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Tópico: Compensación
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 05, 2018 17:45:20 Asunto: Re: Compensación
Como veo, doy; 2016 O sea, según lo que leo, estas obligado a presentar el Aviso.
Tópico: Aplicativo MI CONTABILIDAD flujo de efectivo PM
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 19, 2018 12:26:37 Asunto: Re: Aplicativo MI CONTABILIDAD flujo de efectivo PM
Bien, veo que has estado dando seguimiento y muy pendiente de tu post. Esperemos funcione. Saludos
Tópico: Aplicativo MI CONTABILIDAD flujo de efectivo PM
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 19, 2018 00:36:28 Asunto: Re: Aplicativo MI CONTABILIDAD flujo de efectivo PM
No estoy convencido que el sistema (aplicación) este debidamente adecuado y en ocasiones ni siquiera funciona correctamente, Además dudo que no te aplique el IVA en algún caso, pero suponiendo que así es, en mi opinión debes hacer lo siguiente: 1.- Ingresas en 'Mi Contabilidad', 'desmarcas' la obligación de IVA y sigues. En 'Detalle de gastos' en la parte baja hay un 'botón verde' 'Agregar Gasto' le das click y llenas la información listando en el 'SUBTOTAL' el importe TOTAL incluyendo IVA. Esto por cada uno de los comprobantes de gasto. 2.-Para gastos de nomina, ahí mismo mas abajo hay una sección de 'Sueldos y salarios del mes', tiene campos para gastos de nomina, ISR retenido y subsidio al empleo pagado, ahí listas esa información (el total del mes en cada campo). Solo asegúrate de que al determinar los resultados sean los que has determinado en tus papeles de trabajo ANTES de ENVIAR la declaración. Esto último porque en ocasiones la información no se carga o no se procesa bien, me ha ocurrido que a veces la información se normaliza después de varios intentos o inclusive días después. Espero sea de utilidad [i]Editado: Febrero 19, 2018 00:38:33[/i]
Tópico: OPCION DE ACUMULACION DE INGRESOS- DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS
Lumin Oso

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 06, 2018 19:17:22 Asunto: Re: OPCION DE ACUMULACION DE INGRESOS- DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS
Ahí mismo, dentro de 'Mi Contabilidad', menú 'Otros conceptos y obligaciones', submenú 'Periodos anteriores a 2017'
Tópico: Declaración anual de una persona física (maestro con plaza federal)
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 29, 2018 13:07:17 Asunto: Re: Declaración anual de una persona física (maestro con plaza federal)
A los maestros les aplica igual la LISR, por lo cual, los ingreso gravados, ingresos exentos y tarifas son las que ahí se establecen. En algunos casos, este tipo de patrones han aplicado criterios muy subjetivos en cuanto a retención, pero eso es en lo laboral y no hay para ISR ninguna exención especial fuera ley o reglamento. Aunque no mencionas el ejercicio, si tu calculo está correcto, entonces es ISR a cargo. Revisa la regla 3.17.12., de la RMF y a lo mejor ahí te encuentras el final del arcoíris. [i]Editado: Enero 29, 2018 13:08:00[/i]
Tópico: Recagos 2018
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 26, 2018 23:42:41 Asunto: Re: Recagos 2018
Por lo planteado, es de suponer que es un RFC cuyo sexto digito numerico es 9 o 0 y de acuerdo al Decreto de beneficios fiscales le aplican despues del dia 17 cinco dias habiles para no pagar recargos. Por ello no se estan aplicando aun recargos de Enero 2018. Seguramente si hicieras la complementaria el dia 25, ya te aplicaria la tasa para Enero 2018.. [i]Editado: Enero 26, 2018 23:48:07[/i]
Tópico: Sueldo y Asimilado a Salario. La misma persona
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 22, 2018 16:06:01 Asunto: Re: Sueldo y Asimilado a Salario. La misma persona
Uyy no, ¿por que?, si esta por salarios pues un solo recibo por ese concepto, una cosa es el salario para efectos fiscales y otra el SBC para efectos de IMSS.
Tópico: Facturando con 3.3
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 20, 2017 16:54:29 Asunto: Re: Facturando con 3.3
Para hacer lo que pide el cliente, por ahora y hasta el 31, solo puedes hacerlo mediante CFDI 3.2, pero hasta ahí. Y aunque el CFDI 3.2 en los últimos tiempos los sistemas y costumbre permitían aplicar el método de pago Trasferencia o Cheque aun y cuando no estuviera pagada la operación, eso no era el criterio del SAT según sus reglas, ya que lo apropiado debería ser NA para todo lo no pagado al momento de elaborar el CFDI.
Tópico: Trabajador con dos patrones: pago de cuotas
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 15, 2017 10:37:30 Asunto: Re: Trabajador con dos patrones: pago de cuotas
'gracias, pero'? , uhh creo que no ha leído apropiadamente el contenido del mensaje, bueno, la respuesta a lo planteado está ahí.
Tópico: Trabajador con dos patrones: pago de cuotas
Lumin Oso

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 13, 2017 13:13:57 Asunto: Re: Trabajador con dos patrones: pago de cuotas
Tal vez lo siguiente sea de utilidad: IMSS: RACERF ARTÍCULO 49. Cuando un trabajador preste servicios a varios patrones y la suma de los salarios rebase el límite superior establecido en el artículo 28 de la Ley, a solicitud por escrito de cualquiera de éstos, el Instituto autorizará a que cubran la parte proporcional de cuotas que les corresponda, de acuerdo con la fórmula siguiente: Se dividirá el tope de cotización entre la suma de los salarios reportados al Instituto por los patrones; el cociente se multiplicará por cada uno de los salarios reportados y el resultado será la base de cotización para cada uno de ellos. http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02038b

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