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Tópico: verificacion de rancho
lsanchez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2011 12:14:25 Asunto: Re: verificacion de rancho
[quote]Pd-. de perdido se identificaron...es broma..ejjeje [/quote] jejejejej.. sip.. llevaba una camioneta cheyenne con el logotipo del SAT, se toma como identificación?? jejejejeje broma.... Traía su collar con la placa del sat... ups perdon digo traía su gafete con su identificacion del sat.. :D saludos.
Tópico: verificacion de rancho
lsanchez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2011 10:32:06 Asunto: Re: verificacion de rancho
Hola estimado lic lobozac. Perdon por la tardanza, le comento que solo querian hacer una revisión de la existencia del rancho, para ver si la empresa tiene derecho a la deduccion de los gastos que la misma está realizando. No se me solicitó ningun documento, contrato, etc., solo se me entregó la verificacion de domicilio, aclarando que el domicilio fiscal estaba en la ciudad y no en donde se estaba dando la verificacion, de acuerdo al 10 del CFF. Saludo y muchas gracias por sus comentarios.
Tópico: PAGO DE EMOLUMENTOS GERENTE GENERAL
lsanchez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2011 13:52:21 Asunto: Re: PAGO DE EMOLUMENTOS GERENTE GENERAL
Hoal que tal: [quote]DONDE LABORO SE LE VA A PAGAR AL GERENTE GENERAL POR EMOLUMENTOS O HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS, [/quote] Según tu servidor se peude y te sirve de fundamento para el asimilable lo siguiente: Artículo 110 LISR. Se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral. [b]Para los efectos de este impuesto, se asimilan a estos ingresos los siguientes:[/b] III. Los honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, [u]así como los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales.[/u] ¿COMO SE LE HARIA LA RETENCION?. Artículo 113. Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente. ¿QUE REPERCUCIONES FISCALES TIENE? realizar pagos de isr por concepto de asimilable a salario, el cálculo y entero al gerente, tu servidor, lo haría mensual, debes de realizar un contrato por dicha prestacion... acuerdate que dicho gerente no debe de tener hoarior fijo, recibir órdenes. etc etc porque entraría a una relacion laboral y tendrías que hacer el calculo como lo indica el segundo párrafo del artículo 113 de acuerdo a lo establecido en el séptimo parrafo del mismo aritculo.... [i][color=red]Tratándose de honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como de los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales,[/color] la retención y entero a que se refiere este artículo, no podrá ser inferior la cantidad que resulte de aplicar la tasa máxima para aplicarse sobre el excedente del límite inferior que establece la tarifa contenida en el artículo 177 de esta Ley, sobre su monto, [u]salvo que exista, además, relación de trabajo con el retenedor, en cuyo caso, se procederá en los términos del párrafo segundo de este artículo.[/u][/i] espero te sirvan mis aportaciones... saludos viajero.. [i]Editado: Agosto 26, 2011 13:54:47[/i]
Tópico: verificacion de rancho
lsanchez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2011 20:13:34 Asunto: Re: verificacion de rancho
Mucahs gracias Lic. Lobozac. Seguiré sus consejos.. le platico el lunes en que acabó todo.. saludos. y muchas gracias nuevamente.
Tópico: verificacion de rancho
lsanchez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2011 20:02:47 Asunto: Re: verificacion de rancho
Que tal estimado Lobozac: Siempre un placer... efectivamente hasta ahora solo ha sido de palabra, esto se comunicó via telefónica, mañana se comunican nuevamente para confirmar la hora de la ida al rancho con el personal del SAT, puede que sea ahí donde se me entregue alguna documentación... persivo, que lo que kieren ver es que efectivamente dicho rancho exista y que el contribuyente tenga derecho al acreditamiento de los gastos.... sería bueno llevarme los contratos q se tienen o no? digo por el hecho de que no hay que mostrar lo que no te pidan... emm creo que mejor me espero a ver que se traen entre garras estos cuates, esto se llevará acabo el dia lunes por lamañana, tentativamente, asi que el mismo dia por la tarde - noche les comento en que acabó el asunto.. Muchas gracias. Y si, el que nada debe, nada teme...
