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Tópico: PROPORCION SUBSIDIO AYUDA!!!!
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2006 Asunto: Re: PROPORCION SUBSIDIO AYUDA!!!!
En mi opinión si debes determinar la proporción de subsidio con los datos del ejercicio anterior, ya que la LISR no te especifica que necesariamente sea de 12 meses, además si dices que inició operaciones en agosto de 2005, se trata de un ejercicio irregular.
Tópico: Declaracion informativa de partes relacionadas
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2006 Asunto: Declaracion informativa de partes relacionadas
Tengo una duda respecto a la presentación de la declaración informativa por operaciones realizadas con partes relacionadas residentes en el extranjero, de acuerdo a la fracción XIII del artículo 86 de la LISR, se debe presentar de manera conjunta en la fecha en que se se presente la declaración anual, entiendo que es hoy 3/abr/2006. Ahora bien el contribuyente esta obligado dictaminarse fiscalmente, mi duda es que si presenta la declaración del ejercicio hoy, ¿debe presentar la declaración informativa por operaciones realizadas con partes relacionadas residentes en el extranjero , o la debe presentar en la fecha en que presente el dictamen fiscal? En la regla 2.20.3. de la RMF 2005 dice que podrán presentar la informativa de operaciones realizadas con partes relacionadas residentes en el extranjero realizadas en [u:e44f64b642]2003[/u:e44f64b642] en la misma fecha en que presente el dictamen fiscal. En éste punto mi duda es que si dice [u:e44f64b642]2003[/u:e44f64b642], ¿ debo entender que aplica para 2005, porque es resolución miscelánea de 2005?? o no aplica para el ejercicio de 2005?? Agradezco su atención y comentarios.
Tópico: HOJA EXCEL DECLARACION ANUAL P-M-
Lukard

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Mensaje Foro: Excel Enviado: Abril 01, 2006 Asunto: Re: HOJA EXCEL DECLARACION ANUAL P-M-
Busca en descargas, hay varios archivos
Tópico: PREGUNTAS DE DIVIDENDOS?
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 13, 2006 Asunto: Re: PREGUNTAS DE DIVIDENDOS?
No recuerdo el tipo de asamblea en el que se deben decretar dividendos, pero en mi opinión debe ser cuando se aprueban los resultados del ejercicio y se decide que hacer con ellos (esto sería una Asamblea Ordinaria). Creo que es conveniente que se protocolicen todas las actas, aunque existen estatutos que señalan en que casos se debe realizar, por lo que te sugiero que revises el acta constitutiva y sus modificaciones. Si la empresa no ha generado utilidades financieras, en mi opinión no debe pagar dividendos, porque descapitalizaría a la Compañía, y en todo caso no sería dividendo lo que estaría pagando, sino que sería un reembolso de capital, el cual también tiene su tratamiento fiscal. El hecho de que la compañía tenga CUFIN no indica que tenga utilidades a repartir (financieramente hablando), ya que esta cuenta representa el monto de las utilidades que en un momento dado la compañía pudiera distribuir sin tener que pagar impuesto sobre la renta, pero en mi opinión si financieramente tienes pérdidas no pagues dividendos.
Tópico: Inventario acumulable para 2005
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 13, 2006 Asunto: Re: Inventario acumulable para 2005
Agradezco sus comentarios, de hecho mejor aplique lo dispuesto en la Resolución Miscelánea, pero entonces me queda la duda para determinar la diferencia entre la suma de los costos promedios mensuales de los inventarios importados directamente de los últimos cuatro meses del ejercicio de 2004 así como de los últimos cuatro meses de 2003, ¿Cómo se deben obtener esos importes: 1.- Sumando los saldos finales de los últimos cuatro meses de 2004 y 2003 del inventario importado directamente y divirlo entre cuatro y posteriormente obtener la diferencia de ambos???? ó 2.- Determinar el costo promedio de cada mes y sumar los montos resultante de los cuatro últimos meses de 2004 y 2003 y posteriormente obtener la diferencia???? Agradezco la atención recibida.
Tópico: Inventario acumulable para 2005
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2006 Asunto: Inventario acumulable para 2005
Somos los auditores de una compañía que optó por acumular el inventario de 2004 en los ejercicios subsecuentes, pero al revisar la determinación del inventario acumulable detectamos que habían varios errores por lo que al corregirlos tenemos los siguientes datos (en miles de pesos): Inventario base al 31/dic/04 9,500,000 Pérdidas fiscales 2,900,000 Diferencia de la suma de los costos promedios del inventario importado directamente 19,000,000 Inventario acumulable ( 12,400,000) Como se puede apreciar el resultado es negativo y con esto entiendo que no hay inventario que acumular en ejercicios subsecuentes, pero la diferencia de los inventarios de importación por $19,000,000 se debe acumular en el ejercicio de 2005. Mi duda es que si el inventario base es de $9,500,000 y la diferencia de inventarios de importación de $19,000,000, ¿¿¿tendría que acumular los $19,000,000 o sólo hasta la diferencia entre el inventario base y las pérdidas fiscales???? La pregunta la realizo porque no resulta inventario acumulable. Por su atención gracias.
Tópico: IMPRESION DE COMPROBANTES FISCALES
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2006 Asunto: Re: IMPRESION DE COMPROBANTES FISCALES
Otra opción es que si tienes alguna nota de crédito que hayas utilizado, revises en la parte que contiene los datos del impresor autorizado y busques los folios que se imprimieron. genrealmente el comprobante los tiene ahí.
Tópico: PROVISION 2005
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 10, 2006 Asunto: Re: PROVISION 2005
Las facturas de personas físicas que no fueron pagadas en el ejercicio de 2005, las puedes privisionar sólo para efectos de aplicar el gasto devengado en el ejercicio correspondiente, y esto es una operación para efectos contables. Para efectos fiscales no es deducible en el ejercicio provisionado, ya que las personas físicas acumulan lo efectivamente cobrado, pero la debes considerar como una partida contable no fiscal, ya que será deducible en el ejercicio de 2006, que supongo es el año en que la pagan. Saludos
Tópico: indices y recargos para imss
Lukard

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 18, 2006 Asunto: indices y recargos para imss
Alguien sabe donde puedo conseguir los indices y recagos para IMSS :o :(
Tópico: que disposiciones supliran a los pcga
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2006 Asunto: Re: que disposiciones supliran a los pcga
Los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en México (PCGA), han sido sustituidos por las Normas de Información Financiera (NIF) las cuales entraron en vigor el 1 de enero de 2006 y son emitidas por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de las Normas de Información Financiera (CINIF), anteriormente los Principios eran emitidos por la Comisión de Principios de Contabilidad del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. Las NIF´s en su mayoría estan basadas en los PCGA, pero es conveniente que los leas porque en algunos casos cambiaron de manera importante.

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