamos algo ocupados en nuestro respectivo trabajo. Saludos.
Tópico: AUTOSUELDO YA NO, PERO AHORA?
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2005 Asunto:
Difiero del ultimo comentario, pero bueno. Saludos.
Tópico: AUTOSUELDO YA NO, PERO AHORA?
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2005 Asunto:
"Hola cesar: Pregunto, es correcto lo que comentas?, yo diría que la persona física si puede retirar pero después de haber pagado el I.S.R., que pasa si retira una cantidad mayor que la utilidad?. Saludos" Primero saludos tambien, yo digo que es correcto lo que comento, sino para que lo expreso, en la ley no hace mencion sobre retiros superiores a la utilidad fiscal, tampoco si se grava por el excedente, ni nada de ello, ese caso que me digan porque no? ya que el ISR lo va a tener que pagar de una u otra forma, tenga o no dinero, ya que el ISR es sobre la utilidad en caso de actividad empresarial y por ello el art 177 solo permite acumular su utilidad fiscal y no todo sus ingresos. Ahora que efecto hay si se retira mas que la utilidad, simplemente limita su flujo de efectivo, ya que hemos ya comentado que esos retiros pueden ser por aportaciones hechas al negocio, utilidades generadas o utilidades futuras. Saludos.

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