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Tópico: SUELDO COMPLETO Y SEGURIDAD SOCIAL ?
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Abril 21, 2020 12:03:11 Asunto: Re: SUELDO COMPLETO Y SEGURIDAD SOCIAL ?
Dices: 'el Gobierno Federal esta Obligando a pagar el salario Completo', no encuentro el fundamento oficial de tal afirmación, ojalá pudieras compartirlo.
Tópico: Abril 13, 2020, cambian estatus de devoluciones PF
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 14, 2020 11:08:37 Asunto: Re: Abril 13, 2020, cambian estatus de devoluciones PF
Yo tengo otros datos, y no, nada ha cambiado, ni se ha corregido ni se ha modificado.
Tópico: DECLARACION ANUAL PERSONAS FISICAS EMPLEADOS IMSS
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 13, 2020 12:47:54 Asunto: Re: DECLARACION ANUAL PERSONAS FISICAS EMPLEADOS IMSS
A ver, conozco dos casos de nivel enfermería del IMSS y sus retenciones están correctas, quedando un resultado cero de impuesto, es decir, ni a cargo ni a favor. Solo observo que las Aportaciones Complementarias al SAR no están ni reportadas ni aplicadas en la información del Portal, aunque sí están en los CFDI nóminas. Desde el 1 de abril se han detectado fallas en el funcionamiento de la aplicación, al grado que desde mediados de semana trascendió que el SAT iba a reprocesar la información y a corregir las fallas, lo que se confirmó desde el jueves, ya que al tratar de consultar el estatus de devoluciones aparecía un mensaje indicando que el sistema estaría disponible hasta hoy 13 de abril, hoy ya no aparece ese mensaje. No obstante, lo que yo menciono del SAR no se ha corregido, es incierto si habrán corregido su 'relajo'. Sugiero te asegures de realizar los cálculos correctamente.
Tópico: ¿Dónde Consultar Dev ISR Personas Fisicas?
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 06, 2020 13:55:33 Asunto: Re: ¿Dónde Consultar Dev ISR Personas Fisicas?
Oh sí, es cierto, ¡pues es que me lo esconden! Muchas gracias
Tópico: ¿Dónde Consultar Dev ISR Personas Fisicas?
Lumin Oso

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 06, 2020 12:57:04 Asunto: ¿Dónde Consultar Dev ISR Personas Fisicas?
Buenos Días: ¿Alguien sabe donde consultar en el Portal SAT el estatus de solicitud de Devolución Automática de ISR?, no lo localizo y para colmo no encuentro habilitado el Chat Uno a Uno o dónde localizar a la señorita Buenrostro (o Malacara según se vea) para preguntarle. Gracias por sus comentarios.
Tópico: INGRESO POR HERENCIA EN EFECTIVO
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 01, 2020 23:38:15 Asunto: Re: INGRESO POR HERENCIA EN EFECTIVO
Bueno, me parece que lo escribí claro, aunque parezca necio. Y mira, percibo que legalgdl es abogado y comenta de manera mas formal y técnica. Falta información y posiblemente tu la conoces, por ejemplo: desde cuando tiene tu cliente ese dinero y donde lo tiene, parece obvio que no en el banco. Darle entrada al banco sin tener el debido soporte de su origen puede traer dolores de cabeza , lo que he planteado es solo analisis y prudencia previas. ¿Es eso tan dificil?. Si aún no te parece claro, existe el 'Mensajero' [i]Editado: Abril 01, 2020 23:42:21[/i]
Tópico: INGRESO POR HERENCIA EN EFECTIVO
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 01, 2020 11:44:54 Asunto: Re: INGRESO POR HERENCIA EN EFECTIVO
'Nada es absoluto, todo es relativo'. Dices: 'Yo le comente que no debe tener miedo y depositar dicho dinero en su cuenta y para la declaración de 2020' Un millón puede parecer mucho o puede parecer poco, todo depende de las circunstancias existentes, meterse a un berenjenal debería valorarse antes de hacerlo. Lo que le comentas a tu cliente pudiera parecer lo correcto, pero pudiera ser muy precipitado y quizás muy imprudente. ¿Es necesario el abogado?, ¿Cuánto va a costar?, ¿Resultará productiva y apropiada la gestión?. Lo dudo, considero que debería analizarse con mayor detenimiento la situación y proceder en consecuencia. Yo no recomendaría y mucho menos haría lo que planteas, lo cual no significa que ésta decisión fuera incorrecta. No obstante, es decisión de cada participante, proveedor o cliente.
Tópico: PAGO DE DAñOS ASEGURADORA
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 12, 2020 15:09:02 Asunto: Re: PAGO DE DAñOS ASEGURADORA
Pudieras consultar la LISR Art. 93, Fracc. XXV y Art. 157 Reglamento LISR y tal vez encuentres algo.
