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Tópico: Aspecto contable y fiscal del consumo interno
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 04, 2009 11:55:13 Asunto: Re: Aspecto contable y fiscal del consumo interno
[b]¿Galletitas, refresquitos, dulcesitos, etc? ó ¿autoconsumos de productos del mismo contribuyente?[/b]
Tópico: IMCP - Dictemen Fiscal 2008 - Conclusión del proceso de negociación con el SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 04, 2009 10:50:42 Asunto: Re: IMCP - Dictemen Fiscal 2008 - Conclusión del proceso de negociación con el SAT
[b]Ahora a rebajar el aumento manejado por la supuesta carga de trabajo...jajaja[/b]
Tópico: ayuda por favor
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 04, 2009 10:45:24 Asunto: Re: ayuda por favor
[b]En el caso del uso de los INPC es recomendable usar aquel ejercicio que nos enseñaron en la primaria, el cual consistia en trazaruna linea dividida en secciones y enumerar cada sección.. y poner a brincar la famosa ranita (yo aún lo utilizo cuando un contador tiene dudas respecto a los meses impares)..los fundamentos ya los plasmaron..por eso no los repito.. Ejemplifiquemos con tus casos: [i]una es una cta.adquirida el 20 de junio del 2007 MOI= 175 000 .00 MES DE INICIO DE USO 21/07/2007 MENSUAL ES 3645.83 [/i] Te corrijo, debido a que LISR dice 'meses completos', el inicio de uso es el 01/08/2007 ...(digo, puede ser que de el mismo efecto, pero siempre considero el inicio de uso el día primero del mes próximo en que se adquirió, claro a menos que lo adquiera el día primero no 'brinco' al mes siguiente) En este ejemplo, pues es fácil decirte que INPC utilizas para la anual de 2008, ya que lo utilizaste 12 meses, será JUNIO 2008/JUNIO 2007 [i]EL OTRO ES UN CARRO ADQ.EL 12/03/2008 MOI=69913.04 MES DE INICIO DE USO 13/04/2008 [/i] Aquí es cuando la ranita se pone a saltar.... Adquiriste el 12 de marzo de 2008, entonces lo utilizaste: 1. Abril 2. Mayo 3. Junio 4. Julio 5. Agosto 6. Septiembre 7. Octubre 8. Noviembre 9. Diciembre Ahora si, ya tienes los meses 'completos' en que lo utilizaste en 2008, ahora ¿cual es el INPC a considerar para la mitad del periodo?, divide 9/2 y el resultado es 4.5, entonces como deben ser completos, te vas a 4 meses... lo que equivale al mes de Julio/2008.... JULIO 2008/MARZO 2008 En fin.. nadamas falta que me haya equivocado..jajaja[/b] [i]Editado: Junio 04, 2009 10:46:14[/i] [i]Editado: Junio 04, 2009 10:46:38[/i]
Tópico: 31-XVI Deducción de Cuentas Incobrables
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 03, 2009 14:59:14 Asunto: Re: 31-XVI Deducción de Cuentas Incobrables
[b]Buenas tardes. Desde mi óptica como contador, sería arriesgado 'aprobechar' el posible sentido ortográfico/gramatical que le da iniciar dichos 'párrafos' el uso de las palabras'inciso a)'....De hecho, conforme a reglas ortográficas no existe posibilidad alguna de que los párrafos no formen parte del inciso a), ya que, de ser así dichos párrafos serían incisos b) y c)...ya que, como podemos observar despues de dichos párrafos (en comento... como dicen los creidos..jajaja) le sigue el inciso b)....... claro, puedo estar equivocado, algún experto ortografía o gramática puede opinar correctamente, pero tambien es de observarse el uso de la sangría...en fin [i]Tenemos por ejemplo conforme a RAE: Inciso 2. m. Gram. Expresión que se intercala en otra con autonomía gramatical para explicar algo relacionado con esta.[/i] Restaría conocer que se plasmó en la exposición de motivos en que se haya propuesto 'incluir' dichos párrafos, ya que es donde podremos 'leer' posiblemente algo así como 'se incluyan los siguientes párrafos al inciso a)' y es posiblemente un referente en el juicio que se lleve..... Por otro lado, quiza un abogado tenga algun antecedente respecto a los efectos de los 'retruecanos' que se presenta en la Legislación o en su caso que tan sólido sería el uso de reglas ortográficas y exp. de motivos por parte de la autoridad (y claro la nuestra.....le veo pocas posibilidades...pero no soy abogado) Creo que el abogado deberá apoyarse en un experto en la lengua para llegar a algo firme [/b] [i]Editado: Junio 03, 2009 15:12:24[/i] [i]Editado: Junio 03, 2009 15:14:13[/i]
Tópico: Anual PM ¿sin FIEL?: Invitación SAT a cumplir!!!!
