02/Ago/10 22:36
Re: CONDONACION DE MULTAS Y RECARGO
Los recargos solo se podrian eliminarse si se encontrase un decreto vigente que se aplique a la situacion del contribuyente.
La multa si se cubre dentro del plazo que no se impugnaria el SAT ya emite un descuento del 20%.
Mas sin embargo, el SAT emite FACILIDADES ADMINISTRATIVAS, denominadas Reglas de Resoluciones Miscelanea Fiscal. Es decir, a jucio de SAT, no de la LEY, pues una multa en ley, tiene que pagarse al 100%, excepto que el 20% si esta en ley o lo que se refiere al art 74 CFF.
Por medio de RMF es que se señalan descuentos por multas bajo ciertos parametros y requisitos que debe cumplir el contribuyente. Si se consiguen demostrar estos requisitos, es que se obtendria el descuento mayor al 20%, e incluso un 50% si no hay ingresos superiores a 1,000,000 o a veces mas del 50% hasta el 90% pero debe analizarse la regla de la RMF haber si te corresponde
Condonar recargos o multas no es una funcion del SAT, solo puede disminuir multas o eliminarlas pero cuando no procedan su imposicion.
Con decretos es que se pudiese eliminar algunos recargos, pero estos los emite el congreso o el presidente. Y no el SAT
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?