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Tópico: ¿ EN EL CASO DE LOS PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES PUEDEN TRASLADAR EL IVA EN FORMA EXPRESA Y POR SEPARADO?
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 01, 2009 17:19:22 Asunto: Re: ¿ EN EL CASO DE LOS PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES PUEDEN TRASLADAR EL IVA EN FORMA EXPRESA Y POR SEPARADO?
De que pueden, pueden. De que deben, no deben. De que si lo hacen, están 'ponchados' con dos outs... y a tributar en el régimen normal. En realidad en la práctica tienen un obstáculo para hacerlo, y es que no cuentan con facturas que cumplan con requisitos fiscales, y ningún impresor podría imprimírselas porque el SAT les negaría la autorización, así es que difícilmente podrían hacerlo. Th.
Tópico: ¿CUAL TASA ES APLICABLE A LA ENAJENACION DE REVISTAS QUE REALIZAN LOE EDITORES?
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 01, 2009 17:15:08 Asunto: Re: ¿CUAL TASA ES APLICABLE A LA ENAJENACION DE REVISTAS QUE REALIZAN LOE EDITORES?
La tasa es 0%, y el fundamento es la Ley del IVA, artículo 2-A, fracción I, inciso i). Th.
Tópico: Compensacion ISR contra IETU declaracion anual
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 01, 2009 17:12:53 Asunto: Re: Compensacion ISR contra IETU declaracion anual
Secundo la opinión de memoli... lo que haz hecho es lo correcto. Así he hecho yo las declaraciones que me han tocado con la situación que manifiestas... y ya solo me falta que se los contribuyentes presenten sus correspondientes avisos de compensación. Th.
Tópico: CHISPAS,.......SOLO MINIMO ?????
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 01, 2009 17:06:46 Asunto: Re: CHISPAS,.......SOLO MINIMO ?????
Correcto memoli, estoy de acuerdo. juancarm: Si el salario mínimo estuviera exento, entonces no se le calcularía impuesto y, por ende, no se le calcularía subsidio al empleo... imagínate a los trabajadores del salario mínimo sin recibir su subsidio al empleo, y alguien que gana dos salarios mínimos sí lo recibe... te suena lógico? Ahora, manifiestas que en el artículo 109 de la LISR se establece que el salario mínimo está exento... sería bueno que indicaras en qué fracción se establece esto... y si estás pensando que es la fracción I, sugiero que la leas con detenimiento. [quote]juancarm: Thomper, concuerdo en la aclaracion que haz realizado aunque en lo unico que no estoy de acuerdo es en el punto 2 que mencionas que los salarios minimos no son ingresos exentos. Por eso mismo la autoridad viene a hacer esta aclaracion, porque los ingresos exentos son los mencionados en el articulo 109 de la Ley del isr y dentro de este se encuentran los pagos de salario minimo. Saludos [/quote]
Tópico: factura electronica
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 01, 2009 12:10:55 Asunto: Re: factura electronica
Mira, en mi empresa expedimos facturas electrónicas nosotros mismos, y el certificado una vez que está listo... pues está listo y tiene vigencia y tiene valor... no hay nada más qué esperar. En el caso de expedición a través de terceros me parece que sí hay un aviso que dar con respecto al inicio de expedición de comprobantes, pero la verdad no lo tengo muy presente. Yo en tu caso le pediría a mi proveedor el fundamento, y que confirme si es necesario presentar el aviso. Ahora, pregúntale a tu proveedor que qué sucede si los comprobantes que se emitan el día 4 (por ejempo) se mandan validar después, ya que esté habilitada la información en la página del SAT... supongo que estarán validados correctamente, pues como te digo, el certificado está dado en la fecha en que lo solicitas. En resumen, si la cuestión únicamente es el momento en que se validen... yo no le vería tanto problema, y tal vez sí podrían a facturar electrónicamente el lunes. Espero haberme explicado. Th.
Tópico: factura electronica
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 01, 2009 11:28:38 Asunto: Re: factura electronica
A ver, a ver... ya no entendí bien. La factura electrónica la vas a expedir tú misma, o a través de los servicios de un tercero autorizado?
Tópico: CHISPAS,.......SOLO MINIMO ?????
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 01, 2009 11:19:24 Asunto: Re: CHISPAS,.......SOLO MINIMO ?????
jajaja... es correcto estimados Lobo y lcruiz. Es cierto que cada año es la misma revoltura de conceptos y confusión con lo mismo que hemos leído... sin mencionar el estress post-anuales, pero admito que sí me llamaron la atención los comentarios del Lobo, y por eso me interesó rebotar estas ideas. En realidad no es que sea estudioso, será que tocó que los temas que has planteado me había tocado analizarlos no hace mucho, y podríamos decir que los traía más 'frescos'. Saludos, Th. [i]Editado: Mayo 01, 2009 11:25:56[/i]
Tópico: Puntos a considerar en Materia de Seguridad Social por la contigencia
Thomper

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 01, 2009 11:16:33 Asunto: Re: Puntos a considerar en Materia de Seguridad Social por la contigencia
Pacoe: Date una vueltecita por la portada de Fiscalia... podrás encontrar la respuesta a tu pregunta. Th.
Tópico: factura electronica
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 01, 2009 11:12:30 Asunto: Re: factura electronica
Compañero, esto es inmediato, el certificado lo bajas desde la misma página donde los solicitaste... esto es automático, es inmediato. Recuerda que desde el momento que los solicitaste tienes la obligación de presentar la información mensual, así es que si los solicitaste en abril, debes ahora en mayo presentar los datos de abril... si no expediste folios, tiene que presentar aviso especial de no expedición de folios. Buena suerte, Th.
Tópico: CHISPAS,.......SOLO MINIMO ?????
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 29, 2009 23:50:34 Asunto: Re: CHISPAS,.......SOLO MINIMO ?????
A ver, a ver... Nuevamente se refieren a una regla que ya estaba desde el año pasado... ¿Acaso las están viendo por primera vez? Hay que recordar que esta regla vino a aclarar lo siguiente: 1. El crédito IETU por salarios considera únicamente los salarios gravados. 2. El salario mínimo está gravado, pero no se pueden hacer retenciones sobre él por disposición de ley... por lo que existen quienes piensan que esto equivale a una exención (lo cual técnicamente no es correcto, pero bueno, existe esa confusión), y por esa razón podrían no incluirlo en el cálculo del crédito. 3. Esta regla te aclara que si pagas el mínimo, que sí lo consideres para el crédito. Si lees el primer párrafo entiendo que puedes confundirte, pero si lees la regla completa ya hace sentido. Señores... me sorprende de ustedes dos... siempre tan actualizados y duchos en la materia. Será el stress post-anuales???? Saludos Lobo y lcruiz, Th.

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