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Tópico: Facturas crédito en factura por internet
bandido07

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 03, 2013 21:54:10 Asunto: Re: Facturas crédito en factura por internet
El momomento de pago no es requisito fiscal Si por algún motivo tu sitema te maneja menos de 30 días, y no te lo pagaron, simplemente no pasa nada Tu respaldo del momento de pago será tu estado de cuenta, además tu cliente informará al SAT mediante la DIOT el mes exacto que te paga, y los dos van a coincidir
Tópico: INDEMINIZACION DE ASEGURADORA POR ROBO DE AUTOMOVIL, EXENTO DE IVA O NO OBJETO?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 03, 2013 21:48:50 Asunto: Re: INDEMINIZACION DE ASEGURADORA POR ROBO DE AUTOMOVIL, EXENTO DE IVA O NO OBJETO?
Es correcto lo que te dice el agente de seguros, el deducible simplemento no es objeto de IVA, no deberás de manifestarlo en tu Pago Referenciado, porque simplemente no hay manera de indicarlo.
Tópico: Recibos de honorarios anteriores a la reactivación en el RFC
bandido07

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 03, 2013 21:45:44 Asunto: Re: Recibos de honorarios anteriores a la reactivación en el RFC
Hay que recordar que para PF el efecto fiscal es al 'pago', no necesita cambiar las constancias de retenciones, ya que aunque digan 'junio', el efecto fiscal es de cobro del cheque. Pudiera, el SAT cuestionar la constancia de retención que diga 'junio', pero se le demostraría que tu ingreso fué NOVIEMBRE con tus estados de cuenta. Lo qu me llama la atención es que mencionas que emitió facturas CFDI con fecha de junio, sin estar activo, posiblemente estés hablando de CBB y no de CFDI
Tópico: ¿duda sobre la Protección de Datos ó Avisos de privacidad?
bandido07

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 03, 2013 21:39:24 Asunto: Re: ¿duda sobre la Protección de Datos ó Avisos de privacidad?
El aviso de privacidad tú lo puedes hacer, solo basta con seguir los lineamientos que te da el IFAE, hay varios tipos de avisos, uno extenso y otro simple- Puedes basarte en alguno ya hecho,
Tópico: ISR E IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 03, 2013 21:36:48 Asunto: Re: ISR E IETU
Así como lo comentas, pagarías los dos, pagas el ISR y por lo que te falta de IETU Por ejemplo: tu impuesto ISR fué de 30.00 y tu IETU fué de 50.00, entonces pagaría 30 de ISR y 20 de IETU Esto es común que pase cuando tu utilidad está debajo de la media de la tabla, donde el ISR resulta un porcentaje menor que el porcentaje del IETU
Tópico: COMPROBANTES FISCALES DIGITALES EN LA HERRAMIENTA DEL SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 03, 2013 21:33:02 Asunto: Re: COMPROBANTES FISCALES DIGITALES EN LA HERRAMIENTA DEL SAT
Las herramientas del SAT nunca fallan, nunca se saturan, siempe disponibles y fáciles de manejar posdata: NO TE LO RECOMIENDO, siempre fallan, siempre se saturan y difíciles de manejar
Tópico: autocorreccion imss
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 03, 2013 21:30:45 Asunto: Re: autocorreccion imss
hay dos manra que te revisen : 1, con sus costos de mano de obra de imss (les gusta mucho esto a los del imss), 2. ó con tu contabilidad Cuando presentaste todo, satic, nominas, balanza de comprobació, contabilidad, etc, DEBEN de hacer la revisión sobre tu contabilidad No es conveniente pedir una 'autocorrección', porque le das al imss un entender que 'quieres' pagar sobre su costo de mano de obra, sugiero, que si es tu primera vez, pidas a un experto que te ayude a como manejar la situación, ya que si vas por la 'autocorrección' vas a terminar con costos de mano de obra que ellos tienen.
Tópico: INSCRIPCION PATRONAL A FONACOT
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 03, 2013 13:54:51 Asunto: Re: INSCRIPCION PATRONAL A FONACOT
si eres PF, puedes firmarlo con tu curp, solo dale en 'PERSONA FISICA'
Tópico: 2 ACTIVIDADES
bandido07

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 02, 2013 14:04:44 Asunto: Re: 2 ACTIVIDADES
En tu declaración ANUAL debes de incluir los dos ingresos Al patrón, debes de informarle que no te haga declaración anual
Tópico: COMERCIALIZA PRODUCTOS , ES OBLIGADO AL IEPS?
bandido07

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 02, 2013 11:01:03 Asunto: Re: COMERCIALIZA PRODUCTOS , ES OBLIGADO AL IEPS?
el mismo nombre lo dice , solo Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios Por ejemplo, sí tu PRODUCES bebidas alcohólicas, debes de agregar IEPS, [u]y no la que te lo comercializa[/u] Unos de los problemas que van a tener los repecos, es que muchos de ellos 'producen' alimentos chatarra, por ejemplo, 'producen ' nieves, fritangas, etc,. y siendo claros con la nueva ley, DEBERÍAN de agregar IEPS a sus productos que elaboran, sinceramente no sé como le vayan a hacer., buena bronca se va a meter la persona que vende 'duritos, ó aguas frescas',

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