Foros |
Inicio » Búsqueda » Mensajes de Lumin Oso
Autor | Mensaje |
---|---|
Tópico: NO PUEDO RENOVAR LA FIEL | |
Lumin Oso Mensajes: 11 |
![]() |
Bueno, al SAT nadie lo sanciona por sus ocurrencias y desestabilizaciones con costos a cargo de los contribuyentes, porque a veces lo que no funciona es su portal y a veces afectan las configuraciones que tenemos; entonces, aquí otra de mis ocurrencias hasta que algo funcione. Quizás si te envío el Certifica y lo abres, a lo mejor funciona. Aquí uno de mis 499 correos: contabilink@hotmail.com | |
Tópico: NO PUEDO RENOVAR LA FIEL | |
Lumin Oso Mensajes: 11 |
![]() |
Intenta con la de 32 y si no funciona pues con la de 64 | |
Tópico: Exención artículo 182 RLISR | |
Lumin Oso Mensajes: 18 |
![]() |
En tu primer mensaje, en el punto 3 dices que el patrón no presentó declaración, luego entonces ¿en base a que se originó la 'invitación'?, supongo que eso es consecuencia de la expedición del CFDI por finiquito y durante el mismo periodo mensual ya activo con el segundo patrón. Y supongo también que ese hecho el SAT a su criterio lo está considerando 'empleadores simultáneos' que implican la obligación de 'Declaración Anual'. El SAT es la 'autoridad' y ese es el problema. Por lo anterior tendrás que definir el plan a seguir. 1.- Aclarar y convencer al SAT de que no estas obligado a declarar( y pagar), ya sea mediante el portal o presencial (no veo muchas posibilidades de convencerlos). 2.-Recurrir al apoyo de la Prodecon para conocer su criterio y si es posible no declarar. 3.-Si un patrón no declaró, entonces según la información del DeclaraSAT no te debería resultar alto impuesto, ¿o sí? 4.-Otra opción es no atender la invitación y esperar a que no haya requerimientos. 5. Declarar y pagar lo que corresponda, total, esa contribución será debidamente invertida en 'casas en manlinalco' o 'casas blancas'. Digo, son opciones... [i]Editado: Agosto 08, 2017 17:11:10[/i] | |
Tópico: Exención artículo 182 RLISR | |
Lumin Oso Mensajes: 18 |
![]() |
La información que planteas no es suficiente para entender la razón de dicha invitación del SAT. Habría que revisar el texto de la invitación, además, revisar la Constancia de Situación Fiscal y/o confirmar que no hayas tenido durante ese año otras obligaciones como, actividades empresariales y profesionales o dividendos, o revisar que durante el ultimo mes con un patrón haya sido el mismo mes con el siguiente patrón según lo declarado o las constancias. Asimismo, confirmar sí o no se recibieron pagos por honorarios o asimilados. Adicionalmente verificar y confirmar la existencia de CFDI nominas y considerar su contenido, de la revisión y análisis de todo lo anterior, se podrá confirmar la razón de dicha invitación. Si después de lo anterior, se puede establecer que no estas obligado a declaración anual conforme al Reglamento, podrías aclararlo al SAT. | |
Tópico: NEGATIVA DEL IMSS, A VIUDO PARA OBTENER PENSION | |
Lumin Oso Mensajes: 17 |
![]() |
El POST de vabdo es muy bueno, y bueno sería conocer si ya los encalmados de la JCA emitieron la nueva resolución y mejor aun si le otorgan la pensión. | |
Tópico: ¿Alguien utiliza el complemento de otros impuestos y derechos? | |
Lumin Oso Mensajes: 15 |
![]() |
roberbaeza: 'Aqui en Quintana Roo el ISN es impuesto trasladado (3%), ¿en Jalisco es retenido? ' Como es eso que el ISN es un impuesto trasladado?, es el impuesto sobre nominas verdad?, es acaso el único Estado del país que lo tiene?, sabía que en 2 o 3 Estados era retenido a trabajadores subordinados, pero hasta ahí. Por fas, me podrías orientar que artículo y Ley lo mencionan, es solo para mi conocimiento general porque si me ha resultado una sorpresa Gracias | |
Tópico: NEGATIVA DEL IMSS, A VIUDO PARA OBTENER PENSION | |
Lumin Oso Mensajes: 17 |
![]() |
Para efectos de continuidad... El día de ayer fue publicada en el portal de una revista de circulación semanal una nota titulada con lo siguiente: 'El IMSS niega a ocho viudos trámite para solicitar pensión ' | |
Tópico: Constitución de A.R. | |
Lumin Oso Mensajes: 6 |
![]() |
Como no conozco ese tipo de trámites, pues solo coopero con 'cualquier comentario' y espero sirva mientras llegan los refuerzos. Busca en el portal de la Secretaría de Gobernación y también revisa la siguiente liga: http://www.asociacionesreligiosas.gob.mx/en/AsociacionesReligiosas/Tramite_7 | |
Tópico: IVA DE UNA IGLESIA | |
Lumin Oso Mensajes: 13 |
![]() |
Bien, muchas gracias por lo comentado y ampliado. También me queda claro que nos es la actividad la compra venta de automóviles por parte de la A.R., sería bueno conocer debidamente especificado el fundamento del SAT, aunque se que eso no será posible pues mas bien eso es parte de la confusión. Me quedo, por lo ya comentado, que es una operación exenta. Hasta la vista. | |
Tópico: IVA DE UNA IGLESIA | |
Lumin Oso Mensajes: 13 |
![]() |
Upsssss, pero que barbaridad!!, digo, finalmente lo que impera es la Ley del Monte, y eso es lo típico y cotidiano y el fundamento aplicado para diversas atrocidades; pero y entonces para que está esa Ley del IVA y su articulo 9 Fracc. IV. Está claro que es una operación EXENTA de IVA. Sí está vigente el oficio a que hace referencia a_cano, pero dicho oficio en ninguna parte menciona ni OBLIGA a gravar con IVA dicha operación, pues se trata de un BIEN MUEBLE enajenado por una PERSONA MORAL SIN ACTIVIDADES EMPRESARIALES. Reitero, el oficio en ninguna parte obliga a aplicar IVA, ni siquiera en la Sección B. Revísenlo bién. Dices 'NO ESTABA MUY CONVENCIDO EL CONTADOR DE AHI PERO CON EVIDENCIA ', 'Y YA. COMPRENDIO AL FINAL' ¿Cuál evidencia? , ¿Cuál comprendió? , será mas bién que se 'confundió'. Además mencionas 'SI LE COBRAMOS IVA. ESA FUE LA DECISION FINAL' ¿Lo pagaron o lo cobraron?...que lío. Saludos [i]Editado: Julio 24, 2017 14:51:45[/i] [i]Editado: Julio 24, 2017 15:01:09[/i] [i]Editado: Julio 24, 2017 15:08:33[/i] |
Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36