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Tópico: deducción de combustible pagado en efectivo
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2006 Asunto:
Ok, ya entendi el sentido de tu expresión. Saludos CHEMA y buen año.
Tópico: deducción de combustible pagado en efectivo
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2006 Asunto:
¿Entonces legalmente procede o no la deducción? Ese es el punto fino. Sin embargo considero que quienes carguen combustibles con vales, tambien se vayan preparando para la defensa de dicha deducción, porque la resolucion miscelanea como sabemos no crea obligaciones ni restringe algo que la ley permite. Pero con ello ya sabemos cual es el criterio del SAT y quien le quiera entrar a los vales, ya sabe a que se enfrentara en el futuro. Saludos.
Tópico: deducción de combustible pagado en efectivo
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2006 Asunto:
¿Es tu conclusion o el copia-pega de lo que señalan los del SAT? Saludos.
Tópico: COMPENSACION DE SALDO DE IVA
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2006 Asunto:
segun art 1-A penultimo parr. no se le puede acreditar, compensar ni disminuir al entero de las retenciones de IVA, con excepcion de la frac IV del mismo articulo. Saludos.
Tópico: CPR pierde independencia si presta servicios dasesoriafiscal
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2006 Asunto:
Si has estado en contacto con el expresidente del IMPC, sabran de donde bienen todas las ideas sobre la independencia del contador publico y otras jaladas que quieren meter. Saludos.
Tópico: deducción de combustible pagado en efectivo
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2006 Asunto:
CHEMA ahora explicanos porque no son deducibles los vales de gasolina si en la Ley del ISR dentro del art 32 no habla sobre ellos y menos en el art. 31 en su fracc III. Saludos
Tópico: CPR pierde independencia si presta servicios dasesoriafiscal
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2006 Asunto:
El dictamen del Código Fiscal con algunas modificaciones en ISR, IVA e IEPS, se quedaron el discusión en el pleno de la camara de diputados dado que en la ultima sesión esto fue lo que ocurio: ----------------------------------------------------------- Versión estenográfica de la sesión ordinaria del miércoles 14 de diciembre de 2005 "El siguiente punto del Orden del Día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, Ley de Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado y Ley de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen. La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la presidencia, se consulta a la Asamblea en votación económica si se le dispensa la lectura al dictamen. Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Votación Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Votación Mayoría por la afirmativa diputado presidente. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se dispensa la lectura. Esta presidencia no tiene oradores registrados, en términos del Artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General. ¿Diputada? La diputada Diana Bernal Ladrón de Guevara (desde la curul): Señor presidente, a nombre de la Comisión de Hacienda para presentar el dictamen estaba yo registrada. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Muy bien, señora secretaria, en consecuencia de los términos del Artículo 108 y a nombre de la Comisión de Hacienda y Crédito Público tiene usted 10 minutos en el uso de la tribuna para fundamental el dictamen. La diputada Diana Bernal Ladrón de Guevara: Gracias señor presidente. Buenas tardes compañeras y compañeros diputados. El día de hoy la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta Cámara de Diputados, presenta ante ustedes un importante dictamen, que implica la revisión y propone la reforma de numerosos artículos del Código Fiscal de la Federación así como modificaciones espejo en algunos preceptos de las leyes fiscales sustantivas, como la del Impuesto sobre la Renta y la del Impuesto al Valor Agregado. Esta reforma obedece, en primer término, a la necesidad expresada por el Jefe del Servicio de Administración Tributaria de efectuar adecuaciones a las diversas disposiciones legales que permitan la implementación eficaz del proyecto genéricamente denominado como proyecto plataforma del SAT, y que es un ambicioso esfuerzo, en virtud del cual y a través del manejo electrónico de una sólida base de datos, se podrá al fin por un lado, contar con un expediente único del contribuyente y no por área del SAT como sucede actualmente. Realizar el control eficaz y operativo de los contribuyentes, con miras a ampliar de manera importante la base. Controlar de manera eficaz y operativa también a los contribuyentes mediante alertas amarillas, que señalen la posibilidad de conductas evasoras. Instrumentando un sistema de auditorías más eficaz y no como ha sido a veces basado en el simple sorteo, sino en la aportación de indicadores que revelen la conveniencia de revisar a un contribuyente en específico, pero sobre todo el nuevo proyecto pretende la simplificación y disminución de los formatos, declaraciones y diversos procedimientos del contribuyente frente al SAT, generando un sistema inteligente que permitirá a cualquier persona conocer, vía electrónica, la forma de elaborar su declaración, reduciendo además y de forma significativa, el número de formatos fiscales que actualmente exceden los 150. En este sentido, las reformas hoy propuestas a su consideración se pueden encuadrar o catalogarse en tres sectores: El primero son aquellas reformas que atienden a la simplificación de la relación jurídica tributaria y a otorgar nuevas facilidades a los contribuyentes. La segunda son medidas encaminadas a proveer la ampliación de la base y el control de la evasión y la elusión fiscal, mal crónico de nuestro sistema. Y el tercero es tendiente a la redefinición del papel de los auditores y asesores fiscales y de los efectos que tienen los criterios fiscales que actualmente el SAT publica como lesivos a la recaudación. Entre las primeras reformas relativas a la simplificación y facilidades, podemos mencionar de manera destacada