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Tópico: Desperdicios Industriales.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2010 14:20:45 Asunto: Re: Desperdicios Industriales.
Te dejo el siguiente criterio del TFJFA, solo dale click a la liga [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Informacion&sop=viewArt&id=1446&c=11[/url] Saludos
Tópico: Desperdicios Industriales.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2010 14:07:24 Asunto: Re: Desperdicios Industriales.
Buenas tardes [quote]mi pregunta iba mas enfocada a que si se considera desperdicio[/quote] Quieres saber si se considera desperdicio para ellos, para saber si tienes que retenerle el Impuesto?? Para los efectos del artículo 1o.-A, fracción II, inciso b) de la Ley, la retención del impuesto por la enajenación de desperdicios adquiridos por personas morales para ser utilizados como insumos en actividades industriales o para su comercialización, se deberá efectuar independientemente de la forma en que se presenten los desperdicios, ya sea en pacas, placas o [b][color=red]cualquier otra forma o que se trate de productos que conlleven un proceso de selección, limpieza, compactación, trituración o cualquier tratamiento que permita su reutilización o reciclaje.[/color][/b] Atencion en especial a las letras en rojo, las tarimas que compras llevan el proceso seleccionado en rojo??? Yo creo que eso dara la pauta para considerarse como desperdicio y por ende la retencion del Impuesto.. Saludos
Tópico: CONDONACION DE MULTAS Y RECARGO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2010 14:01:57 Asunto: Re: CONDONACION DE MULTAS Y RECARGO
Buenos dias [quote]ALGUIEN PODRIA INDICARME COMO PUEDO TRAMITAR LA CONDONACION DE ACTUALIZACION Y RECARGOS ANTE EL SAT O REALMENTE NO SE PUEDE REALIZAR ESTA CONDONACION [/quote] No se puede de acuerdo al ultimo parrafo del articulo 21 del Codigo Fiscal, te sugiero leer completo el citado articulo. Te pondre la parte que te interesa, pero te recomiendo leer todo el articulo en comento. (..) En ningún caso las autoridades fiscales podrán liberar a los contribuyentes de la actualización de las contribuciones o condonar total o parcialmente los recargos correspondientes. Saludos
Tópico: Asiento contable en dolares y M.N.
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Julio 31, 2010 18:24:01 Asunto: Re: Asiento contable en dolares y M.N.
Buenas tardes 1. El asiento de la compra lo puedes registrar al Tc de la factura, es decir a 12.88, solo una observacion, el IVA no es acreditable todavia, si no hasta que lo pagues, ya que el IVA se causa en base a flujo. 2. Puedes usar una cuenta de IVA pendiente de acreditar, y ya que lo pagues lo cancelas contra IVA acreditable. 3. Ya que pagues el pasiv, en cuanto al IVA ahora si lo acreditas al TC del DOF. Y determinas la fluctuaacion cambiaria. Espero haberte ayudado Saludos
Tópico: CENTRO CAMBIARIO E IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2010 10:52:30 Asunto: Re: CENTRO CAMBIARIO E IVA
Buenos Dias Ya le dio una leida a la Ley del IVA,??? Que dice su guia de Obligaciones???? Usted que encontro???
Tópico: VALES GASOLINA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2010 10:48:26 Asunto: Re: VALES GASOLINA
Buenos Dias [quote]que le paso al autor, acaso ya no quiso saber la respuesta?? [/quote] Tal vez ya la encontro....... O tal vez sigue Investigando... Si eso a de ser.... Saludos
Tópico: VALES GASOLINA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2010 13:36:09 Asunto: Re: VALES GASOLINA
Buenas tardes A mi punto de vista si es deducible por que estas pagando con transferencia, De los vales de gasolina se pueden desprender 2 criterios,el primer criterio señala que el vale de gasolina es un documento (y no la compra anticipada de gasolina), el pago por el vale no estaría sujeto a esta restricción, ya que no se está comprando combustible, sino un documento canjeable por combustible, cuyo pago únicamente deberá cumplir con los requisitos de deducibilidad establecidos para cualquier otro tipo de gasto. El segundo criterio, en el que el vale representa la compra anticipada de combustible, se considera que al comprar el vale se está, de hecho, comprando el combustible, puesto que con dicho vale no se puede comprar más que eso, por lo que el pago correspondiente deberá hacerse con cheque, tarjeta de crédito, débito o medio de pago electronico. Luego entonces si estas pagando con transferencia, no miro el impedimento para no hacerlo deducible Asi que como puedes observar de cualquier manera a mi perspectiva es deducible... Saludos [i]Editado: Julio 23, 2010 13:37:47[/i]
Tópico: VENTA DE AVENA.......QUE TASA DE IVA ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2010 12:54:48 Asunto: Re: VENTA DE AVENA.......QUE TASA DE IVA ?
Buenas tardes Coincido que es tasa 0% por ser un alimento encuadraria en el inciso b del 2-A, a mi punto de vista, y tambien estoy con la duda de si es vegetal, pero de igual manera encuadra en la tasa 0%.. ya que creo la avena es un cereal.... Saludos
Tópico: Prorroga hasta el 31 de Agosto 2010 para dictamén fiscal 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2010 23:07:56 Asunto: Re: Prorroga hasta el 31 de Agosto 2010 para dictamén fiscal 2009
rdelacruz: Buenas noches En la pagina del SAT sigue apareciendo la misma fecha hasta el 26, habra que esperar si actualizan la informacion que comenta Felipecalderon... Es el presidente?????, jajajaja.... Saludos [i]Editado: Julio 22, 2010 23:08:50[/i]
Tópico: Prorroga hasta el 31 de Agosto 2010 para dictamén fiscal 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2010 23:07:09 Asunto: Re: Prorroga hasta el 31 de Agosto 2010 para dictamén fiscal 2009
Buenas noches En la pagina del SAT sigue apareciendo la misma fecha hasta el 26, habra que esperar si actualizan la informacion que comenta Felipecalderon... Es el presidente, jajajaja.... Saludos

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