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Tópico: EXTRANJERO DIRECTIVO DE UNA SC?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 20, 2005 Asunto: Re: EXTRANJERO DIRECTIVO DE UNA SC?
Estimado jand_nava: Como lo comentan, concuerdo con que no hay restricción para que los extranjeros sean socios o miembros de sociedades civiles. Pero es importante que se revise si esta persona va a hacer algún tipo de inversión, ya que es posible que su participación en dicha sociedad esté condicionada o limitada por la Ley de Inversión Extranjera. Si su inversión no va a ser en capital, sino en industria, entonces no será necesario atender a los lineamientos de la LIE. No obstante lo anterior, vale la pena repasar lo que dicho ordenamiento establece. Recuerda que la fracción II del Artículo 2° de dicho ordenamiento señala lo siguiente: [color=green:c899159b8d][b:c899159b8d]Artículo 2[/b:c899159b8d].- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: II.- Inversión extranjera: a) La participación de inversionistas extranjeros, en cualquier proporción, en el capital social de sociedades mexicanas; b) La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero; y c) [b:c899159b8d]La participación de inversionistas extranjeros en las actividades y actos contemplados por esta Ley[/b:c899159b8d].[/color:c899159b8d] Es precisamente en el inciso c) en donde puede abarcar a las actividad o actos realizados a través de sociedades de carácter civil. También depende de la actividad que se va a realizar, ya que no todas la actividades tienen limitantes o requisitos. Si se puede saber de qué actividad estamos hablando y si esta persona aportará capital, podemos definir si existe o no restricción y, sobre todo, [color=blue:c899159b8d]si existe alguna obligación ante el Registro Nacional de Inversión Extranjera de la Secretaría de Economía.[/color:c899159b8d] Cavas
Tópico: Duda de tratados internacionales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 20, 2005 Asunto: Re: Duda de tratados internacionales
Estimada maricelaflores: En Holanda (o Países Bajos) no han establecido ninguna tasa local de retención a los intereses pagados a México, por lo que las tasas reducidas que se establecen en la fracción IX del protocolo a que haces referencia son aplicables. Únicamente asegúrate de cumplir con los requisitos formales a que te obligue la legislación local, y de esa forma evitar cualquier pleito con la autoridad. Cavas
Tópico: FORMATO SE-02-001-2 INFORME SOBRE INGRESOS Y EGRESOS
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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Octubre 20, 2005 Asunto: Re: FORMATO SE-02-001-2 INFORME SOBRE INGRESOS Y EGRESOS
Estimado MEXTAX: Los avisos al Registro de Inversión Extranjera pueden capturarse e imprimirse a través Internet, inclusive es posible descargar los formatos en archivos de Word para su llenado e impresión desde su computadora, pero estos aún no pueden ser presentados vía Internet; es decir, están las facilidades computacionales para su captura e impresión, pero [b:942d377902]la presentación tiene que hacerse de forma presencial[/b:942d377902] en las oficinas de la Secretaría de Economía. Entiendo que la SE está trabajando en la implementación de un sistema para presentar ya esta información por Internet, pero aún habrá que esperar para gozar de ese beneficio. Para ver estas opciones que comento, puede ingresar a www.economia.gob.mx Espero que esto le sea de utilidad. Cavas

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