la que tiene lugar en materia de devoluciones, en la cual con el afán de continuar simplificando el Sistema Tributario Mexicano, se establece que la devolución de cantidades pagadas indebidamente ya no requeriría la formulación de una segunda solicitud para el caso de que la autoridad requiera la aclaración de datos, sino únicamente la presentación de los datos requeridos. Estados de cuenta como comprobantes fiscales. Se proponen reformas importantes para hacer factible la posibilidad de comprobar transacciones y adquisiciones o prestación de servicios con los estados de cuenta del contribuyente, estableciéndose los requisitos para que este beneficio sea operante. Así pues, los estados de cuenta tendrán que contar con la impresión del Registro Federal de Contribuyentes y deberán estar vinculados a la contabilidad. Asimismo, se simplifica la expedición de los comprobantes, sin que se resulte ya necesario para el contribuyente tener que presentar su cédula fiscal para que se le expida la factura o comprobante respectivo. Plazos en facultades de revisión. Tratándose de visitas domiciliarias y revisión de gabinete, se amplían los plazos de revisión de 6 a 12 meses entre la notificación y el acta final, pero a cambio se elimina de manera definitiva la posibilidad de prorrogar o ampliar la visita mediante la notificación al contribuyente, dando con esto mayor certeza jurídica a ambas partes. Pago a plazos. En pago a plazos se introduce un novedoso sistema de pago diferido, mediante el cual aquellos contribuyentes que carezcan de liquidez podrán diferir el pago de una contribución fiscal hasta 12 meses, simplemente aportando un 20% de pago inicial y se establece también, en beneficio de los contribuyentes, la posibilidad de que si el contribuyente es calificado como confiable, este pago diferido o el pago en parcialidades se le autorice sin el otorgamiento de garantía, facilidad que actualmente no contempla el Código. Notificaciones. Con el afán de agilizar el sistema, se establece una novedosa forma de notificación: la habilitación de terceros para su realización. Por lo que toca a las medidas para proveer la ampliación de la base y el control de la evasión y la elusión fiscal, podemos mencionar una nueva regla en materia de residencia, para evitar que aquellos contribuyentes que cambien su residencia a regímenes fiscales preferentes, vulgarmente conocidos como "paraísos fiscales", no pierdan sin embargo la condición de residentes en México durante los 3 ejercicios fiscales siguientes al cambio. En domicilio fiscal, se considera se considera como domicilio residual de las personas físicas, la casa-habitación. Esto es, que en caso de que no se actualice alguno de los supuestos previstos en el artículo 10 del código, se entenderá que el domicilio fiscal del contribuyente, podrá ser su propia casa-habitación, lo que permitirá en concordancia con otra nueva disposición del Código, hacer visitas fiscales tanto a aquellos contribuyentes que de manera dolosa haya desaparecido sin dar aviso de cambio de domicilio, como aquellos que no estando dados de alta en el Registro Federal de Contribuyentes, ostentan sin embargo, signos visibles de riqueza al efectuar de manera sistemática gastos y erogaciones importantes. En este sentido la reforma propone que se consideran como ingresos los depósitos bancarios superiores 50 mil pesos y los gastos en bienes muebles e inmuebles iguales o superiores a esta cantidad. Cabe aclarar que actualmente ya existe esta forma de determinación presuntiva para las personas físicas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta y que lo único que propone la nueva reforma, es que este importante instrumento de control fiscal, se pueda aplicar también a aquellos que no están dados de alta en el Registro Federal de Contribuyentes, ya que resulta absurdo que al contribuyente cumplido se le otorgue un trato más desfavorecedor y más duro que aquél que ni siquiera se da alta en el RFC, realizando sin embargo, importantes operaciones en manejo de dinero. Asimismo se prevé que todas las personas, inclusive las que no están obligadas, puedan tener la posibilidad de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes, como por ejemplo una ama de casa o un estudiante, generando con esto lo que se puede denominar como un RFC ligth, con el objeto de beneficiar con este documento, incluso aquellos que no tienen obligaciones fiscales, para contar con un prepadrón que permita, en su caso, una fiscalización eficiente y agilizar los trámites para que estos contribuyentes puedan darse de alta en su momento en el cumplimiento de sus obligaciones. Finalmente por lo que se refiere al papel y responsabilidad de los auditores y asesores fiscales, se propone lo siguiente: Se adiciona el inciso h) a la fracción I del artículo 33 para que la autoridad esté obligada a publicar en el Diario Oficial de la Federación, los criterios fiscales no vinculatorios para el contribuyente. Paralelamente se establece como nueva obligación de los contadores públicos que dictaminan estados financieros para efectos fiscales, revelar únicamente si el contribuyente incorporó en su dictamen información relacionada con la aplicación de alguno de estos criterios no vinculatorios pero lesivos a la administración tributaria. Finalmente se fija como obligación de cualquier asesor fiscal, al verter una opinión, el informar a su cliente si existe un criterio no vinculatorio del SAT en sentido contrario. Esperamos que estas reformas redunden en beneficio de los contribuyentes y del mejor control de la elusión y evasión fiscales, para lograr un sistema más simple y equitativo, pero también impedir que conductas abusivas queden impunes y al margen del control fiscal. Muchas gracias. