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Tópico: Deducción PF actividad empresarial
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 21, 2007 Asunto: Re: Deducción PF actividad empresarial
No entendí muy bien el planteamiento, pero supongo que te refieres a que el contribuyente se encontraba en suspensión de actividades en el mes de diciembre de 2006, y en Marzo de 2007 presentó su aviso de reanudación de actividades. Si es así, en mi opinión [b:321970756f]no puede deducir fiscalmente el automóvil,[/b:321970756f] ya que si estaba en "SUSPENSIÓN" significa que no estaba realizando la actividad con la que fue inscrito en el RFC, en otras palabras no hacía nada.
Tópico: RETIRO DE UTILIDADES SC
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 21, 2007 Asunto: Re: RETIRO DE UTILIDADES SC
A lo que planteas se le llama Retiro de Remanentes de SC's, una forma común como es la que quieres para deducirlos, es asimilarlos a salarios y pagarían el ISR de acuerdo a la tarifa del artículo 113 y la tabla del artículo 114 de la LISR, sin derecho a la aplicación del Crédito al Salario. El fundamento legal para hacerlos deducibles es la fracción XI del artículo 29 de la LISR y para darle el tratamiento de Asimilable, es la fracción II del artículo 110 de la misma Ley.
Tópico: EXPEDIENTE INTEGRAL DEL CONTRIBUYENTE
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 19, 2007 Asunto: Re: EXPEDIENTE INTEGRAL DEL CONTRIBUYENTE
Ese error que mencionas aparece cuando el contribuyente estaba reportado como NO LOCALIZADO e hicieron algún cambio de domicilio o cambio de cuenta de correo electrónico o cualquier otro movimiento para que aparecieran en la base del SAT como contribuyentes activos y obtener su FIEL, debes esperar a que realicen la verificación de domicilio para que ellos activen tu expediente y lo puedas consultar.
Tópico: SALDOS A FAVOR DE IVA DEVUELTOS POR EL SAT ES INGRESO ACUMUL
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 19, 2007 Asunto: Re: SALDOS A FAVOR DE IVA DEVUELTOS POR EL SAT ES INGRESO AC
En mi opinión no es un ingreso acumulable, debido a que el IVA sólo se acredita y por lo tanto no es deducible (sólo es ciertos casos puede ser deducible), este razonamiento parte de la simetría fiscal, es decir si las contribuciones fiscales no son deducibles, por simetría tampoco son acumulables. Recuerdo que había un artículo en alguna Ley que soporta lo que te menciono de la simetría fiscal, permiteme localizarlo y te lo comento. saludos!!!
Tópico: AFORE
Lukard

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 19, 2007 Asunto: Re: AFORE
Como bien lo comenta el Lic., debes investigar que pasó con tu cuenta, ya que últimamente han habido personas o agentes de las afores, que realizan el cambio de una Afore a otra, falsificando las firmas de los derecho-habientes y ellos ni enterados, hasta después que dejan de recibir sus estados de cuenta y que tienen curiosidad por saber cuanto tienen, es que lo detectan y denuncian. Abusadillo desde chiquillo . . .
Tópico: Noticia de diario El Economista
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 19, 2007 Asunto: Re: Noticia de diario El Economista
De hecho le estan haciendo mucha publicidad al punto de los depósitos de los $8,300 que perciban por nómina, ahora por los depósitos mayores a $15,000 cómo que les van a pegar con el impuesto dos veces, una por retneción patronal y otra por parte del banco ¿o entendí mal? Habría que ver como esta la propuesta, a propósito alguien sabe donde la puedo bajar para darle una leída??? Por otro lado, aquellas personas que no estan inscritas en el RFC y que realicen depósitos mayores a los $15,000 ¿Tendrán una inscripción automática?, lo que pienso es que si saben que les van a descontar un 2% y si no lo pueden acreditar contra nada, lo más seguro es que lo van a guardan en el "colchón" o ´de alguna forma querrán evadir ese descuento . . . Saludos
Tópico: Avisos al Imss
Lukard

