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Tópico: RIF supera 2000 000.00,
bandido07

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2015 13:16:17 Asunto: Re: RIF supera 2000 000.00,
hola Lumin Oso, si es claro, que deba de cambiar obligaciones fiscales al mes siguiente de exceder el límite, al igual, para el pago de los impuestos en términos del Régimen General, pero no me deja claro, si en el mes en que cambie de régimen, deba de acumular la totalidad de los ingresos que va en el ejercicio
Tópico: RIF supera 2000 000.00,
bandido07

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2015 09:44:11 Asunto: RIF supera 2000 000.00,
Este problema de que los RIF superan los 2000 000.00 seguro muchos lo tienen El planteamiento que me hago es, que al cambiar a Régimen General, a mediados del año ¿como deberán de acumular los ingresos?, a partir de enero ó a partir del cambio de régimen No encuentro en la Ley nada que me indique como hacerlo, tampoco ningún criterio que me sustente. Alguno tiene algún criterio emitidos por la autoridad para estos casos? gracias
Tópico: FACTURAS RFC ERRONEO PERO SE PAGO CON TRANSFERENCIA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 27, 2015 12:17:28 Asunto: Re: FACTURAS RFC ERRONEO PERO SE PAGO CON TRANSFERENCIA
No existe otra opcón, deben de corregirtela
Tópico: Visita domiciliaria y requerimiento de obligaciones omitidas simultaneos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 25, 2015 11:31:30 Asunto: Re: Visita domiciliaria y requerimiento de obligaciones omitidas simultaneos
No te multarán dos veces por lo mismo, salvo, que no presentes tus declaraciones antes de los 15 días
Tópico: vender/comercializar macetas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2015 12:31:03 Asunto: Re: vender/comercializar macetas
Para poderte ayudar, ocuparías el aproximado de tus ingresos anuales Si no quieres pagar impuestos (salvo iva), podría ser RIF
Tópico: Duda con la forma 32 d Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales (IETU anual genérico)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2015 12:27:10 Asunto: Re: Duda con la forma 32 d Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales (IETU anual genérico)
Puedes presentar una aclararación mediante mi portal, enviarías el comprobante de la presentación Para que te agilicen la aclaración (dura entre 3 y 5 dias), debes de presentarla tal y como te lo indican te envio una liga que te ayudará como aclarar, dependiendo del caso http://www.conaculta.gob.mx/recursos/finan_proy_cult/efiteatro/Procedimiento-para-obtener-32-D.pdf
Tópico: Operación quirúrgica de un empleado
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 10, 2015 19:44:07 Asunto: Re: Operación quirúrgica de un empleado
Si lo das de baja, y después de alta, solo para que reciba atención médica, segurito te cae revisión de este caso, Yo no lo daría de baja Si lo vas a dar de baja., importante, que a donde vaya a laborar lo den de alta
Tópico: DESCUENTO INFONAVIT PARA SALARIO MINIMO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 01, 2015 07:59:05 Asunto: Re: DESCUENTO INFONAVIT PARA SALARIO MINIMO
yo descontaría lo que marca el aviso de retención, y que el trabajador acuda al infonavit para que le bajen la cuota Si le descuentas un importe menor, aun sin embargo, que tengas razón, serán actos de molestia y mucho desgaste, además Sugiero, descontar lo que el aviso te marca, y mandar al trabajador al infonavit para que gestione una disminución de su cuota
Tópico: DICTAMEN FISCAL ES OPCIONAL PARA P.FISICAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2015 20:41:27 Asunto: Re: DICTAMEN FISCAL ES OPCIONAL PARA P.FISICAS
Dictamen ya murió, salvo que tengas ingresos del 2014 mayores a 500 000 000 y solo puedes optar a dictamen, si tus ingresos son mayores a 100 000 000 en 2014 http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/dictamen_fiscal_info_alternativa/Paginas/obligados_dictaminarse_2011.aspx
Tópico: AYUDA CON PEQUEÑA CONSTRUCTORA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 28, 2015 19:39:25 Asunto: Re: AYUDA CON PEQUEÑA CONSTRUCTORA
1. Debes de comprobarle que tienes actividad empresarial y que tú vas a pagar tus impuestos 2. Al ser PF y dedicarte a la construcción y venta de casas , los terrenos PAGADOS sí son deducibles, sí deben de darte además de la escritura, el CFDI por la venta del terreno, en caso de que quien te venda no tenga actvidad empresarial (que se dedique a la venta del terreno), el notario deberá de entregarte un CFDI 3 La escritura por sí sola, no es suficiente para deducir 4 Al vender la casa Sí debes de dar CFDI En construcción, lo difícil no es el tratamiento fiscal, sino el IMSS, debes de entregar al IMSS los SATICS, y segurito muchas auditorías por parte del IMSS

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