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Muchas gracias, señora diputada. En consecuencia está a discusión en lo general. No tengo registrados oradores para fijar posición por parte de los grupos parlamentarios, para fijar posición por parte de los grupos parlamentarios. Y tengo registrado al diputado Juan Carlos Pérez Góngora, para hablar en contra. Tiene la palabra el diputado Juan Carlos Pérez Góngora, para hablar en contra hasta por cinco minutos. El diputado Juan Carlos Pérez Góngora: Con el permiso de la Presidencia. El día de hoy se está presentando un dictamen de gran trascendencia para la relación tributaria entre los particulares y las autoridades recaudadoras. Es un dictamen que incluye 138 modificaciones a diversos artículos del Código Fiscal de la Federación, del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Impuesto al Valor Agregado. Un Código que tiene múltiples irregularidades, porque no fue correctamente votado en la Comisión cuando fue la junta. El propio Presidente declaró que no había quórum, aquí tengo las firmas, solamente 8 firmas fueron los que asistieron y posteriormente el fin de semana se pusieron a sacar firmas para completar el dictamen. Yo les quisiera preguntar a los compañeros diputados que firmaron este dictamen, que nos expliquen algunos de los artículos que vienen aquí en este documento. Entregué el día de hoy un documento resumen, solamente con 8 puntos que considero de los más importantes de todo el documento del Código Fiscal de la Federación; uno de ellos es una presunción cuando una persona recibe un depósito arriba de 50 mil pesos. Si ustedes diputados, le depositan a su esposa arriba de 50 mil pesos, la Secretaría de Hacienda va a presumir que es una omisión de ingreso para efectos del Impuesto sobre la Renta, sin importar que sea contribuyente o que no esté registrada en el Registro Federal de Contribuyentes. Hace un rato estuvieron tratando de hablar de este tema y estuvieron hablando de subirle a 50 mil, a 200 mil.. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Señor diputado Pérez Góngora, permítame, suspéndase el reloj. Sonido a la curul del diputado Pablo Gómez. El diputado Pablo Gómez Alvarez (desde la curul): Si el diputado Pérez Góngora, tiene la amabilidad, pregunto yo y le pregunto a usted Presidente, de aceptarme una pregunta. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Diputado Pérez Góngora, ¿le acepta usted una interpelación al diputado Pablo Gómez? El diputado Juan Carlos Pérez Góngora: Sí. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Formúlela, señor diputado Pablo Gómez. El diputado Pablo Gómez Alvarez (desde la curul): Señor diputado Pérez Góngora, usted dice que en el proyecto que tenemos a consideración de la asamblea, si se aprueba, si alguno de nosotros los presentes –me imagino que cualquier otro ausente-, le regala 50 mil pesos a su esposa, tendrá que dar parte a Hacienda, pero mi pregunta es la siguiente: ¿Por qué señor diputado Pérez Góngora, dice usted una verdad a la mitad? Usted sabe que una verdad a la mitad llega en algunos momentos a ser peor que una mentira, porque no nos dijo usted, lo que usted sabe, esa es mi pregunta. Que la persona que recibe el dinero debe necesariamente no ser causante, no tener registro hacendario, porque si se trata de una persona que sí lo es, puede recibir 50 millones –espero que usted nunca haga este regalo, sin necesidad de dar parte, de ser considerado para poder abrir un procedimiento de carácter fiscal. Yo le sugiero, le pregunto ¿ por qué no nos dijo usted todo?, o ¿por qué no nos dice todo, porque no nos dice más que un pedacito? Esa es mi pregunta. El diputado Juan Carlos Pérez Góngora: Sí, señor diputado Pablo Gómez, yo creo que usted no ha leído bien la reforma al artículo 59. Este párrafo que se agrega y que lo tienen ustedes en su gaceta dice: "asimismo, -es un párrafo que se está adicionando, los depósitos superiores a 50 mil pesos en las cuentas bancarias de una persona física, aún cuando no esté inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes". Es una persona física cualquiera, aún y cuando no esté registrada en Hacienda. A los que estén registrados también quedan incluidos, así como las cantidades con las que realice operaciones –no nada más son depósitos- operaciones superiores a dicho monto para adquirir bienes muebles o inmuebles, se presumirán ingresos para efectos del Impuesto Sobre la Renta. Hay una presunción previa, sin preguntarle al sujeto pasivo o al contribuyente o al no contribuyente, de dónde salieron esos recursos. Hay una presunción. Y sigo diciendo, salvo que la persona física demuestre que por el depósito o cantidades a que se refiere este párrafo, ya se efectúo el pago de las contribuciones correspondientes, ya no del Impuesto Sobre la Renta, ya mezclan en la redacción a ver cuáles contribuciones correspondientes. Pero dice que no se va a presumir ingresos cuando la persona que reciba el dinero -cuando le regales a la esposa o a tu hijo le deposites dinero- cuando informe al Servicio de Administración Tributaria sobre el origen de dichos depósitos u operaciones. Entonces, señor Pablo Gómez, si usted le deposita 60 mil pesos a su esposa, para no tener problemas de presunción, ella tendrá que informar –ahí viene- al Servicio de Administración Tributaria, que su esposo le hizo un depósito de 50 mil pesos. Eso es lo que viene en la disposición. Ahora, quiero decirle también que hay un artículo, el 107 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que habla de la discrepancia fiscal que dice: "...cuando una persona física en un año de calendario realice erogaciones, gastos de inversiones, depósitos bancarios, superiores a los ingresos declarados, se considera que hay una omisión de ingresos". Ya existe la disposición en el Impuesto Sobre la Renta, yo lo manifesté en la Comisión. Les dije: "este párrafo tenemos que juntarlo con el 107 del Impuesto Sobre la Renta, con el fin de que sea una sola la disposición que lo contemple". ¿Por qué incluyeron este párrafo? Dicen que lo incluyeron para los que no están registrados. Hubiera sido claro y preciso que es únicamente para los que no se encuentren inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes. Entonces no podemos estar metiendo disposiciones en el Código Fiscal de la Federación, si por otro lado tenemos la disposición de la discrepancia fiscal en el 107 del Impuesto Sobre la Renta. No es una disposición nueva la del Impuesto Sobre la Renta, lo único que se tuvo que haber hecho, era hacer la adecuación correspondiente y eso fue lo que yo manifesté en la Comisión, la cual no se tomó en consideración. El diputado Pablo Gómez Alvarez (desde la curul): Señor Presidente. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Permítame, señor diputado Pérez Góngora. ¿Con qué objeto, señor diputado Pablo Gómez? Sonido a la curul del diputado Pablo Gómez. El diputado Pablo Gómez Alvarez (desde la curul): A efecto de ilustrar a la Asamblea sobre un punto que ha inquietado a muchos legisladores y legisladoras, le solicito, ciudadano Presidente, le pregunte usted al diputado opinante, si acepta una segunda pregunta en este momento. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Señor diputado Pérez Góngora ¿ya concluyó usted la respuesta a la primera pregunta que le formuló el diputado Pablo Gómez? El diputado Juan Carlos Pérez Góngora: Sí, ya terminé la respuesta. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: ¿Le acepta usted otra pregunta, otra interpelación al diputado Pablo Gómez? El diputado Juan Carlos Pérez Góngora: Sí, otra. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Formule usted su interpelación, diputado Pablo Gómez. El diputado Pablo Gómez Alvarez (desde la curul): De acuerdo con la respuesta que usted da, diputado Pérez Góngora, me parece que me ha dado la razón, porque no hace usted la aclaración. Es decir, si usted recibe 100 millones de pesos en su cuenta bancaria, procedente de donde sea, actualmente, Hacienda presume que tiene usted 100 millones de ingresos; así. Ahora, se agrega que va a presumir lo mismo, aún cuando usted no fuera contribuyente, aún cuando no lo fuera. Pero en este momento si usted recibe 100 millones procedentes de las "Islas Caimán" o de 50 mil pesos o de lo que fuera, porque no hay límite, Hacienda presume que todo el aguinaldo que esta Cámara le ha pagado a los legisladores, es un ingreso de los legisladores. Hacienda Presume; y como todos presentan su declaración fiscal no hay problema, porque todos son contribuyentes. El problema es ¿qué pasa cuando no se es contribuyente? Eso es lo que está resolviendo esta modificación del código. ¿Sí o no? usted lo acaba de decir que esto ya estaba y se amplía en otro sentido. Pero andar asustando a los diputados con que van a perseguir a sus esposas si les dan una parte del aguinaldo que cobraron aquí en sus cuentas bancarias, me parece que no está como del nivel de un dueño de un despacho de contadores públicos diputado Pérez y Góngora. El diputado Juan Carlos Pérez Góngora: Dándole respuesta señor diputado, del ejemplo que pone si una persona recibe 100 millones de pesos, el artículo 107 no contempla incluso 50 mil pesos, puede ser desde cero. Si no declara nada para efectos del Impuesto sobre la Renta, le pueden presumir, nada más que antes de la presunción se le pregunta al contribuyente de dónde provienen los recursos y le da días adicionales para que presente las pruebas correspondientes, los documentos de dónde proviene ese dinero. Diputado Gómez, hace un rato estuvieron discutiendo los diputados que están a favor de esta propuesta, algunos muy insistentes, como que se ve que responden a intereses, no de los que nosotros representamos, intereses del gobierno. Y estuvieron diciendo que los 50 mil pesos los podían subir a 100 mil o a 200 mil incluso. La última cifra que me dieron fueron 250 mil pesos, como si fuera un mercado aquí en la Cámara estar subiendo cantidades. Entonces quiere decir que si van a proponer 250 mil pesos y hay una persona que tiene una actividad y recibe 249 mil pesos diarios y no paga impuestos, a esa persona no se le van a presumir la omisión de ingresos que sumada esa cantidad durante todo un año, son varios millones de pesos. No podemos estar jugando con un instrumento tan importante que establece la relación de los que pagan impuestos, de los que mantienen este país. Ahora, yo le preguntaría qué disposición viene que beneficie a los contribuyentes cumplidos, están estableciendo más obligaciones dentro de las que están planteando. Como por ejemplo ahorita me insinuó el caso de Caimán, que si viene el dinero de Caimán. Están metiendo un artículo 9 en una fracción, para considerar a los mexicanos que se van a vivir a otro país, que reciben ingresos en otro país, no ingresos de nuestro país y si en ese país donde están ellos el Impuesto sobre la Renta, cualquier país del mundo, es menor al 75% del Impuesto sobre la Renta Mexicano, siguen siendo residentes en México para efectos fiscales nada más por 3 años. No tiene sentido, toda la gente, los mexicanos que por falta de oportunidades se han ido al extranjero, tendrían que pagar impuestos en México porque en el caso de Estados Unidos, el Impuesto sobre la Renta es menor. Entonces, con esto le contesto señor diputado su pregunta. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Continúe diputado Pérez Góngora. El diputado Juan Carlos Pérez Góngora: Este código fiscal trae una serie de irregularidades. Ahorita tenemos la obligación de las empresas y personas físicas que realizan una actividad empresarial, de presentar una declaración anual de clientes y proveedores. Se está eliminando la obligación y se mete una obligación de declaraciones informativas. Una mensual en el Impuesto sobre la Renta, una en el IVA y otra en el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Son 12 declaraciones anuales por cada uno de los impuestos, tendría que estar presentando tres y no son las mismas porque para efectos del IVA son declaraciones conforme al flujo que se está pagando a los proveedores y en el Impuesto sobre la Renta son devengados; si lo que interesa es la transacción, la operación. Yo estoy de acuerdo con informar al Servicio de Administración Tributaria mensualmente, pero únicamente por la transacción. Quieren ampliar el plazo de las auditorías de la facultad, si el SAT quiere ser más eficiente, ¿por qué en lugar de 6 meses quiere 12? Las personas morales empresas tienen 3 meses para presentar su declaración anual, personas físicas 4 meses, los auditores externos tienen 5 meses, Hacienda tiene 6 ¿por qué quiere 12 meses? No estamos de acuerdo con ese tipo de disposiciones. Y tenemos otra serie, como por ejemplo el del delito de contrabando, aunque se que se va a presentar pero venía en el dictamen, por una inexacta clasificación arancelaria. Hay un error en la clasificación, no se omitió. Venía originalmente, viene en el dictamen, se va a proponer una reserva más adelante para hacer esos cambios, entonces no podemos estar jugando con un instrumento que establece la relación tributaria para los contribuyentes. Otro de los puntos también importantes que vienen contemplados, son para los asesores, el artículo 91-C y 91-D, que tiene que informar a sus clientes cuando la autoridad, cuando el Servicio de Administración Tributaria tiene un criterio distinto. Los profesionistas, los abogados, los contadores, cuando emiten una opinión conforme a una ley pues es de acuerdo a la interpretación que debe existir. Entonces eso es parte de lo que se está contemplando… La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (desde la curul): Presidente una pregunta. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Permítame diputado Pérez Góngora. Suspendan el reloj. La escucho, diputada. La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (desde la curul): Para preguntar al diputado Pérez Góngora si acepta una pregunta. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: ¿Acepta usted una pregunta de la diputada Diana Bernal, señor diputado? El diputado Juan Carlos Pérez Góngora: No, no la acepto porque no fui invitado a las reuniones de la subcomisión, una subcomisión que inventaron y que discutió la diputada Bernal con la Secretaría de Hacienda, únicamente el Código Fiscal de la Federación. (aplausos) El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Continúe. Continué señor diputado. No la acepta. La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (desde la curul): Le pido me anote para alusiones personales, por favor. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: La registro en ése sentido, diputada. El diputado Juan Carlos Pérez Góngora: Bien, otra de las disposiciones que contempla es la facultad que se les da a los notificadores, a los mensajeros de Hacienda para cuando puedan llegar a un negocio formal, establecido, si consideran que hay mercancía, puedan levantar ahí la orden de visita y el inicio de la auditoría. Normalmente cuando hay un negocio establecido debe venir la auditoría de adentro de la oficina de Administración Tributaria. Yo quisiera compañeros diputados, compañeras diputadas, que analicemos bien el tema de este Código Fiscal. Es un tema muy importante, hemos hecho reformas trascendentales y no podemos quedarle mal a nuestros contribuyentes, a los que votaron por nosotros, a los que confiaron en venir a legislar en beneficio de la sociedad y no en beneficio del gobierno. Muchas gracias. (aplausos) El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Gracias señor diputado. Diputada Diana Bernal, le voy a conceder el uso de la tribuna por tres minutos para alusiones personales como lo solicitó y posteriormente le daré su tiempo para hablar en favor. La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara: Gracias señor presidente. Se está discutiendo aquí si el que un contribuyente o una persona que no esta dada de alta en el Registro Federal de Contribuyentes realice depósitos bancarios de manera sistemática por más de 50 mil pesos, o bien haga gastos en bienes muebles e inmuebles por esta cantidad, pueda la Secretaría de Hacienda imponerle un procedimiento de determinación presuntiva. Y yo quisiera preguntarle señores y señoras legisladores, cómo podemos estar en contra de que las personas físicas no sean escrupulosas en el manejo del dinero y no reporten a la Secretaría de Hacienda cuando hacen depósitos importantes y no declaran so pretexto de no ser contribuyentes. Es una situación totalmente absurda. Por otra parte, es falso que de manera automática por hacer este depósito, la Secretaría de Hacienda presuma que es un ingreso. No es así. A lo único que da esto origen es a la iniciación de un procedimiento que se denomina determinación presuntiva de ingresos. Ese procedimiento ya existe actualmente, ya está reglamentado en el artículo 59 del Código Fiscal y como lo reconoció el diputado Pérez Góngora, también en el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. La novedad es que ahora no, usted y yo y cualquier contribuyente va a estar sujeto a este tipo de fiscalización de depósitos bancarios sino ahora los que van a estar sujetos son todos aquellos que no están dados de alta en el RFC pero que manejan importantes cantidades de dinero y ostentan signos visibles de riqueza y no es automática la presunción de Hacienda. Hay garantía de audiencia. Se le inicia un procedimiento de fiscalización conforme al 59 y se le da la oportunidad a esta persona de comprobar que estos depósitos tienen un origen correcto. Fallar al contrario es tanto como decir que el que se incorpore en el Estado mexicano a cumplir con sus obligaciones está sujeto a una fiscalización mucho más dura que aquél que hace signos ostensibles y visibles de tener dinero e inversiones y, sin embargo a éste, conforme a la legislación actual, no se le aplica la presuntiva del artículo 59. Creo que es improcedente lo que se ha comentado en relación con este tema. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Diputada, tiene usted 5 minutos para hablar en pro del dictamen. La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara: Quiero decir de manera muy breve algo respecto a las declaraciones informativas. Lo que se pretende con este proyecto plataforma del SAT es reducir el número de trámites y si bien actualmente las declaraciones informativas de proveedores son anuales y se está pretendiendo que sean con una mayor periodicidad, esto es para control fiscal, porque sucede que hay contribuyentes que en un momento dado tienen ingresos muy bajos porque reportan pagos a proveedores, pero cuando viene el anual de proveedores y Hacienda revisa esta declaración informativa, advierte que a lo mejor se están reportando RTC de contribuyentes que no existen, o sea, se está realizando realmente una conducta evasora e indebida. Si ahora va a tener el Servicio de Administración Tributaria cada mes los datos de la persona a quien se están haciendo los pagos, el nuevo sistema de inteligencia tributaria va a poder determinar, en