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Autor | Mensaje |
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Tópico: PRESTAMO ENTRE EMPRESAS | |
rdelacruz Mensajes: 9 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2014 11:16:52 Asunto: Re: PRESTAMO ENTRE EMPRESAS |
Buenos días 1. No veo porque habría de pagar impuesto, si en contabilidad es cierto que tienes una entrada a banco pero tiene un abono en pasivo, por la deuda. 2. La forma mas correcta de soportar dicha entrada de dinero, es mediante un contrato de préstamo, ya sea con o sin intereses, esto con el fin de evitar que en una revisión la autoridad te quiera gravar los depósitos bancarios, así en caso de que la autoridad te diga que esos depósitos son ingresos, tu con el contrato puedes demostrar que se trata de un préstamo, mas a tu favor podrías imprimir las pólizas contables donde se demuestre el pasivo por dicha cantidad Saludos | |
Tópico: Iva por servicio de flete terrestre en territorio nacional a empresa extranjera? | |
rdelacruz Mensajes: 15 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2014 11:04:51 Asunto: Re: Iva por servicio de flete terrestre en territorio nacional a empresa extranjera? |
Avalos, considero que con esto, puedes evitar la retención. Art. 1-A [b]Están obligados a efectuar la retención[/b] del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos: II. Sean [color=red]personas morales[/color] que: y de acuerdo al articulo 25 del Código Civil se entiende por personas morales los siguiente: Son personas morales: I.- La Nación, los Estados y los Municipios; II.- Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley; III.- Las sociedades civiles o mercantiles; IV.- Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere la fracción XVI del artículo 123 de la Constitución Federal; V.- Las sociedades cooperativas y mutualistas; VI.- Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas por la ley. VII.- Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, en los términos del artículo 2736. Luego entonces, el extranjero por el simple hecho de no ser considerado Persona Moral, no tiene obligación de retener el impuesto. saludos | |
Tópico: Iva por servicio de flete terrestre en territorio nacional a empresa extranjera? | |
rdelacruz Mensajes: 15 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2014 20:14:46 Asunto: Re: Iva por servicio de flete terrestre en territorio nacional a empresa extranjera? |
Buenas tardes 1. No se considera exportación, leer art. 60 del RIVA, por lo tanto le aplicas tasa general. 2. No hay retención de IVA saludos | |
Tópico: Duda costo de ventas | |
rdelacruz Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2014 15:47:52 Asunto: Re: Duda costo de ventas |
Eres Persona Moral o física? Tu problema es mas de aspecto contable, revisa como determinas el CV contablemente y tendrás tu respuesta Pero a mi opinión si es necesario que pase por inventarios saludos | |
Tópico: C.U Desconocido | |
rdelacruz Mensajes: 11 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2014 15:42:46 Asunto: Re: C.U Desconocido |
Buenas tardes 1. Entrar a los pagos referenciados y ver las declaraciones presentadas de ISR y ver ahí que coeficiente esta utilizando. 2. Ir al SAT de su localidad y solicitar una copia de la ultima declaración anual presentada, esto tiene un costo. | |
Tópico: Duda costo de ventas | |
rdelacruz Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2014 14:02:26 Asunto: Re: Duda costo de ventas |
Buenas tardes 1. Como haría el asiento contable del costo de ventas? saludos | |
Tópico: APLICACION FISCAL DE LAS RENTAS COBRADAS POR ANTICIPADO DE 3 AÑOS | |
rdelacruz Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2014 12:02:27 Asunto: Re: APLICACION FISCAL DE LAS RENTAS COBRADAS POR ANTICIPADO DE 3 AÑOS |
Persona Moral o Física? Saludos | |
Tópico: DEDUCCIONES ARRENDAMIENTO. | |
rdelacruz Mensajes: 22 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 22, 2014 19:31:46 Asunto: Re: DEDUCCIONES ARRENDAMIENTO. |
Buenas tardes Generalmente en este régimen es muy limitadas las deducciones, es por eso que se les da la opción de una 'deducción opcional' o comúnmente deducción ciega, generalmente la mayoría opta por esta opción en virtud de que el listado de deducción es muy escaso. saludos | |
Tópico: 10% adicion dividendos... | |
rdelacruz Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2014 20:12:32 Asunto: Re: 10% adicion dividendos... |
Buenas tardes Transitorio de 2014, fracción XXX Saludos | |
Tópico: GASOLINA EN EL RIF | |
rdelacruz Mensajes: 20 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2014 13:57:53 Asunto: Re: GASOLINA EN EL RIF |
Buenas tardes 1. Si puedes deducir la gasolina si la pagas en efectivo, y me atrevería a decir que cualquier gasto también siempre que no se trate de una inversión o de una compra. 2. Dando lectura a la sección del RIF uno se encuentra muchas deficiencias en la redacción, a guisa de ejemplo: 2.1 A los salarios no le aplicaría la no deducibilidad que establece el 28 fracción XXX 2.2. en el 9no párrafo del articulo 111, donde señala como se determinara el impuesto, habla de que se debe considerar los ingresos efectivamente cobrados y deducirán las erogaciones efectivamente para la adquisición de ACTIVOS, GASTOS O CARGOS DIFERIDOS,es decir solo activos fijos y diferidos, luego entonces los GASTOS Y COMPRAS NO ES NECESARIO QUE ESTÉN EROGADOS EFECTIVAMENTE? Se ve que fue un Régimen hecho sin el menos cuidado, Saludos |
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