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Tópico: Sin ingresos por actividad empresarial se puede deducir una factura de gastos
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2015 12:59:54 Asunto: Re: Sin ingresos por actividad empresarial se puede deducir una factura de gastos
Lo mas importante, es que el tema inicial haya quedado resuelto con las diversas respuestas; compañero ALLENDE, yo se que sabías la respuesta desde el inicio. Es bueno que cuando nos apoyemos en los FOROS, encontremos la ayuda y la disposición de compartir las posibles soluciones. Saludos a todos
Tópico: Sin ingresos por actividad empresarial se puede deducir una factura de gastos
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 02, 2015 12:06:33 Asunto: Re: Sin ingresos por actividad empresarial se puede deducir una factura de gastos
Cierto, presentas declaraciones mensuales para ISR con deducciones y 0 impuesto a pagar, para IVA con saldo a favor y la DIOT con datos.
Tópico: Normas de Informacion Financiera
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 02, 2015 11:58:50 Asunto: Re: Normas de Informacion Financiera
Ni te dejes intimidar, ni te dejes confundir; Cierto que existen bases y reglas para diversos temas, para la contabilidad, para lo fiscal y para lo financiero y las NIF son eso, Normas de Información Financiera. Cuando sea necesario, así deberán aplicarse. Para efectos contables y fiscales, puedes apoyarte en el penúltimo párrafo de la Regla 2.8.1.4 de la RMF 2015 Para los efectos de esta regla se entenderá que la información contable será aquella que se produce de acuerdo con el [b][u]marco contable que aplique ordinariamente el contribuyente [/u][/b]en la preparación de su información financiera, o bien, el marco que esté obligado aplicar por alguna disposición legal o normativa, entre otras, las Normas de Información Financiera (NIF), los principios estadounidenses de contabilidad “United States Generally Accepted Accounting Principles” (USGAAP) o las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS por sus siglas en inglés) y en general cualquier otro marco contable que aplique el contribuyente. El marco contable aplicable deberá ser emitido por el organismo profesional competente en esta materia y encontrarse vigente en el momento en que se deba cumplir con la obligación de llevar la contabilidad.
Tópico: UBER: Sistema de transporte
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 19, 2015 09:59:46 Asunto: Re: UBER: Sistema de transporte
Alguien tiene factura expedidas: a USUARIO (pasajero) por parte del transportador a UBER por el transportador a TRANSPORTADOR por UBER Ojala me pudieran facilitar copias para analizar como se están expidiendo y el asunto de los impuestos ya que hay un par de personas que están en tramites de involucrarse con Uber. Mi correo: contabilink@hotmail.com Agradezco de antemano si por favor pudieran compartirme esa información. Gracias [i]Editado: Junio 19, 2015 10:01:12[/i]
Tópico: Es obligatorio identificar de donde vienen los pagos de las facturas?
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2015 11:31:50 Asunto: Re: Es obligatorio identificar de donde vienen los pagos de las facturas?
RMF 2015 DOF 30-12-2014 2.7.1.31. Para los efectos del artículo 29-A, fracciones I y VII, inciso c) del CFF, los contribuyentes podrán incorporar en los CFDI que expidan, la expresión NA o cualquier otra análoga, en lugar de los siguientes requisitos: I. Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR. II. Forma en que se realizó el pago. Los contribuyentes también podrán señalar en los apartados designados para incorporar los requisitos previstos en las fracciones anteriores, la información con la que cuenten al momento de expedir los comprobantes respectivos. CFF 29-A Luego entonces, el NA y No identificado, sí jalan; [i]Editado: Mayo 25, 2015 11:34:09[/i]
Tópico: Operaciones mayores 100,000 efectivo
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 08, 2015 13:42:38 Asunto: Re: Operaciones mayores 100,000 efectivo
Una tema son las operaciones relevantes, otro las actividades vulnerables y otro las operaciones en efectivo, me encontraba confundido; para el primer caso me parece que no encuadras y no tienes que informar pero verifícalo con el Formato 76 y el anteproyecto de Modificación de la 2da RM de la RMF, en cuanto a las Actividades Vulnerables me parece que tampoco te aplica, verificalos en el Art 17 de la Ley Antilavado. En cuanto a los pagos en efectivo me parece que si te aplica y debes informarlo, verificalo en la LISR Art. 76, Fracc. XV http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/tramites/declaraciones_pagos_garantias/Paginas/ficha_1_isr.aspx [i]Editado: Mayo 08, 2015 13:43:40[/i] [i]Editado: Mayo 08, 2015 13:44:39[/i] [i]Editado: Mayo 08, 2015 13:48:21[/i] [i]Editado: Mayo 08, 2015 13:52:56[/i]
Tópico: PM REGIMEN GENERAL PM REGIMEN COORDINADOS
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 05, 2015 18:48:18 Asunto: Re: PM REGIMEN GENERAL PM REGIMEN COORDINADOS
Opino que deberás enviar un Caso de Aclaración por medio de 'Mi Portal' del SAT, describiendo lo que señalas y solicitando se actualice y modifique la información de cumplimiento. Seria recomendable señalar la fundamentación y anexar los documentos que amparen del cambio a 'Régimen de Coordinados' incluyendo la RMF correspondiente y la Resolución en donde te aceptaron el cambio a Coordinados.
Tópico: NO ENCUENTRO EL REGIMEN DE ACT AGRICOLAS, GANADERAS..... EN DECLARASAT
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 29, 2015 09?? Asunto: Re: NO ENCUENTRO EL REGIMEN DE ACT AGRICOLAS, GANADERAS..... EN DECLARASAT
Mira pues, te podría compartir una brevísima guía que te va ayudar, envíame un correo o dime el tuyo. Aunque cuando pongo esto casi nunca lo hacen, será que se espantan, contabilink@hotmail.com
Tópico: Retiro de AFORE por jubilacion
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 14, 2015 15:34:07 Asunto: Re: Retiro de AFORE por jubilacion
Me interesaría verificar como se aplica en la Dec Anual, ojala me pudieras enviar escaneada la constancia de la afore, solo borra el rfc y nombre del pensionado. Por otra parte, te podre enviar una guía que tal vez te sea útil aunque es de hace varios años. Mi correo es contabilink@hotmail.com
Tópico: Causan Iva las comisiones que paga pronosticos a sus expendedores
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 29, 2015 11:04:28 Asunto: Re: Causan Iva las comisiones que paga pronosticos a sus expendedores
RMF 2015 DOF: 30-12-2014 No pago del IVA por la enajenación de billetes y demás comprobantes para participar en loterías o quinielas deportivas 4.2.2. La enajenación de billetes y demás comprobantes que permitan participar en loterías o quinielas deportivas que llevan a cabo la Lotería Nacional para la Asistencia Pública y Pronósticos para la Asistencia Pública, así como sus comisionistas, subcomisionistas, agentes y subagentes, queda comprendida en el supuesto previsto por el artículo 9, fracción V de la Ley del IVA. LIVA 9 Esa es la fuente de la exencion del IVA en las comisiones y hasta ahora todos los criterios que he visto o leido asi lo interpretan y asì se aplica. No obstante, te soy franco, yo entiendo que se establece 'La enajenacion de billetes y demas comprobantes...que LLEVEN A CABO la LOTERIA NACIONAL, asì como sus COMISIONISTAS, SUBCOMISIONISTAS, AGENTES y SUBAGENTES...' pero, no se señala especificamente los ingresos por comisiones.

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