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 03, 2009 09:54:31 Asunto: Re: Anual PM ¿sin FIEL?: Invitación SAT a cumplir!!!!
[quote]Ayer recibi una invitacion igual. (nadie esta exento). Sin pensarlo 2 veces acudi al SAT, para hacer la 'RECLAMACION'. En forma muy atenta me comentaron: 1.- Esto se debe a que cuando se enviaron estas declaraciones, estaba en mantenimiento la pagina del SAT, y no opero adecuadamente el recibir las declaraciones. 2.- Que no es necesario acudir al SAT, para hacer las aclaraciones. Que unicamente accese a 'MI PORTAL' y ahi mismo haga las aclaraciones necesarias. Muchas Gracias. pero la molestia y la perdida de tiempo............ Bueno.....ni modo. [/quote] [b]Pues nadamas quiero decirte que te 'activaste' y no fuiste pasivo como nosotros...que nadamas estuvimos con dimes y diretes...jajaja (NOTA: yo estuve viendo esto por Chat y me comentaron que no me preocupara que es un error)[/b]
Tópico: Mermas en Gasolineras
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 03, 2009 09:45:40 Asunto: Re: Mermas en Gasolineras
[b]Buen día. En sí, puede haber 'criterios', ya que las mermas pueden variar del % que la autoridad considera que se presenta en los productos petroliferos (gasolinas magna y premium), veamos (y es en los criterios que muchos CPC se basan para considerar un tope en la deducción de mermas): [i]LIF, Art. 7o., fracc. VII, párrafo octavo: Petróleos Mexicanos descontará de su facturación a las estaciones de servicio, por concepto de mermas, el 0.74 por ciento del valor total de las enajenaciones de gasolina que realice a dichas estaciones de servicio...........[/i] Desde ahí, la autoridad en su exposición de motivos ya estimó en base a estudios científicos realizados por personal del IPN que las gasolinas magna y premium tenian una merma de 0.74% por el manejo......este estudio fué realizado hace muchos años, cuando las gasolinas tenian un octanaje menor, así mismo contenian diferentes substancias, por lo que un pendiente que existe sobre el tema es que se revalore el % de mermas (cosa que se analizará y posteriormente les expongo el avance que se tenga respecto al tema). Te plasmo la exposición de motivos, donde se propone el 0.74% de mermas en gasolinas (ojo, no incluye el Diesel porque determinaron que no sufría merma): [i]Gaceta/58/2000/dic/DictaIngresos A raíz de planteamientos de años anteriores y con base en un estudio elaborado por el Instituto Politécnico Nacional, se determinó por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que el grado de mermas que los distribuidores de [b]gasolina sufrían en los procesos de suministro, almacenamiento y venta de gasolina, equivale aproximadamente al 0.74% del volumen suministrado. En tal virtud, se coincide con la propuesta de que se establezca un estímulo fiscal a favor de Petróleos Mexicanos (PEMEX), consistente en disminuir del impuesto especial sobre producción y servicios que por concepto de enajenación de gasolinas debe enterar al fisco federal, el equivalente al 0.74% del valor de las enajenaciones realizadas a los distribuidores, siempre que dicho importe sea descontado de su facturación a tales distribuidores. (artículo 4o. ejercicio 2000 y el actual es el 7 de la misma LIF) [/i] Por lo anterior, LIF apartir del ejercicio 2001 considera el descuento del 0.74% de PEMEX a sus clientes por enajenaciones de 'gasolinas' (repito no toca al Diesel) Así mismo, en LIEPS, se menciona como 'determinará' la autoridad el volumen de litros vendidos de una estacion de gasolina: [i]Art. Decimotercero Transitorio, segundo párrafo: Mientras los pagos provisionales sean quincenales, [u]las autoridades fiscales podrán presumir, salvo prueba en contrario, que los volúmenes de gasolina informados por Petróleos Mexicanos en los términos del artículo 21 de esta Ley, fueron adquiridos; y que el mismo volumen de gasolina, descontando la merma de 0. 74%; fue enajenado por el contribuyente[/u], por partes iguales en cada una de las quincenas comprendidas en el informe.[/i] Eso de 'salvo prueba en contrario' significa principalmente que la autoridad sabe que en la gran mayoría de las veces en cada mes se inicia con un inventario y así mismo se termina, es decir la típica fórmula de Inv. Inicial+Compras-Inventario final= Ventas. Un saludo!!![/b] [i]Editado: Junio 03, 2009 09:46:57[/i] [i]Editado: Junio 03, 2009 10:00:24[/i]
