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Tópico: Impuestos pagados por el cliente en ventas de exportación
calexgonzalez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 15, 2021 20:49:04 Asunto: Re: Impuestos pagados por el cliente en ventas de exportación
Gracias, Paco. Definitivamente que si la actual forma de operar conlleva un gasto no deducible de tal magnitud, lo consecuente sería llegar a un acuerdo comercial que no implique esta afectación. Solo quería antes de llegar a esas instancias buscar alguna manera de continuar con el actual acuerdo comercial. ¡Saludos!
Tópico: PERSONA MORAL PAGA HONORARIOS A PERSONA FISICA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 15, 2021 20:47:06 Asunto: Re: PERSONA MORAL PAGA HONORARIOS A PERSONA FISICA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO
Que tal, ODMD94. Yo considero que no aplica retención. ers9727 se confunde un poco pensando que 'fuente' es básicamente de donde sale el dinero, pero la realidad es muy distinta. Cada artículo del capítulo V de la LISR referente a los pagos a residentes en el extranjero, te especifica cuando hay fuente de riqueza en territorio nacional (México) y por lo tanto sujeto a retención (de acuerdo con el art. 153). En el caso específico de los honorarios, como bien comentas, [b]se considera que existe fuente de riqueza en territorio nacional cuando el servicio se preste en el país[/b], y al no ser este tu caso, no correspondería retención alguna. El fundamento ya lo comentaste. Saludos.
Tópico: Sueldo a residente en el extranjero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 15, 2021 20:40:37 Asunto: Re: Sueldo a residente en el extranjero
Gracias a todos por sus comentarios. Tengo claro que no hay retención, pues al no prestarse el servicio en México, no se considera que la fuente de riqueza es en territorio Nacional. El fundamento es el ya citado art. 154 [b]'se considera que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional cuando el servicio se preste en el país.'[/b], tal como lo comentó CP_PACO. [b]Sí es un trabajo personal subordinado[/b], estará bajo las órdenes del patrón (empresa Mexicana). Esto es una afirmación, no una pregunta. Agradezco sus comentarios relacionados con los posibles servicios profesionales y lo que ello implicaría, pero el caso es relacionado a pago de salarios al extranjero, figura contemplada en el artículo 154. Gracias nuevamente por sus comentarios.
Tópico: Impuestos pagados por el cliente en ventas de exportación
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 15, 2021 14:32:18 Asunto: Re: Impuestos pagados por el cliente en ventas de exportación
Que tal, CP_PACO, buen día. Agradezco tus comentarios; creo que para efectos de encuadrar el gasto en los art. tanto 25 como 27 no habría ningún problema, el tema está en lo segundo que comentas: la comprobación. Si bien en algunos casos el mismo agente aduanal nos re-factura estos conceptos, cuando el mismo es extranjero no tengo ningún problema y con su factura deduzco, pero los agentes aduanales mexicanos no manifiestan en el CFDI estos importes, solo a manera de dato informativo lo relacionan en su cuenta de gastos. La cuestión es que este tipo de operaciones son totalmente normales en el comercio internacional, por lo que me parecería extraño que un gasto pueda convertirse en no deducible dependiente del acuerdo comercial que, mediante el Incoterm, se haya pactado, motivo por el cual quería ver si alguien conocía algún fundamento para poder deducir estas operaciones. Nuevamente gracias por tus comentarios.
Tópico: Sueldo a residente en el extranjero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 15, 2021 14:10:27 Asunto: Re: Sueldo a residente en el extranjero
Que tal, CP_PACO. Agradezco tus comentarios. Solo que en este caso particular se trata de una asalariado (por lo que no le aplica la parte de IVA), que reside 100% en el extranjero y tampoco tiene EP en México, por lo que tampoco le aplica la primera parte que me compartes. Saludos.
Tópico: Sueldo a residente en el extranjero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 15, 2021 12:09:22 Asunto: Sueldo a residente en el extranjero
Buen día a todos. Espero puedan apoyarme con la siguientes dudas: Una empresa Mexicana va a contratar a una persona residente en el extranjero como trabajador, realizará sus labores desde su País. Las preguntas serían las siguientes: 1. ¿Le corresponde retención de impuesto? De acuerdo con el art. 154, me parece que no, dado que el servicio no se prestará en México, por lo que no hay fuente de riqueza en territorio nacional y el art. 153 indica que están obligados al pago del impuesto los ingresos que reciban los residentes en el extranjero [b]provenientes de fuente de riqueza situada en territorio nacional.[/b] 2. ¿De qué forma se deducirían los pagos (comprobante)? Pienso que tendría que ser mediante un CFDI de nómina, pero debería de contar con un R.F.C. por lo tanto ¿tendría que inscribirse al R.F.C. a través de un Representante Legal? 3. ¿Es sujeto de afiliación y pago de cuotas obrero patronales? No encuentro fundamento que diga que no, pero me parece algo ilógico que se esté obligado al pago siendo que nunca (por residir en el extranjero) utilizará dichos servicios. De antemano agradezco sus aportaciones, sobre todo si alguien ha tenido el supuesto. Saludos.
Tópico: Impuestos pagados por el cliente en ventas de exportación
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 10, 2021 13:27:14 Asunto: Impuestos pagados por el cliente en ventas de exportación
Buen día, colegas. Tengo el siguiente caso, espero puedan apoyarme con sus comentarios: Realizamos exportación de producto a algunos países de Latinoamérica, de acuerdo al Incoterm pactado, nosotros estamos obligados a pagar los impuestos de importación del cliente. ¿Es posible para nosotros (empresa Mexicana) deducir esos impuestos? no encuentro algún fundamento que me lo permita. De antemano agradezco su valiosa aportación.
Tópico: CFDI en pago a miembro del consejo residente en el extranjero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2020 14:47:33 Asunto: Re: CFDI en pago a miembro del consejo residente en el extranjero
Muchas gracias a ambos por sus comentarios. Nicolás, estoy de acuerdo, sin embargo, el CFDI por retenciones y pagos no es con el que se deduce una erogación. Pensando por ejemplo en un honorario se un proveedor extranjero con fuente de riqueza en territorio nacional, se deduce con la factura que él emite y además se emite el CFDI de retenciones y pagos. Por lo cual, en este caso me surge la duda si debería de emitir también un CFDI con complemento de nómina para efectos de la deducción, ¿o será que el miembro del consejo deba de emitirme una factura? Saludos.
Tópico: CFDI en pago a miembro del consejo residente en el extranjero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 30, 2020 22:00:23 Asunto: Re: CFDI en pago a miembro del consejo residente en el extranjero
Disculpa, estimado, omití el dato. Es un honorario.
Tópico: CFDI en pago a miembro del consejo residente en el extranjero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 24, 2020 13:35:58 Asunto: CFDI en pago a miembro del consejo residente en el extranjero
Estimados, espero se encuentren bien. Quisiera consultar sobre el correcto tratamiento en la expedición de CFDI para un pago realizado a un miembro del consejo de nacionalidad mexicana pero con residencia en el extranjero. De acuerdo con el art. 157 de la LISR, a diferencia de los residentes en territorio nacional que es al 35% (art. 96 [5]), le aplica una retención del 25%. La duda es encaminada a qué tipo de CFDI se debe de emitir: a) CFDI con complemento de nómina b) CFDI de retenciones y pagos c) Ambos De antemano agradezco sus comentarios.

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