un momento dado, si esas personas a las que se les hacen los pagos sí están dadas de alta en el Registro Federal de Contribuyentes y por lo tanto esto va a simplificar el sistema y va a impedir la elusión. Además, es muy sencillo, a través de las declaraciones por medio electrónico, formular la declaración de proveedores e irla actualizando mes con mes. Los que han estado en la vida empresarial conocen que por lo general una empresa tiene determinados proveedores; no se está pidiendo una obligación exagerada. Ahora, el diputado Pérez Góngora dice que por qué se va a decir el nombre del proveedor, que nada más la transacción. Precisamente de lo que se trata es de ver si el proveedor es una persona que efectivamente está registrada en el RFC, que no es un proveedor falso y que está también reportando como ingreso el pago que le está haciendo el contribuyente. En pocas palabras, es una compulsa y es una obligación sencilla de cumplir por vía electrónica. Ahora se habla del papel de los asesores y yo les pregunto a los que son asesores y tienen todo el derecho de serlo. Si su cliente va a ver y les pregunta acerca de un problema fiscal y ustedes le dicen: miren, considero que este problema se debe resolver de tal manera. Pero ustedes saben que el Servicio de Administración Tributaria ya publicó exactamente un criterio en contra de lo que ustedes dicen. Es cierto que ese criterio no es obligatorio hasta que el Poder Judicial lo resuelva. Pero yo les pregunto: ¿no es obligación del asesor decirle al cliente los pros y los contras? En pocas palabras ¿no debe el asesor informarle al cliente que hay un criterio contrario a la opinión que él está dando?, y que entonces el cliente valore si aun así va a aplicar el criterio que le aconseja su asesor y se irá a litigar a los tribunales. Razonar al contrario sería tanto como sorprender a los contribuyentes que en un momento dado se les asesorara en contra de criterios que el SAT publicó como lesivos a la recaudación y que si bien no son obligatorios, el contribuyente tiene derecho a saberlo. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Permítame, diputada Diana Bernal. Paren el conteo del reloj. Sonido a la curul del diputado Nahle. El diputado Arturo Nahle García (desde la curul): Preguntar a la diputada si acepta una interpelación. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: ¿Acepta usted una interpelación del diputado Nahle, diputada Diana Bernal? La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara: Sí, señor presidente, con todo gusto. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Adelante, diputado Nahle. El diputado Arturo Nahle García: Diputada, aquí se ha dicho que de conformidad con el texto vigente del Código Fiscal, sólo se presenta una declaración. Con la reforma que se plantea en el dictamen, habría que presentar 24 declaraciones al año. Y también se ha dicho, específicamente el diputado Pérez Góngora, que si un contribuyente no presenta tres de esas 24 declaraciones, estará cometiendo un delito y se puede ir a la cárcel. ¿Esto es cierto, diputada? La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (En tribuna, continúa): Gracias, diputado Nehle, y voy a contestar la pregunta. Efectivamente como expliqué, el día de hoy sólo se presenta una declaración anual informativa de proveedores; como ahora se va a cambiar la forma de control fiscal a través de la inteligencia tributaria, sí va a ser necesario que el contribuyente presente una declaración mensual de proveedores para que así Hacienda pueda saber los nombres de aquellos a quienes se les está haciendo pagos o se les está reportando como que se les están haciendo pagos y determinar si efectivamente se encuentran dados de alta en el Registro Federal de Contribuyentes. Consideramos sin embargo que no es una obligación muy onerosa, porque a través de las declaraciones por Internet resulta muy sencillo ir actualizando mensualmente la base de proveedores, la información de proveedores. Yo les aseguro que cualquier empresa respetable en el mes de abril sabe perfectamente quienes fueron sus proveedores de marzo y lo puede declarar, y esto le va a permitir al Sistema saber si se trata de una empresa que realmente está realizando ese tipo de conductas correctas y no por el contrario. Ahora, no es cierto que por no presentar tres de estas declaraciones, se tipifique un delito. Esa es una información inexacta. Ya existe un delito por no presentar declaraciones por tres ocasiones, pero se refiere a las inversiones en regímenes fiscales preferentes, y es un precepto que ya existe, porque ahí sí es muy importante que el contribuyente de a conocer sus operaciones cuando está en paraísos fiscales. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Permítame, diputada. Si diputado Monárrez. El diputado Francisco Monárrez Rincón (desde la curul): Me gustaría preguntarle a la diputada Diana Bernal, si me puede aceptar una pregunta. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Diputada Diana Bernal ¿acepta usted una interpelación al diputado Monárrez? La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (En tribuna): Sí, con todo gusto, señor Presidente. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Adelante, diputado Monárrez. El diputado Francisco Monárrez Rincón (desde la curul): Con todo respeto, señora diputada, creo que estoy seguro que lo sabe, qué porcentaje de los contribuyentes son medianos, pequeños y menores y si ese porcentaje que estoy seguro que lo sabe y que quiero que nos lo diga, estaría en la disponibilidad de darle una respuesta satisfactoria al SAT, en materia de modernización de presentación de todas estas declaraciones informativas. Es decir, todo ese porcentaje que usted, creo lo va a decir honestamente, tiene computadoras, maneja perfectamente los sistemas de información y tiene acceso, hay acceso rápido, etcétera. Gracias. La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (En tribuna): Sí, cómo no, diputado Monárrez. Como no es comparecencia ni trabajo en el Servicio de Administración Tributaria, no voy a dar estadísticas, mi querido diputado. Pero sí puedo decirle que todos los pequeños y medianos contribuyentes tienen su propio régimen fiscal y seguirán sujetos al mismo. Si lo que preocupa es que ahora tengan esta obligación de presentar esta declaración mensual informativa, usted sabe perfectamente también que esos contribuyentes ya se incorporaron al Sistema Electrónico y que a través del Sistema Electrónico es muy fácil mantener actualizada una información. Gracias. Y quiero concluir mi intervención, señor Presidente,... El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: ¡Adelante! Diputada. La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (En tribuna):... si se me permite, señalando que lo único que se está estableciendo... El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: A ver, permítame, señora diputada. La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (En tribuna): Sí, señor Presidente. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Sí, diputado Carlos Jiménez. El diputado Carlos Jiménez (desde la curul): Presidente, le rogaría consultar a la diputada Bernal si acepta una interpelación. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: ¿Acepta, diputada? La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (En tribuna): Sí acepto, señor Presidente. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Adelante, señor diputado. El diputado Carlos Jiménez (desde la curul): Diputada Bernal, he escuchado yo de algunos compañeros decir que es usted una experta en estos temas. Y yo cuando oigo los planteamientos que usted hace, más que, se lo digo con respeto, a un representante popular, me parece que estoy oyendo a un funcionario del SAT. Yo le quiero decir algo que me preocupa mucho, porque aquí además se ha dicho que han tenido ustedes reuniones "muy en lo oscurito" con los funcionarios de Hacienda. Pero le voy a preguntar algo: ¿Cómo representante popular no le parece que esos casi medio millón de los que ha señalado y lo que usted no quiso contestar, el diputado, tres millones, estarían en condiciones de que les hagan otra vez la vida tan engorrosa y que Hacienda sea ineficaz para cobrarles a los verdaderos evasores? Me parece que lo que hoy estamos viendo es otra manera más de seguir jorobando a los que ya de por sí tienen serias complicaciones. Y lo quieren justificar con un cierto mensaje de modernización y transparencia que no encubre más que esta intención, insisto, de seguir cargando a esto sobre los que están contribuyendo y complicándoles la vida. La diputada Diana Bernal Ladrón de Guevara: Gracias por su pregunta Diputado. Ante todo sí quiero decir también de manera muy respetuosa que toda mi vida he sido servidora pública. Defiendo, aprecio, respeto, al Estado mexicano. Más allá de partidos siempre he estado al servicio del interés público y me siento orgullosa, modestamente, de haberlo estado. (Aplausos del grupo parlamentario perredista) Por otro lado, estos pequeños contribuyentes que preocupan, y medianos, como contesté: ya están contribuyendo a través de medios electrónicos y realmente esta reforma propone muchas facilidades para ellos, que son las que yo presenté en el posicionamiento de la Comisión de Hacienda, sobre todo la simplificación de trámites porque ahora van a reducirse los formatos de más de 150 a 20 o menos de 20 formatos para poder presentar las declaraciones. Y ya para concluir mi exposición, señor Presidente, si me permite... El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Permítame Diputada, permítame Diputada. Permítame. Diputado Adrián Villagómez. El diputado Adrián Villagómez García (desde la curul): Gracias diputado Presidente. Para la Diputada que está en la tribuna si me puede aceptar una pregunta. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: ¿Diputada Diana Bernal? La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara: No Diputado, prefiero ya concluir con mi exposición. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Permítame Diputada. Diputado Gonzalo Alemán. El diputado Gonzalo Alemán Migliolo (desde la curul): Diputado Presidente: ¿A ver si la Diputada también me permitiría hacer una pregunta? El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Diputada Diana Bernal. La diputada Diana Bernal Ladrón de Guevara: Sí acepto, señor Presidente. ¡A sus órdenes señor, a sus órdenes! El diputado Gonzalo Alemán Migliolo (desde la curul): Gracias Diputada, muy amable. ¿Qué pasaría Diputada...? El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: ¡A ver orden por favor, orden por favor! Diputado Villagómez: La diputada Diana Bernal no le aceptó la interpelación. Estamos con el Diputado, por favor. Orden Diputado. El diputado Gonzalo Alemán Migliolo (desde ka curul): Gracias diputado Presidente. ¿Qué pasaría Diputada en el supuesto de que nuestros migrantes enviaran a sus familiares más de 50 mil pesos? ¿Qué pasaría en este supuesto, que yo creo que estamos hablando de 20 mil millones de dólares que este país recibe de nuestros compañeros que van a trabajar al extranjero? La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara: Sí, señor Diputado, considero muy procedente su pregunta. Como lo señalé y qué pena no he sido lo suficientemente clara. Lo único que se está estableciendo es un motivo para determinar de manera presuntiva los ingresos de los contribuyentes en este caso. No significa que necesariamente cualquier persona física que realiza un depósito por este solo hecho se presume ingresos. Eso sólo da origen a un procedimiento de determinación presuntiva y en casos muy determinados. Ahora su pregunta concreta: sería muy fácil demostrar que esto fue origen de una remesa y que es para la supervivencia de esta familia o de este mexicano que se queda aquí en el país y sería un excluyente, desde luego, de responsabilidad fiscal. Yo sí quiero decir una cosa: esta reforma no va contra los pequeños contribuyentes, no va contra digamos más vulnerables del sistema, esta es una reforma encaminada a los grandes evasores, a aquellos que triangulan sus depósitos y los efectúan en las cuentas de sus sobrinos o de sus hijos. Concluyo, señor Presidente. (El grupo parlamentario del PRI empieza a retirarse del salón de sesiones) El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Continúe señora