Tópico: IEPS Asiento Contable gasolineras
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 02, 2009 17:22:36 Asunto: Re: IEPS Asiento Contable gasolineras
[quote]Y esto Bruno.. crees que lo lleguen a aplicar? Cruzaran informacion el Estado via controles volumetricos para ver lo hemos vendidos y checar si estamos declarando correctamente..? y por cierto.. que pasa con las calibraciones de profeco.. ? las devoluciones? estas disminuyen tu litraje vendido? [/quote] [b]Deja meto mi cuchara... Puede ser que si curzen información, pero no les va a cuadrar.. eso es debido a que las compras que le realizas a PEMEX no se enajenarán totalmente en el mes, es decir terminarás con un inventario final....la cosa es, que si existiesen controles volumétricos si detectarían esto en un 2 por 3.....o sea, llegarían los del SAT, se conectarían y sacarían la información .... Las calibraciones de PROFECO no son ventas, o mejor dicho se nulifica el efecto, eso es debido a que 'salen 20 litros y devuelven 20 litros a los tanques', entonces +20-20=0.... supon que es la única operación que tienes en un día, la tira dirá 'litros vendidos 20, devoluciones 20'...verifica el art. 6 de LIEPS Una idea de como la autoridad 'cuadra', es la siguiente (segundo párrafo del artículo Decimotercero Transitorio de LIEPS) Mientras los pagos provisionales sean quincenales, las autoridades fiscales podrán presumir, salvo prueba en contrario, que los volúmenes de gasolina informados por Petróleos Mexicanos en los términos del artículo 21 de esta Ley, fueron adquiridos; y que el mismo volumen de gasolina, descontando la merma de 0. 74%; fue enajenado por el contribuyente, por partes iguales en cada una de las quincenas comprendidas en el informe.[/b] [i]Editado: Junio 03, 2009 09:29:00[/i] [i]Editado: Junio 03, 2009 09:31:24[/i]
Tópico: IN FREAGANTI
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 02, 2009 16:24:45 Asunto: Re: IN FREAGANTI
[b]Simplemente, y de usar internet para estos efectos dejalo sin acceso en su computadora y usa una computadora compartida para el internet....apenas así de destierra esa y otras malas prácticas de los empleados.... Te aconsejo te acerques a un especilista en la materia, ya que lo laboral tiene sus complicaciones. PD: no aplicar la ley del látigo, ya que de seguro le va a gustar que lo latigueen a este amigo...jajaja[/b]
Tópico: LISTADO IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 02, 2009 16:19:21 Asunto: Re: LISTADO IETU
[quote]JAJAJAJAJA...MIS RESPETOS PARA LA UABC, PERO YO ESTUDIE EN CULIACAN, SINALOA...PERO VIVO EN TIJUANA..SALUDOS PAISANO....O NO? [/quote] [b]Ah pues igual que tu, soy contador errante.... claro soy UAS... pero me tocó estar un poquitito de tiempo en la UABC.... Entonces, deja me corrijo 'de seguro las maestras Martina o Avendaño te pusieron a estudiar duro'...jajajaja haber si ahora le atino.. Un saludo!!![/b]
Tópico: LISTADO IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 02, 2009 16:08:21 Asunto: Re: LISTADO IETU
[quote]TOTALMENTE DE ACUERDO, BR2...COINCIDO EXACTAMENTE CON TU OPINION.... [/quote] [b]Es que eso hace la UABC....lo ponen a uno a estudiar con la guía espiritual de algunos maestros de filosofía.....jajaja (bueno, pero no se si estuviste en el Tec...no quiero meter la pata).. Un saludo!!![/b]

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