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 18, 2007 Asunto: Re: Avisos al Imss
Tal como te lo menciona el colega es necesario que presentes el aviso de cambio de domicilio, pero además de esto lo que te van a solicitar es el Aviso de cambio de domicilio ante Hacienda, una constancia de no adeudo de cuotas al IMSS de la delgación de tu domicilio anterior; lo más seguro es que hayan cancelado tu certificado electrónico para hacer movimientos en el IDSE y vas a tener que realizar el trámite para que te otorguen uno nuevo. Ellos van a buscar la forma de ponerte peros y te van a querer fincar créditos fiscales con actualización, recargos y multas. Saludos!!!
Tópico: Disponible el complemento 3.1.7. del SUA
Lukard

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 18, 2007 Asunto: Disponible el complemento 3.1.7. del SUA
En la página del IMSS ya se encuentra disponible el complemento 3.1.7. del SUA, de hecho cambiaron las indicaciones y ahora estan los complementos para los que ya hemos estado trabajando con el SUA, y esta la "versión" para aquello patrones que son "nuevos" en estos menesteres. Complementos NOTA: Descargue este complemento si ya cuenta con la Instalación Completa de SUA Situaciones corregidas: 1. Se corrige la diferencia de Centavos en el módulo de Diferencias. Observaciones: Clic aquí para ver detalladamente Solución: Descargue el Complemento SUA 3.1.7 Si ud. experimenta una descarga lenta, intente bajar el archivo desde esta dirección proporcionada por el INFONAVIT dando click aquí. Saludos!!!!
Tópico: DICTAMEN FISCAL
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 13, 2007 Asunto: Re: DICTAMEN FISCAL
Los auditores que dictaminan para efectos fiscales realmente no leen y tampoco revisan el estudio de precios de transferencia esta bien o no, y en muchos de los casos no lo entienden, pero siguiendo la normatividad fiscal deben cercioarase de que la empresa cuenta con ese estudio para demostrar que sus operaciones con partes relacionadas se realizaron a precios de mercado (Aunque algunas veces, los despachos que hacen estos trabajos los "ajustan" con "calzador"), en sentido estricto si debes proporcionárselos. Ahora bien, los auditores deben mencionar lo del estudio de precios de transferencia en el Informe sobre la Revisión de la Situación Fiscal, y si tú ya les demostraste que tienes una propuesta de alguna Firma seria y que en mes y medio te lo entregan, lo conveniente es que en su Informe digan: "La Compañía se encuentra en proceso de elaboración del estuido de precios de transferencia para demostrar que sus operaciones con partes relacionadas se efectuaron de acuerdo don los precios o montos que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables." O bien que adecuen la redacción, pero que mencionen que esta en proceso de elaboración. Saludos!!
Tópico: REMANENTE del fondo de ahorro
Lukard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 13, 2007 Asunto: Re: REMANENTE del fondo de ahorro
Tal y como lo planteas, REMANENTE es una diferencia de algo. En el caso específico que planteas del fondo de ahorro, por ejemplo sí tienes 10 empleados y cada uno aporta 400, tienes que la aportación del empleado es de $4,000 más otros $4,000 que aporta la empresa, en total tienes un fondo de ahorro por $8,000. Supongamos que un empleado solicita un préstamo de $800, se los vas a otorgar de los $8,000 y el [b:ccda85dd01]remanente[/b:ccda85dd01] (o diferencia) de $7,200 los vas a invertir en valores del Gobierno Federal . . . Tienes identificado el artículo del RLISR que regula al Fondo de ahorro y te recomiendo que lo leas completo, para evitar que rechacen la deducción de esta prestación. Por otra parte, en el mercado hay instituciones que se dedican a invertir estos recursos para que generen intereses, tal es el caso de Actinver, Bancomer, Banamex y otros más que se dedican a administrar fondos de ahorro. Espero haber aclarado tu duda y esperemos más comentarios.

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