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Autor | Mensaje |
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Tópico: DECLARACION DE RIESGO DE TRABAJO ENVIADA INDEBIDAMENTE | |
bandido07 Mensajes: 12 |
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Recomendable, sea aclarada directamente en la subdelegación, | |
Tópico: Nuevo trabajador con Cancer IMSS | |
bandido07 Mensajes: 8 |
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Prepara toda tu documentación, seguro el imss va a 'verificar' que realmente sea trabajador | |
Tópico: Consultas reales y concretas al amparo del articulo 34 del CFF ¿Obligatorias para terceros? | |
bandido07 Mensajes: 3 |
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Considero, no por ser Autotransportes de Carga Federal, tus clientes puedan recibir un comprobante fiscal que no venga la cantidad, ni unidad de medida, Para que tu cliente tuviera certeza, cada uno debería de solicitar una consulta real y concreta. Yo tengo ese mismo problema con mis proveedores de fletes, considero, que si es más fácil cambiar tus comprobantes, a que tus clientes puedan tener problemas en un futuro, ¿porqué no mejor las cambias? | |
Tópico: Reforma Fiscal 2014 Proponer IDE a TODOS los depositos en General | |
bandido07 Mensajes: 5 |
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Espero que el IDE a todos los depósitos sea una broma, posiblemente se refiera a TODOS los de efectivo | |
Tópico: Utilidad fiscal anual de una persona fisica | |
bandido07 Mensajes: 6 |
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PF puede hacer lo que guste con sus utilidades, | |
Tópico: REQUERIMIENTO POR AVISO DE COMPENSACION ISR RET POR SALARIOS | |
bandido07 Mensajes: 5 |
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deberás de presentar complementaria del aviso de compensación, ó en su caso, presentar un nuevo aviso de compensación como NORMAL, para aplicarlo a tu pago provisional NORMAL que te faltó enviar aviso si presentas complementaria del pp que se te olvidó, no te salvas de presentar la compensación de la NORMAL, por lo cual NO TIENE CASO PRESENTAR COMPLEMETARIA DEL PP | |
Tópico: PAGO CFDI EN FECHA DISTINTA A LA EMISION | |
bandido07 Mensajes: 3 |
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si el cfdi y el pago está dentro del mismo mes, no tendrás ningun problema, puesto que los impuestos se calcuan por mes. cuando estén en meses distintos (el pago en un mes y el cfdi en otro) puede haber una errónea intepretación de las fechas de deducción | |
Tópico: Compra de auto con un prestamo. | |
bandido07 Mensajes: 6 |
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1. al ser una empresa dedicada al sector financiero la que te presta, es suficiente el contrato que se haga con esa empresa para demostrar que lo depositado como 'préstamo' es efectivamente 'préstamo'., 2. Al ser una PF Asalariado, efectivamente , no te puede facturar, las reglas para poder deducir te los expusieron anteriormente 3. Al ser un bien mueble vendido por PFasalariado , no se grava IVA, pero podrás deducirlo para ISR con depreciacion, iniciando de ceros, para IETU lo deduces inmeditamente y totalmente [i]Editado: Enero 21, 2013 08:54:02[/i] | |
Tópico: arrendador PF opta por el articulo 186 del reglamento para el pp de diciembre ¿como llenarlo en el DYP? | |
bandido07 Mensajes: 3 |
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En este caso, sí está la obligación de pp mensuales, de enero a noviembre los presento de manera ordinaria (sin considerar los ingresos, deducciones, retenciones,pagos efectuados con anterioridad), pero en diciembre aplico el beneficio del artículo que marca el artículo 186 del reglamento del ISR, donde aplico el pago provisional como si se tratara de persona física con actividad empresarial, originándome un ajuste y evitando excesivos pagos de ISR o IETU, Pero al entrar a Pago Referenciado no veo ninguna opción que me permita aplicar el beneficio del mencionado artículo, hablé al SAT y solo me digeron que puedo hacer el cálculo manual y poner mi impuesto determinado, pero es obvio que ese procedimiento me va a generar posibles requerimientos del SAT al ver que los datos no cuadran con lo pagado,, | |
Tópico: Carta Invitandote a registrar a los trabajadores con salarios mayores a 2 salarios minimos | |
bandido07 Mensajes: 4 |
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si lo que le pagas está correcto, entonces no te preocupes, pero, analizando tus conceptos de salarios ten MUCHO CUIDADO con lo siguiente [color=red]premios por asistencia premios por puntualidad [/color] Estos conceptos, que además de tener un límite para que no sean gravados por el IMSS, DEBES de tener un soporte de como lo determinas, en pocas palabras, debes de tener una lista de asistencia, debidamente firmada por el trabajador, y que el premio corresponda realmente a que el traabjador asistió puntualmente toda la semana y no tuvo faltas, de lo contrario, el IMSS invarlablemente te lo considerará parte de su salario, y te cobrará el imss de esos dos conceptos |
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