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Tópico: Excención de IETU para Músicos
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 12:56:45 Asunto: Re: Excención de IETU para Músicos
Claro, pero las deducciones personales las puede aplicar prácticamente cualquiera, por lo que ese no sería un criterio de decisión de tomar uno o otro régimen. Lo que no pueden aplicar son las [b]deducciones de la actividad[/b], y ahí es donde habría que evaluar qué les da más beneficio: ¿No causar el IETU o causarlo pero con derecho a deducciones (de la actividad)? En cada caso habría que hacer los números para identificar el beneficio económico. Th. [i]Editado: Octubre 01, 2010 12:57:13[/i]
Tópico: COMO REGISTRAR UN BEBE......QUE TODAVIA NO NACE......
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 12:54:24 Asunto: Re: COMO REGISTRAR UN BEBE......QUE TODAVIA NO NACE......
Me queda muy clara tu postura, y concuerdo contigo en que conservadoramente lo ideal es no 'salirse' del período de vigencia. Al igual que tú, no lo recomendaría porque ya sé que no es el criterio de la autoridad, y ahora, de un tribunal. Pero en el ejercicio meramente teórico, que es lo que analizamos, debería aceptarse. ¿Porqué vas a poner una fecha de operación que no es? ¿Estás falseando información en la factura al manifestar que la operación se realizó en una fecha que no es? Estoy de acuerdo que entre meses del mismo ejercicio tal vez no sea gran complicación aceptar una factura con una fecha posterior. El problema se presenta cuando abarca ejercicios distintos, pues, tratándose de gastos hay que recordar que un requisito de deducibilidad es precisamente que el año de la factura corresponda con el año de deducción. Es aquí donde colocas a quien pretende efectuar la deducción o acreditamiento en un problema. En estos casos sí hemos aplicado el criterio de expedir la factura con la fecha de la operación. Claro, no quiere decir que porque yo lo apliqué ya se convierte en el criterio válido que todos deben aplicar, pero en mi experiencia no hemos tenido complicaciones. No es mi intención que me den la razón, mi punto, que desde el principio he expresado, es que el criterio de la autoridad, y ahora de los tribunales, no reconoce las situaciones que se dan en la práctica, y que no tienen ninguna intención de eludir o reducir impuestos, son aspectos meramente formales que no deberían incidir en la deducibilidad de una operación... me parece absurdo. Th.
Tópico: COMO REGISTRAR UN BEBE......QUE TODAVIA NO NACE......
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 12:08:44 Asunto: Re: COMO REGISTRAR UN BEBE......QUE TODAVIA NO NACE......
Noooo!!!! mi Lobo... Pero sí le puedes decir al del Registro: 'Regístrame este bebé que nació hace un mes'... Que es exactamente lo que estamos diciendo. A poco te va a decir el de Registro: 'Fíjate que no puedo porque este libro de registro es nuevo, me lo trajeron de apenas hace dos días, y tu bebé nació hace un mes, se debió de registrar en el libro de hace un mes, y ese ya se cerró... caminarás por la vida con un hijo sin nombre, sin personalidad... sin registro!!!'. Haces la operación y después pides la factura. En ese inter, es cuando pudiste haber mandado a imprimir nuevos comprobantes. [b]Es materialmente posible[/b]. Th. [i]Editado: Octubre 01, 2010 12:11:18[/i]
Tópico: FACTURACION ELECTRONICA CONDOMINIOS
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 12:04:47 Asunto: Re: FACTURACION ELECTRONICA CONDOMINIOS
Por cierto... casi olvido algo importantísimo: Recuerda que si las cuotas no son superiores a $2,000, los comprobantes pueden ser impresos siempre que incluyan el Código de Barras Bidimensional. No sé si te aplique este esquema, pero más vale puntualizar. Th.
Tópico: Excención de IETU para Músicos
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 11:58:11 Asunto: Re: Excención de IETU para Músicos
No existe una exención específica para músicos o para gente dedicada a las artes en cuanto al IETU se refiere. Lo único sería que se estén dando de alta como asalariados o como honorarios asimilados a salarios. En este caso, no son sujetos de IETU, pero por otro lado, no puede efectuar deducciones de la actividad. Espero te sea de utilidad. Th.