Tópico: verificacion de rancho
lsanchez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2011 18:48:41 Asunto: verificacion de rancho
Hola estimados foristas: Deseandoles los mejor para su persona y familia, paso a darles lata :D Sucede que ase no muchos dias, realice la solicitud de devolucion de IVA de un contribuyente persona moral regimen simplificado sujeto a iva 0% sobre sus ingresos. Bueno el sat le otorgó dicha devolucion, previo a ello fueron a verificar el domincilio del contribuyente el cual esta establecido en la ciudad, es donde factura, lleva la contabilidad, esta la administracio de la persona moral... por lo que para su servidor y de acuerdo al art. 10 del CFF ese debe de ser el domicilio fiscal... bueno los del sat me dicen q como es posible que con ese domicilio la persona moral haya generado tanto iva a favor si es una oficina de 4 x 6 y no se explicaban como eso era posible, se les comentó que obviamente en la oficina solo se tenia la administracion, se realiza la facturación de lo que se vende, donde se realizan los pagos a proveedores, etc y que la produccion del bien (caña de azucar) que se comercializa esta cituado en una rancho fuera de la ciudad en el cual no hay telefono, no hay señal de celuar, tiene luz... ellos dicen q debo de darlo de alta como sucursal, lo cual no esoty de acuerdo por lo siguiente: 1. No existen medios para desarrollar la actividad de venta de caña, es decir, no se puede facturar, no se puede tener contacto con los clientes, proveedores, etc, en el rancho solo se produce no se vende, la venta se hace directo de la oficina con el domicilio fiscal... 2. La empresa emite CFD por lo que no sería posible emitirlos en dicha ranchería. 3. Lo expresado en el art, 10 de código fiscal: Artículo 10.- Se considera domicilio fiscal: II. En el caso de personas morales: [b]a) Cuando sean residentes en el país, [color=red][u]el local en donde se encuentre la administración principal del negocio[/u][/color].[/b]b) Si se trata de establecimientos de personas morales residentes en el extranjero, dicho establecimiento; en el caso de varios establecimientos, el local en donde se encuentre la administración principal del negocio en el país, o en su defecto el que designen. Ahora desean inspeccionar el rancho, sinceramente no me habia tocado un caso asi... algun tip que me puedan dar?? es decir que podrían hacer, digo se que no Contadores y Licenciados en derecho mas no sabios y mcuho menos adivinos, pero no se si alguien le haya tocado un caso similar.... les comento se tiene contratos notariales de arrendamiento del rancho para poder hacer uso y goce, contratos de comodatos de maquinaria , se han estado haciendo inversiones de crecimiento y construccion de infraestructura para ampliar la productividad del rancho y proximamente la crianza de ganado.. es decir todo esta en orden y todo bajo la ley... pero temo por lo que kieren que dicho rancho se haga sucursal... lo cual a mi entender y en base al codigo el cual dice cual es el domicilio fiscal de la pesona moral.... de antemano muchisimas gracias. Perdon por lo amplio del tema.
Tópico: IEPS BEBIDAS ALCOHOLICAS
lsanchez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2011 17:38:31 Asunto: Re: IEPS BEBIDAS ALCOHOLICAS
hola mi estimado: Una pregunta ya checó la CIF de su contribuyente abarrotero??.. digo si en ella le aparece la obligacion de enterar el IEPS pues adelante pague el impuesto si no, pues para que tanto brinco estando el suelo tan parejo... saludos
Tópico: IEPS BEBIDAS ALCOHOLICAS
lsanchez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2011 13:17:57 Asunto: Re: IEPS BEBIDAS ALCOHOLICAS
hola sicartsa: te dejo este link... [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/comun/23_709.html[/url] [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/calendario_fiscal/53_2929.html[/url] [url]http://www.offixfiscal.com.mx/colaboraciones/consulta_ieps.htm[/url] ahora mi estimado el contribuyente es productor??' si no es asi no veo el problema ya que se supone q un abarrotero no debe de pagar el ieps, puesto que ya viene incluido en el precio final, es decir el precio en la que lo va a vender... digo si el abarrotero compro una botella en $300 la vende en $340, los cuarenta de su ganancia, mas no debe de andar pagando el IEPS de dicha botella, según yo.. puede que este mal tu servidor... saludos. [i]Editado: Julio 30, 2011 13:19:17[/i]
Tópico: IEPS BEBIDAS ALCOHOLICAS
lsanchez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2011 11:20:40 Asunto: Re: IEPS BEBIDAS ALCOHOLICAS
Hola mi estimado SICARTSA... Te paso mi punto de vista: Al adquirir el vino, éste ya viene con el IEPS incluido en el precio vamos... un ejemplo hipotetico solo en los precios: 1 lt de tequila agranel valor $ 60.00... mas el 50% del ieps art 2 ídem. da un total de $90.00.. mas lo correspondiente y precintospermisos etc etc, pongamosle otros $50.00 valor de venta $ 140.00.. este ultimo es elprecio que te vende en donde adquieres la tequila... ahora como se trata de una enajenacion ARt. 1 frcc I de LIVA la pf o pm que te vende el produgco tiene que cobrarte el IVA ya sea al 16 u 11% (depende la zona en donde se haga la venta o actividad).. ahora tomando en cuenta el buen comentario de Patsy.. usted que opina quien es la persona que paga el IEPS???... Aclaro que lo de los marbetes y precintos que son solicitados es hipotético... me refiero a al valor que di.. tambien hablamos de un producto nacional, si se tratase de produto importado pues agregale mas... saludos.
Tópico: COMPENSACION O ACREDITAMIENTO IVA
lsanchez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2011 13:44:36 Asunto: Re: COMPENSACION O ACREDITAMIENTO IVA
[quote]Luis Sanchez lo explico perfectamente[/quote] Muchas gracias Juez. saludos.

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