Tópico: Diferencia en IMSS EN FEBRERO Sua y linea de sipare
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 09, 2020 14:17:01 Asunto: Re: Diferencia en IMSS EN FEBRERO Sua y linea de sipare
Verifica que en el SUA tengas actualizados los salarios mínimos y la UMA
Tópico: Retención del 6%???
Lumin Oso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2020 12:17:10 Asunto: Re: Retención del 6%???
La PROPUESTA de la REFORMA tuvo su ORIGEN en la SHCP, de la cual es parte el SAT. Es decir, en su origen la retención del 6% según la fracción IV, del Art. 1-A, deriva de [u]la intención de aplicarse a los servicios de subcontratación (outsourcing). [/u] Luego, durante el proceso legislativo., la fracción IV del Art. 1-A, quedó tal como está, es decir, [u]confusa[/u], porque [u]no señala específicamente que aplique para todos los servicios (independientes)[/u] de manera general. Porque[u] si esa hubiera sido la intención[/u], simplemente agregando tres palabras pudieron haberlo hecho modificando la Fracc. II., pero esto último no ocurrió. En virtud de la confusión y desconcierto generalizado, el SAT pretende suplantar a los legisladores y emite un Criterio Normativo de manera unilateral y subjetiva, con una interpretación a su conveniencia, SIN RESPETAR LAS JERARQUIAS con su criterio, SIN RESPETAR el ORIGEN DE LA PROPUESTA y en la argumentación minimiza y desacredita el tema de la SUBCONTRATACION que tiene su origen en la misma SHCP. La aclaración con el Criterio Normativo “cantinflesco” y cinco Preguntas y Respuestas de “marras”, a manera de ejemplo, no sirven para dejar apropiadamente claro y justamente fundamentado el tema. Por lo expuesto, considero que dicha retención solo aplica exclusivamente para los casos en que sí “se ponga personal a disposición del contratante”. El asunto parece tener un objetivo perverso desde su origen, pasando por los legisladores dejando la ambigüedad a “ver quien se la traga”, pero lo que es peor, es que algunos contribuyentes sumisos, timoratos o con paranoia, se comporten dóciles al SAT. Ya parece que cuando yo contrate al que impermeabiliza, al plomero o al electricista y vienen con sus trabajadores los voy a poder correr nada más porque “eso dice el SAT”, pues no, no es así; no están a mi disposición. Es mi opinión, PROPUESTA DE REFORMA PARA 2020 (EXTRACTO) Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter por su digno conducto, ante esa Honorable Asamblea, la presente Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación, al tenor de la siguiente … 2. Retención del IVA en subcontratación laboral. El artículo 1o.-A de la Ley del IVA prevé diversos supuestos en los que los contribuyentes que reciben el traslado del IVA en la adquisición de bienes o servicios están obligados a efectuar la retención de dicho impuesto y a enterarlo a las autoridades fiscales, por cuenta de quienes les enajenan los bienes, les prestan los servicios o les otorgan el uso o goce temporal de bienes. … Ahora bien, en la[u] actualidad es práctica común de las empresas contratar a otras empresas que ofrecen servicios de subcontratación laboral (outsourcing[/u]), con el fin de lograr mayor eficiencia en sus procesos. … [u]Por ello, se propone adicionar una fracción IV al artículo 1o.-A de la Ley del IVA[/u], con el fin de establecer la obligación de los contribuyentes contratantes de los servicios de subcontratación laboral en términos de la legislación laboral de calcular, retener y enterar, ante las autoridades fiscales, el impuesto causado por dichas operaciones. Con ello, se asegurará el pago del IVA y, en consecuencia, será procedente el acreditamiento del impuesto que le fue trasladado al contratante, toda vez que conforme a la mecánica establecida en la Ley, primero debe efectuarse el entero de la retención y posteriormente llevar a cabo su acreditamiento. CRITERIO NORMATIVO (EXTRACTO) 46/IVA/N Retención del 6% al impuesto al valor agregado a que se refiere la fracción IV del artículo 1o-A de la Ley del IVA … En este sentido, [u]aun y cuando en el proceso legislativo que dio origen a la reforma al artículo 1o-A, fracción IV[/u] de la Ley del IVA[u] inicialmente se hacía mención [/u]a la retención del impuesto respecto de los [u]servicios de subcontratación laboral [/u]a que se refiere la Ley Federal del Trabajo, durante la dictaminación efectuada por la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados se eliminó tal referencia y el precepto fue aprobado en esos términos, por lo que, [u]para efectos fiscales, debe tenerse que, los servicios objeto de retención son los que se describen en el citado precepto[/u], es decir, [u]todos aquellos en los que se pone a disposición del contratante[/u] o de una parte relacionada de éste, personal que, esté o no bajo su dirección, supervisión, coordinación o dependencia, e independientemente de la denominación que se le dé a la obligación contractual. [i]Editado: Febrero 27, 2020 12:22:15[/i] [i]Editado: Febrero 27, 2020 12:24:51[/i] [i]Editado: Febrero 27, 2020 12:29:50[/i]

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