Diputada. La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara: Y finalmente por lo que toca al tema de si los asesores deben informar a sus clientes sobre los criterios de interpretación lesivos, yo considero que esto es una práctica importantísima que ya el día de hoy se consagra en el código de ética de los contadores públicos. (Se retira del Salón de Sesiones la fracción parlamentaria del PRI) Y yo sí llamo a que no con el pretexto de defender a los necesitados, solapemos a los poderosos, solapemos la corrupción, solapemos el lavado de dinero y solapemos la triangulación haciendo depósitos en las cuentas de hijos y sobrinos exitosos, como lo ha visto la sociedad mexicana, mientras los titulares no representan ningún ingreso. ¿A quiénes estamos defendiendo, a los jodidos o a los impunes? Gracias, señor Presidente. (Aplausos) El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Gracias, señora diputada. Sonido a la curul del diputado Wintilo Vega. El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Señor Presidente, le pediría por favor pudiera verificar el quórum de la sesión. Compañeros, pediría que se pudiera verificarse el quórum. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se instruye a la Secretaría abra el sistema electrónico de votación por cinco minutos, para verificación de quórum. Entre tanto, continúa la sesión. La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema por cinco minutos, para verificación de quórum. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Continuando con el desarrollo de esta sesión, consulte la Secretaría en votación económica a la asamblea, si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general. La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general. Los ciudadanos diputados y las ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Votación Gracias. Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Votación Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Suficientemente discutido. Ya se instruyó la apertura del tablero electrónico y estamos en verificación de quórum. (Protestas de los diputados presentes respecto a que no se puso el reloj) Estamos registrando el tiempo en la Presidencia, de cinco minutos, para verificación de quórum; restan tres minutos. Diputado De la Vega. El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Presidente, ha sido una práctica de esta Presidencia en todas las rectificaciones de quórum, hacerlo hasta por diez minutos, según su propio dicho en todas las sesiones. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Ya lo determiné que fueran cinco minutos, señor diputado. Está corriendo el tiempo. Sí, diputada. Sonido a la curul de la diputada Blanca Díaz. La diputada Blanca Judith Díaz Delgado (desde la curul): Señor Presidente, tengo una duda: ¿Va usted a registrar su asistencia o se encuentra usted ausente? El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Ahorita que vea usted el tablero, diputada, puede usted checarlo personalmente. El diputado Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul):- Señora Secretaria, deme el resultado de la verificación del quórum. La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Ciérrese el Sistema Electrónico. Señor Presidente, hay una asistencia de 184 Diputadas y Diputados. Por lo tanto, no hay quórum señor Presidente. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se levanta la sesión..(A las 20:30 hrs.) Sí, Diputado, a ver, orden Diputados. A ver, permítanme señoras y señores Diputados, permítanme señoras. Me está solicitando, Diputado de la Vega. El diputado Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): No sabemos, la Asamblea no sabe qué trámite va usted a dictar, si ya va usted a dictar, a convocar a sesión para el día de mañana para clausurar el período o lo haremos en este momento. De no ser así, le solicitaríamos que entonáramos el Himno Nacional. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Esta sesión se ha levantado por falta de quórum y esta Presidencia cita a sesión en una hora. (Se levantó esta sesión a las 20:30 horas) ******************************* La Presidenta diputada María Marcela González y Petricioli: Se inicia la sesión, hoy, 14 de diciembre, siendo las nueve veinte horas. Se abre el sistema para verificación de quórum. La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el Sistema Electrónico hasta por 10 minutos, para verificación del quórum. El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Ruego a la Secretaría de el cómputo de asistencia de esta sesión. La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Se informa a la presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 157 diputados- El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: 157 diputados. No hay quórum. En términos del Artículo 63 Constitucional no es posible abrir la sesión. (A las 21:34 hrs.)" ----------------------------------------------------------- Saludos.
Tópico: compensaciones
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 02, 2006 Asunto:
También existe un criterio normativo del SAT donde estan de acuerdo en ello. Saludos.
Tópico: Tasa del 29%
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 02, 2006 Asunto:
Solo hay que recalcar que la tasa del 29% es para 2006 dado que no lo mencionan. En personas físicas, para 2006 el ultimo renglon de la tarifa del impuesto le corresponde el 29%, entonces si el ingresos llega a tal renglon entonces le tocara en 2006 dicha tasa. Saludos.
Tópico: Cálculo de recargos
cesar_lc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 02, 2006 Asunto:
Buen dia, buen año. En lo personal, lo comentado anteriormente fue dirijido para el creador del topico dado que el planteamiento es de cisneros y ningun otro forista pidio mayor abundamiento del tema. Por lo anterior, pido de manera respetuosa, se especifique en concreto cual es la duda persistente respecto al tema, para asi y de tal manera, la participación sea más activa y las respúestas no caigan sin hacer esfuerzo alguno. Asi como también se conoscan las necesidades de discusión. Particpar no es solo responder, sino también preguntar en forma concreta. Saludos.

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