Tópico: FACTURACION ELECTRONICA CONDOMINIOS
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 11:50:44 Asunto: Re: FACTURACION ELECTRONICA CONDOMINIOS
Es correcta tu apreciación. Las reglas de facturación electrónica no distinguen regímenes de tributación. La única diferenciación que, hasta el momento se hace, es la del nivel de ingresos. Entonces, si actualmente se expiden facturas, estarán obligados a expediras de forma electrónica en 2011, si es que, como lo dices, rebasas el nivel de ingresos. No sé cuántas facturas expidas mensualmente, pero por el nivel de ingresos supongo que ha de se considerable. Tal vez la contratación de un proveedor no te venga nada mal, así tendrías ya la base de datos de facturación, y facturarías de forma más automática... chance y hasta se envían automáticamente por e-mail a los condóminos, y te evitas la chamba de andar entregando facturas también. Th.
Tópico: 4 bis de la ley del ahorro y credito popular
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 11:42:17 Asunto: Re: 4 bis de la ley del ahorro y credito popular
Hhhmmm... el tema no es meramente fiscal, y la verdad no tengo la menor idea, pero estoy reviviendo el tema para ver si alguien pudiera saber. Th.
Tópico: Acumulacion de ingresos y deducciones en servicios PM cuando no se prestan
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 11:38:57 Asunto: Re: Acumulacion de ingresos y deducciones en servicios PM cuando no se prestan
Si A factura, debe acumular. Si B registra un gasto, y éste reúne los requisitos de deducción, entonces los puede deducir. ¿Existe un riesgo? Por supuesto que sí: 1. Que te rechacen la deducción por no demostrar su estricta indispensabilidad. 2. Que te rechacen la deducción por estar pactada a valores de mercado Recuerda que las operaciones entre partes relacionadas, deben realizarse a valores de mercado (Precios de Transferencia) y deben estar perfectamente documentadas. Th.
Tópico: Envio a un tercero para certificacion o timbrado
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 11:34:39 Asunto: Re: Envio a un tercero para certificacion o timbrado
Totalmente de acuerdo cperic. Y una cosa más, entre los mismos PACS hay una competencia muy desleal y se critican unos a otros y generan un ambiente de mucha desconfianza entre los clientes. Por la forma en que los PACS se conducen, da la impresión de ser gente muy poco seria y como que la ética no es algo que los caracterice. Puede haber sus excepciones, sólo que no me ha tocado conocerlas. Th.
Tópico: Ayuda con art. 17 del codigo fiscal de la federacion (CFF)
Thomper

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 11:30:18 Asunto: Re: Ayuda con art. 17 del codigo fiscal de la federacion (CFF)
A ver... voy a tratar de poner ejemplos para cada caso: [b]Primero caso:[/b] Presté un servicio con valor de $100,000 pesos, y en lugar de pagarme con efectivo, me pagan con un automóvil. Entonces debo conocer el valor de mercado para definir cuál es mi ingreso. El automóvil tiene un valor de mercado de $120,000, entonces mi ingreso es de $120,000 no de $100,000. [b]Segundo caso:[/b] Vas a un taller mecánico a que le cambien el aceite a tu auto. El servicio es de 'cambio de aceite', pero implícito en el servicio va la 'venta' del nuevo aceite y del filtro; es decir, conlleva una venta de bienes, pero como son bienes que normalmente se dan con el servicio, entonces no se considera una venta, sino que todo es parte del servicio. Si vas a un hospital, te operan y te dan medicinas, en la factura vienen las medicinas, las gasas, las jeringas, etc., una bola de artículos que no es que se te hayan 'vendido' sino que se te proporcionan como parte del servicio. [b]Tercer caso:[/b] Te pago con transferencia electrónica realizada el 30 de septiembre, pero por alguna razón, por ser bancos distintos o atravesarse días inhábiles en tu cuenta queda abonado el 2 de octubre. En este caso se considera que se te pagó el 30 de septiembre. ¿Te gustaron mis ejemplos? Th.

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