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Tópico: confusión en Ley contra el lavado de dinero, Enajenación de inmuebles
bandido07

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 04, 2013 12:45:05 Asunto: Re: confusión en Ley contra el lavado de dinero, Enajenación de inmuebles
Expuse que el criterio del sat es VERBAL, solo para corroborar que yo no esté equivocado, al ser VERBAL, no lo puedo considerar para efectos legales
Tópico: Arrendamiento, ley antilavado de dinero
bandido07

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 04, 2013 09:54:28 Asunto: Re: Arrendamiento, ley antilavado de dinero
Por supuesto que me refiero a una operación de un mismo cliente, ya me quedó clara la idea con el criterio que el sat expuso en https://sppld.sat.gob.mx/pld/interiores/arrendamiento.html Conclusión, lo identifico, una vez que llegue al monto acumulado en seis meses,presento AVISO,
Tópico: confusión en Ley contra el lavado de dinero, Enajenación de inmuebles
bandido07

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 04, 2013 09:24:08 Asunto: confusión en Ley contra el lavado de dinero, Enajenación de inmuebles
Tengo la siguiente confusión, relativo a la enanjenación de inmuebles, El sat en su criterio verbal https://sppld.sat.gob.mx/pld/interiores/inmuebles.html menciona claramente que cuando quien realice dichas actividades lleve a cabo una operación en efectivo con un cliente por un monto igual o superior al equivalente a ocho mil veinticinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal ($519,699m.n.), Como leearán, claramente dice EFECTIVO, y efectivo, de acuerdo a al Real Academia Española significa : efectivo, -va adj. 3 Dinero en monedas o en billetes: pagar en efectivo. metálico. — s. m. pl. O sea, aviso cuando solo sean en EFECTIVO, ó aviso sin importar la forma de pago,
Tópico: CREDITOS COMERCIALES, LEY ANTILAVADO
bandido07

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 02, 2013 09:17:55 Asunto: CREDITOS COMERCIALES, LEY ANTILAVADO
Este lo considero mas preocupante, que el arrendamiento, y sugiero un tema a tratar Artículo 17 Ley antilavado IV.- El ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos, con o sin garantía, por parte de sujetos distintos a las Entidades Financieras. (umbral de aviso $103,939) (valor mensual para ser considerado como actividad vulnerable en 6 meses 17,323) reglamento ley antilavado Artículo 24.- Se tendrá por realizado el acto u operación, para efectos del artículo 17, fracción IV, de la Ley, cuando se lleve a cabo la suscripción del contrato, instrumento o título de crédito correspondiente. De acuerdo a este artículo, significa, que él otorgamiento de un crédito mensual (sin iva) por 17323, será considerado como actividad vulnerable en 6 meses, pero el reglamento artículo 24 menciona que se tendrá por realizado el acto cuandose suscriba un contrato o título de crédito ¿singnifica que si no se hace ningún contrato, no se tipificaría como actividad vulnerable? Realmente, no existe ninguna empresa que no otorgue créditos por esos montos, y se caería en una carga exesiva para todos los contribuyentes, Ud. que opinan?
Tópico: Arrendamiento, ley antilavado de dinero
bandido07

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 02, 2013 09:08:33 Asunto: Arrendamiento, ley antilavado de dinero
Expongo mi caso Artículo 17 ley antilavado : XV. La constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles por un valor mensual superior al equivalente a un mil seiscientas cinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación. Serán objeto de Aviso ante la Secretaría las actividades anteriores, cuando el monto del acto u operación mensual sea igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal. Los actos u operaciones que se realicen por montos inferiores a los señalados en las fracciones anteriores no darán lugar a obligación alguna. No obstante, si una persona realiza actos u operaciones por una suma acumulada en un periodo de seis meses que supere los montos establecidos en cada supuesto para la formulación de Avisos, podrá ser considerada como operación sujeta a la obligación de presentar los mismos para los efectos de esta Ley. Es claro que arrendamiento con montos superiores a 1605 vsm MENSUALES son consideras como vulnerables, ahora, de acuerdo a lo que marca el siguiente párrafo, que menciona si las cantidades acumuladas por un periodo de 6 meses superan esos montos, entonces será actividad vulnerable, y tendré que informar la pregunta radica ¿también aplica a arrendamiento? de ser así, una renta mensual (sin iva) 34,646.50 llegará a ser vulnerable en un lapzo de 6 meses, ¿estoy correcto?
Tópico: como aplico el decreto a los contribuyentes de las zonas afectadas por lluvias severas durante septiembre de 2013.
bandido07

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 27, 2013 13:41:19 Asunto: como aplico el decreto a los contribuyentes de las zonas afectadas por lluvias severas durante septiembre de 2013.
Tengo duda sobre este decreto, ¿cómo lo aplico?, ¿tengo que avisar al SAT? ¿cómo entero el IVA y Retenciones? , ya que primero me dicen que NO PRESENTE MIS PAGOS PROVISIONALES, pero luego me dicen que lo entere en dos parcialidades en octubre y noviembre, osea, presento sí o no http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/noticias_boletines/33_25656.html
Tópico: ELIMINACION DE OBLIGACION DE DICTAMEN FISCAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2013 14:26:28 Asunto: Re: ELIMINACION DE OBLIGACION DE DICTAMEN FISCAL
En mi opinión, si no la eliminan en la totalidad en esta ocasión, posiblemente en posteriores reformas será eliminada. La intención a eliminarla se inició en el periodo de Calderón
Tópico: retencion de IVA en dación de pago
bandido07

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 11, 2013 13:59:22 Asunto: Re: retencion de IVA en dación de pago
¿y porqué no deberás de retener la retención de IVA,? checa la Ley y verás que la forma de pago no es requisito para que evites retener Si no pagas la retención, el gasto no es deducible [i]Editado: Septiembre 11, 2013 13:59:49[/i]
Tópico: Eliminar Regimen Simplificado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 11, 2013 12:28:44 Asunto: Re: Eliminar Regimen Simplificado
En este momento, nadie va atener la respuesta correcta, el proyecto de reforma puede ser modificado, ampliado, ó rechazado Espera hasta que sea votado
Tópico: Determinar crédito
bandido07

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 06, 2013 07:24:32 Asunto: Re: Determinar crédito
Te recomiendo, entregar contratos de trabajo donde estipulas esas prestaciones, y un control de horas extras y un registro de asistencia de todos los trabajadores Es común que las empresas integren esos 'beneficios' en la nómina para evitar gravar parte de seguro social, mas sin embargo, olvidan lo elemental, que es comprobar que esos 'beneficios' los trabajadores sean reales ¿como se puede comprobar? pues, si das asistencia y puntualidad, que haya un contrato donde te obligas a dar esos premios, ¿y como compruebas que efectivamente el trabajador llegó puntual y todos los días? pues, con una lista checadora

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