Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
19/Jul/05 8:28
AUTOSUELDO YA NO, PERO AHORA?

anteriormente existia la figura del autosueldo en la actividad empresarial para personas fisicas ahora no existe tal deducción, pero sigue existiendo la necesidad por parte de la pesona fisica de retirar efectivo para sus gastos personales, me gustaria leer opiniones de colegas al respecto, que se puede hacer, estrategias, planeaciones, en fin cualquier cosa.

de antemano gracias.
 
'He tomado sobre mi el monopolio de mejorar sólo a una persona, y esa persona soy yo mismo, y sé cuán dificil es conseguirlo' Mahatma Gandhi.
 
Perfil

ELNUME
Teniente

Mensajes: 292
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jul/05 9:07
Re: AUTOSUELDO YA NO, PERO AHORA?

Esto del "autosueldo", se utilizaba porque las personas fisicas al retirar utilidades pagaban impuesto a menos que provinieran de la cufen, pero ahora puede retirar sin cargo, toda vez que ya se pago el impuesto por el total de ingresos de la persona fisica.

Saludos!!!
 
Perfil

alexbarrera1
Sargento Primero

Mensajes: 104
Ingresó: Julio 07, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jul/05 9:14
Re: AUTOSUELDO YA NO, PERO AHORA?

Así es, después de disminuir a la utilidad fiscal el ISR pagado puede retirar la cantidad que desee, pero por otro lado no son deducibles esos retiros.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
Perfil

edgarecs
Teniente Coronel

Mensajes: 1808
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jul/05 9:16

Complementando, aun cuando no se haya pagado el impuesto por el ingreso que se haya obtenido, puede retirarlo porque al final del años debera acumular todos sus ingresos, lo haya depositado o no en una cuenta bancaria.

Es solo cambiar el dinero de una bolsa del pantalon a otra.

Saludos.
 
[img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/147.gif[/img:86c38361d9][img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/199.gif[/img:86c38361d9][img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/209.gif[/img:86c38361d9]
 
Perfil

cesar_lc
Capitán Primero

Mensajes: 807
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jul/05 9:33

[quote:1c3e178c35="cesar_lc"]Complementando, aun cuando no se haya pagado el impuesto por el ingreso que se haya obtenido, puede retirarlo porque al final del años debera acumular todos sus ingresos, lo haya depositado o no en una cuenta bancaria.

Es solo cambiar el dinero de una bolsa del pantalon a otra.

Saludos.[/quote:1c3e178c35]

[color=green:1c3e178c35]Hola cesar:

Pregunto, es correcto lo que comentas?, yo diría que la persona física si puede retirar pero después de haber pagado el I.S.R., que pasa si retira
una cantidad mayor que la utilidad?.

Saludos[/color:1c3e178c35]
 

 
Perfil

SaúlCastroVázqz
Capitán Primero

Mensajes: 632
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jul/05 9:42

Buenos dias, actualmente estoy de lleno en en regimen general de ley ( P.M. ) mi duda, en cuestion de personas fisicas ¿ se puede emitir un cheque para gastos como reembolso de caja ? o darse de alta como trabajador y que se page un sueldo ...... sin esperarse a dicha utilidad como lo plantean ustedes . Se puede o no
 
Hay quienes nacen con la oportunidad de tener exito mediante el trabajo pero habemos poco con el don magico de lograrlo..........Mp
 
Perfil

Mozart
Capitán Segundo

Mensajes: 542
Ingresó: Mayo 06, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jul/05 10:13
Re: AUTOSUELDO YA NO, PERO AHORA?

No es necesario darse de alta como trabajador, al final de cuentas es ingreso de la persona fisica, igual que el ingreso de su negocio es de la persona fisica, lo unico que tiene que hacer es gastarse su dinero, aunque es buena la observación de Saul, debe tener cuidado de reservar una parte de su utilidad para pagar sus impuestos, aunque en todo caso el excederse traeria implicaciónes financieras, no tanto fiscales.

Saludos!!
 
Perfil

alexbarrera1
Sargento Primero

Mensajes: 104
Ingresó: Julio 07, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jul/05 10:17

Ok. muchas gracias, alexbarrera1.
 
Hay quienes nacen con la oportunidad de tener exito mediante el trabajo pero habemos poco con el don magico de lograrlo..........Mp
 
Perfil

Mozart
Capitán Segundo

Mensajes: 542
Ingresó: Mayo 06, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jul/05 10:21

Si se quiere leer comentarios, muchos y variados, en relación al tema, cosa de utilizar el buscador con el tema Salario de Mercado...
 
sos al sos
 
Perfil

sosgtorreon
Teniente Coronel

Mensajes: 2047
Ingresó: Mayo 24, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jul/05 11:06

"Hola cesar:

Pregunto, es correcto lo que comentas?, yo diría que la persona física si puede retirar pero después de haber pagado el I.S.R., que pasa si retira
una cantidad mayor que la utilidad?.

Saludos"

Primero saludos tambien, yo digo que es correcto lo que comento, sino para que lo expreso, en la ley no hace mencion sobre retiros superiores a la utilidad fiscal, tampoco si se grava por el excedente, ni nada de ello, ese caso que me digan porque no? ya que el ISR lo va a tener que pagar de una u otra forma, tenga o no dinero, ya que el ISR es sobre la utilidad en caso de actividad empresarial y por ello el art 177 solo permite acumular su utilidad fiscal y no todo sus ingresos.

Ahora que efecto hay si se retira mas que la utilidad, simplemente limita su flujo de efectivo, ya que hemos ya comentado que esos retiros pueden ser por aportaciones hechas al negocio, utilidades generadas o utilidades futuras.

Saludos.
 
[img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/147.gif[/img:86c38361d9][img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/199.gif[/img:86c38361d9][img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/209.gif[/img:86c38361d9]
 
Perfil

cesar_lc
Capitán Primero

Mensajes: 807
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2